Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2005 (21/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 302726

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2005

servicio de asesoria legal, con un valor referencial de S/. 20, 000.00 (Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles), en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educacion para el Ejercicio Presupuestal 2005, correspondiente a la Unidad Ejecutora 024 -Sede Central, aprobado mediante Resolucion de Secretaria General Nº 0038-2005-ED. Articulo 2º.- La inclusion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser comunicada a traves del SEACE al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de emitida la presente Resolucion. Articulo 3º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, y autoricese a contratar de forma directa los servicios de asesoria legal al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Proa para asumir la defensa de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en los diez (10) procesos de MORDAZA promovidos por los trabajadores cesados del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo su contra; por un valor referencial de S/. 20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 4º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. Articulo 5º.- El egreso que ocasione la contratacion exonerada se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion; Unidad Ejecutora 024: Sede Central; Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios. Articulo 6º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 7º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidas a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 17804

2004 modificado por los Decretos de Urgencia Nº 007-2005, Nº 010-2005 y Nº 018-2005, sera hasta el 31 de diciembre de 2005; Que, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF preve que el Administrador del Fondo debera publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, con fecha 18 de octubre de 2005, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de las Bandas de Precios para todos los combustibles; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, asi como del Decreto de Urgencia Nº 007-2005 que amplia el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Actualizar las Bandas de Precios para todos los combustibles.
PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. GASOLINA 97 GASOLINA 95 GASOLINA 90 GASOLINA 84 KEROSENE DIESEL 2 Petroleo Industrial Nº 6 Petroleo Industrial 500 LIMITE SUPERIOR 2,60 8,91 8,64 7,81 6,99 11,31 8,57 4,68 4,32 LIMITE INFERIOR 2,45 8,41 8,14 7,31 6,49 10,91 8,07 4,48 4,12

Articulo Segundo.- Determinar los Factores de Compensacion y Aportacion correspondientes al periodo comprendido desde el 21 hasta el 24 de octubre de 2005.
PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. GASOLINA 97 GASOLINA 95 GASOLINA 90 GASOLINA 84 KEROSENE DIESEL 2 Petroleo Industrial N° 6 Petroleo Industrial 500 Factor de Aportacion -- -- -- -- -- -- -- -- -- Factor de Compensacion -- -- -- -- -- -- 0,40 -- --

ENERGIA Y MINAS
Actualizan Bandas de Precios para todos los combustibles y determinan Factores de Compensacion y Aportacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 290-2005-EM/DGH MORDAZA, 20 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:

Articulo Tercero.- La presente Resolucion Directoral tendra efectos desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; dispositivo legal que fue MORDAZA en su vigencia por ciento ochenta (180) dias calendario mediante Decreto de Urgencia Nº 007-2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo de 2005; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 019-2005 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-

MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos 17914

MIMDES
Autorizan viaje de funcionario de FONCODES para participar en evento a realizarse en Espana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 684-2005-MIMDES MORDAZA, 14 de octubre de 2005

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.