Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2005 (21/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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- Sr. MORDAZA MORDAZA Abugattas Fatule, Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, quien la presidira. - Sra. MORDAZA Amezaga MORDAZA, Superintendente de Bienes Nacionales. - Sr. Freddy Kleimann MORDAZA, Gerente General de la SBN. - Sr. MORDAZA MORDAZA Umbert, Gerente de Operaciones de la SBN. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Administracion. - Sr. MORDAZA MORDAZA Pairazaman MORDAZA, Asesor de la Gerencia General. - Sr. Hilman MORDAZA MORDAZA, Consultor de la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales del Viceministerio de Economia. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente Resolucion Ministerial a los Gobiernos Regionales y al Consejo Nacional de Descentralizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 17884

EDUCACION
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de asesoria legal para la defensa legal en procesos de MORDAZA promovidos por trabajadores cesados del INABEC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0619-2005-ED MORDAZA, 18 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Secretaria General Nº 0902-2005-ED, de fecha 4 de octubre de 2005, se resolvio conceder a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Oficina de Asesoria Juridica, el beneficio establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, y, en consecuencia se autorizo la contratacion de los servicios de asesoria legal especializada para que se encargue de su defensa; Que mediante Resolucion de Secretaria General Nº 0038-2005-ED se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educacion para el Ejercicio Presupuestal 2005, correspondiente a las Unidades Ejecutoras 024: Sede Central, 026: Programa de Educacion Basica para Todos, 027: Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Primaria y 029: Programa Huascaran; Que, en consecuencia, es necesario incluir el MORDAZA de seleccion que se debe ejecutar para concretar la contratacion del citado servicio de asesoria legal en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 024: Sede Central, para el ejercicio fiscal 2005 del Ministerio de Educacion; Que, en merito al articulo 11º de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005; y el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el MORDAZA de seleccion que corresponde llevar a cabo, es una Adjudicacion Directa Selectiva; Que, el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estipula que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado de confor midad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas propuestas y en el caso en que se tenga que incluir o excluir procesos de seleccion. Asimismo, el articulo mencionado indica que la aprobacion y difusion de las modificaciones se MORDAZA de la forma prevista en los articulos 25º y 26º del Reglamento, respectivamente;

Que, el articulo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que el Plan Anual sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad y, por su parte, el articulo 26º de dicho cuerpo normativo estipula que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el documento que lo apruebe deberan ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de ser aprobado; Que, el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa o Adjudicacion de Menor Cuantia, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley; Que, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que cuando exista la necesidad de proveerse de ser vicios especializados profesionales --entre otros--, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar su adecuacion para asumir la complejidad del objeto contractual; Que, a traves del Informe Nº 1783-2005-ME/OAJ, el Jefe (e) de la Oficina de Asesoria Juridica, sustenta la contratacion directa de los servicios de asesoria legal del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Proa, al haberse configurado el supuesto de exoneracion por servicios personalisimos al que se refiere el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, con relacion a lo anterior, el citado Informe concluye que se evidencia la notoria especializacion acreditada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Proa para asumir el objeto de la contratacion requerida por el Ministerio de Educacion, puesto que su experiencia y conocimientos ya detallados permiten sustentar de forma razonable que esta en aptitud de asumir satisfactoriamente la complejidad de las materias comprendidas en los diez (10) procesos de MORDAZA promovidos por los trabajadores cesados del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo en contra de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion en el cumplimiento de sus funciones como Jefa de la Oficina de Asesoria Juridica; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones a que se refiere el articulo 19º, entre ellas, los servicios personalisimos, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, siendo esta facultad indelegable; Que, segun la MORDAZA MORDAZA mencionada, una MORDAZA de la Resolucion aprobatoria con el Informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar de forma directa mediante acciones inmediatas el citado servicio de asesoria legal especializada, en aplicacion del articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Hoja de Coordinacion Interna Nº 12742005-ME/SPE-UP, el Jefe de la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolucion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM, 0842004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la inclusion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del

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