Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2005 (21/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2005

Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras a favor de diversas empresas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 255-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 30 de setiembre del 2005 Visto el expediente de registro Nº CE-08516002, con escritos de fechas 23 de diciembre del 2004 y 7 de febrero, 8 de marzo, 5 de MORDAZA y 25 de MORDAZA de 2005, y Nº 00013001 del 21 de MORDAZA de 2005, presentados por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 714-97-PE, de fecha 12 de noviembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "COMANCHE IV" de matricula Nº CE15712-PM, con 209.91 m3 de capacidad de bodega, para ser dedicada a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13mm) de longitud minima de abertura de malla; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con per miso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que mediante los escritos del Visto, CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., en virtud de la escision del bloque patrimonial de la anterior propietaria EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 714-97-PE, para operar la embarcacion pesquera "COMANCHE IV" de matricula Nº CE-15712-PM, petitorio sustentado ademas de lo manifestado con el correspondiente Certificado Compendioso de Dominio, con los que la empresa recurrente acredita la propiedad de la citada embarcacion pesquera; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 256-2005PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el articulo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; el articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 714-97PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera

nacional denominada "COMANCHE IV" de matricula Nº CE15712-PM, a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2º.- El acceso al recurso sardina, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo CSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 71497-PE, a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., para operar la embarcacion pesquera "COMANCHE IV" de matricula Nº CE-15712-PM. Articulo 4º.- Incor porar a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., como titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 714-97-PE para operar la embarcacion pesquera denominada "COMANCHE IV" de matricula Nº CE-15712-PM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I, literal A) de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, excluyendo a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A. y a la Resolucion Ministerial Nº 714-97-PE de los indicados Anexos con respecto a la misma embarcacion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 17845 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 256-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 3 de octubre del 2005 Visto los escritos de registro Nº CE-01891001 de fechas 17 de febrero y 3 de marzo del 2005, presentados por TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE establece que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgo; Que por Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, se establecio que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 410-97PE de fecha 12 de setiembre de 1997, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 422-98-PE de fecha 7 de setiembre de 1998 y la Resolucion Directoral Nº 140-2000PE/DNE de fecha 7 de junio del 2000, se otorgo permiso de pesca a MORDAZA FOODS TRADING S.A. para operar la embarcacion pesquera denominada MARU 2 de matricula CO-13918-PM, de 572.90 m3 de capacidad de bodega y sistema de preservacion R.S.W., para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano indirecto y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm);

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