Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2006 (31/08/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano jueves 31 de agosto de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

327145

inscritas en el Registro de Empresas Clasificadoras de Riesgo a cargo de la Superintendencia. Articulo 3º.- Acceso a operaciones adicionales Las empresas que deseen realizar cualquiera de las operaciones y servicios comprendidos dentro de los modulos senalados en el articulo 290º de la Ley General, podran hacerlo previo cumplimiento de las condiciones y/o requisitos que se establecen en el presente Reglamento. Para el acceso a operaciones y servicios adicionales a las que actualmente realizan, las empresas pueden solicitar alguna de las siguientes autorizaciones: (i) Autorizacion Estandar: Autorizacion que requiere que la empresa cumpla de manera previa con los requisitos de capital minimo, clasificacion de riesgo, y controles internos y administracion adecuados, establecidos en el articulo 5º. Esta autorizacion no esta sujeta a ninguna de las precondiciones establecidas en el articulo 4º; o (ii) Autorizacion Especial: Donde la empresa debe cumplir de manera previa con las precondiciciones establecidas en el articulo 4º y los requisitos de capital minimo, clasificacion de riesgo, controles internos y administracion adecuada, establecidos en el articulo 5º. CAPITULO II OPERACIONES DESCRITAS EN EL ESQUEMA MODULAR Articulo 4º.- Precondiciones para solicitar la Autorizacion Especial La empresa que desee ampliar el MORDAZA de sus operaciones a traves de la Autorizacion Especial debera

cumplir, previamente, con alguna de las siguientes precondiciones: i) Haber sido objeto de fusion o absorcion; o ii) Haber realizado incrementos de capital. Para el caso de fusion o absorcion, la empresa resultante debera acreditar un nivel adecuado de solvencia acorde con las operaciones adicionales que pretenda realizar, superior al reportado por la empresa de mayor solvencia MORDAZA de la fusion o de la absorcion. Tratandose de los incrementos de capital, la empresa debera mostrar un incremento de capital en los ultimos tres anos de operacion, previos a la solicitud de Autorizacion Especial, de al menos 50% de su capital social, el cual debera ser resultado de aportes en efectivo, reinversion o capitalizacion de utilidades, reservas capitalizadas y/o capitalizacion de acreencias. Para el caso de empresas que cuenten con el capital requerido por la Ley General para el modulo donde se encuentran las operaciones a las que desea acceder, bastara haber experimentado algun incremento de capital en los ultimos 3 anos. Articulo 5º.- Requisitos para la Autorizacion Estandar y la Autorizacion Especial Para acceder a cualquiera de las operaciones comprendidas en los modulos, la empresa, debera cumplir los requisitos descritos en el siguiente Cuadro de "Requisitos de capital, clasificacion de riesgo y administracion y controles internos", teniendo en consideracion que estos varian en funcion del MORDAZA de autorizacion que la empresa desee solicitar y el modulo en el que se encuentren las operaciones solicitadas:

CUADRO: REQUISITOS DE CAPITAL, CLASIFICACION DE RIESGO Y ADMINISTRACION Y CONTROLES INTERNOS
REQUISITOS 5.1 CAPITAL Operaciones del modulo 1 AUTORIZACION ESTANDAR El capital requerido por la Ley General para acceder a operaciones comprendidas en el modulo 1 AUTORIZACION ESPECIAL

Operaciones del modulo 2

Operaciones del modulo 3 5.2 Clasificacion de Riesgo Operaciones de los modulos 1o2 Operaciones del modulo 3

90% del capital requerido en la Ley General para acceder a operaciones comprendidas en el modulo 1 en tanto no realicen la totalidad de las operaciones descritas en el modulo 1 El capital requerido por la Ley General para acceder a opeEl capital requerido en la Ley General para acceder a operaraciones comprendidas en el modulo 2 ciones comprendidas en el modulo 1 + 5% del capital requerido para el modulo 2 por cada operacion, hasta completar el capital total del modulo 2 El capital requerido por la Ley General para acceder a operaciones comprendidas en el modulo 3

Contar con una clasificacion de riesgo "A" o "B" en los ultiContar con una clasificacion de riesgo mos 12 meses Contar con una clasificacion de riesgo "A" o "B" en los ultiContar con una clasificacion de riesgo "A" o "B" en los ultimos mos 12 meses 12 meses 5.3 Controles internos y administracion Ad-hoc Operaciones de los modulos Contar con adecuada administracion y controles internos a satisfaccion de la Superintendencia acordes con la o las ope1, 2 o 3 raciones que se deseen realizar. La evaluacion de estos aspectos se realizara de acuerdo a lo establecido en el Capitulo III

CAPITULO III PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACION Articulo 6º.- Procedimiento para la autorizacion El MORDAZA de Autorizacion Especial o Autorizacion Estandar, consta de dos etapas: la primera, en donde la Superintendencia otorga una Autorizacion de Organizacion con el unico objeto de que la empresa pueda iniciar la implementacion de las condiciones minimas requeridas para las operaciones adicionales, y la MORDAZA, donde se otorga la Autorizacion Definitiva para realizar las operaciones solicitadas, luego de las verificaciones efectuadas por la Superintendencia conforme lo dispone el articulo 10º. Para el otorgamiento de la Autorizacion Especial o Autorizacion Estandar, la Superintendencia efectua una evaluacion integral de la empresa solicitante y del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Para el caso de empresas que solicitan la Autorizacion Especial, la Superintendencia, adicionalmente, efectua una evaluacion del cumplimiento de las precondiciones establecidas en el articulo 4º.

Articulo 7º.- Solicitud de Autorizacion de Organizacion Con el proposito de que la Superintendencia otorgue la Autorizacion de Organizacion correspondiente a la primera etapa senalada en el articulo 6º, la empresa debera presentar una solicitud de Autorizacion Estandar o de Autorizacion Especial, el que corresponda. Para dicho fin, se debera adjuntar MORDAZA certificada del acuerdo del organo social competente donde conste la decision de realizar las operaciones solicitadas, y en lo que resulte aplicable dada la naturaleza o complejidad de la operacion, los siguientes documentos: a. Informe actualizado de la Unidad de Auditoria Interna (UAI) sobre la situacion de las recomendaciones formuladas por las auditorias internas y externas, y aquellas generadas en las visitas de inspeccion de la Superintendencia. b. Informe elaborado por la Gerencia General y aprobado por el Directorio, que incorpore lo siguiente: b.1. Diagnostico de la situacion inicial operativa e informatica de la empresa respecto a las operaciones que pretende asumir, y las medidas que tendrian que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.