Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2006 (31/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano jueves 31 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

327127

y Vigilancia y Oficina de Procuraduria Publica del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y Juzgado Civil de Paita, debiendo consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 01595-5

Otorgan permiso de pesca a Corporacion MORDAZA S.A. en la extraccion de anchoveta y sardina
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 254-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 2 de agosto del 2006 Visto los escritos de registro N° 00035095, del 30 de MORDAZA, 26 de junio y 6 de MORDAZA del 2006, presentados por la empresa CORPORACION MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que conforme a los articulos 43° y 44° del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras y a nivel nacional; Que por Resolucion Directoral Nº 217-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 25 de MORDAZA del 2003, se otorgo a CORPORACION MORDAZA S.A., autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega, para la construccion de una embarcacion pesquera a denominarse MARTINICA de 313.47 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion a bordo RSW, equipadas con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto; otorgandose para dicha autorizacion un plazo de vigencia de 18 meses, conforme a lo establecido en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que la autorizacion de incremento de flota MORDAZA citada, se dio en aplicacion del derecho de sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-15315-PM, presentada por la empresa CORPORACION MORDAZA S.A, en virtud del Contrato de Asociacion en Participacion celebrado el 7 de febrero del 2001, entre la citada empresa y PESQUERA MORDAZA S.A.; y ratificado por el Banco EL COMERCIO en su condicion de arrendador financiero de la mencionada embarcacion; Que posteriormente a traves de la Resolucion Directoral Nº 037-2005-PRODUCE/DNEPP del 25 de enero del 2005, se modifico los articulos 1º y 2º de la Resolucion Directoral Nº 217-2003-PRODUCE/DNEPP, otorgandose a CORPORACION MORDAZA S.A., autorizacion de incremento de flota, via la ejecucion parcial de la indicada Resolucion, y sustitucion de igual capacidad de bodega, para la construccion de una embarcacion pesquera de 200.00 m3 de capacidad de bodega, autorizado a extraer los recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano directo e indirecto, la que debera efectuarse conforme al plazo establecido en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, contado a partir de la entrada en vigencia de la citada Resolucion; Que asimismo, mediante Resolucion Directoral Nº 125-2005-PRODUCE/DNEPP del 12 de MORDAZA del 2005, se aprobo a favor de PESQUERA MORDAZA

S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-15315-PM de 313.47 m3 con permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 524-97-PE y Resolucion Directoral Nº 140-2003-PRODUCE/DNEPP, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; hasta el momento en el que la embarcacion pesquera a denominarse MARTINICA materia de autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 217-2003-PRODUCE/DNEPP obtenga el respectivo permiso de pesca y se encuentre en condiciones de realizar faenas de pesca; para lo cual debera considerarse posteriormente lo establecido en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2002PRODUCE. El referido cambio de titular fue aprobado en atencion a la solicitud presentada con escrito de registro Nº CE-00042002 del 8 de febrero del 2001 y 28 de octubre del 2003; y sobre todo en virtud a la Escritura Publica de Cesion de Derechos y Obligaciones de Compra Venta y Arrendamiento Financiero de la embarcacion suscrita con fecha 20 de junio del 2000; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax ), jurel ( Trachurus picturatus MORDAZA ) y caballa ( Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que en virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 217-2003PRODUCE/DNEPP modificada por Resolucion Directoral Nº 037-2005-PRODUCE/DNEPP del 25 de enero del 2005, en conformidad al procedimiento 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, la empresa CORPORACION MORDAZA S.A., a traves de los escritos del visto, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MARTINICA de matricula CO-22951-PM, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto; Que de acuerdo a la evaluacion efectuado a los documentos presentados, se determina que la empresa recurrente ha encausado su solicitud de permiso de pesca, en virtud al derecho administrativo de autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 217-2003-PRODUCE/DNEPP modificada por Resolucion Directoral Nº 037-2005PRODUCE/DNEPP; y que a su vez ha presentado los requisitos establecidos en el procedimiento 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; por lo que corresponderia otorgar el permiso de pesca solicitado, en el MORDAZA de la normatividad pesquera y administrativa vigente; precisando que la embarcacion MARTINICA de matricula CO-22951-PM, cuenta con 199.80 m3 de capacidad de bodega, segun consta en los Certificados de Matricula y de Arqueo expedidos por la Autoridad Maritima; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 2522006-PRODUCE/DGEPP-Chi y con la opinion favorable del Area Legal de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; De conformidad, con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

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