Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2006 (31/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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LICA DEL P E

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327160

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 31 de agosto de 2006

residuos solidos, tratamiento de aguas servidas, gestion ambiental, entre otras. 18. Fomentar la educacion y cultura ambiental como formacion transversal en los diferentes niveles educativos con caracter obligatorio, monitoreando permanentemente el cumplimiento en su implementacion y mejora continua e involucrando a los diferentes actores sociales e institucionales, en programas de sensibilizacion a favor del ambiente. 19. Desarrollar y poner en practica principios de etica con el ambiente, requiriendo de las diferentes autoridades del Estado, funcionarios publicos y privados, el cumplimiento y consideracion para la toma de decisiones de interes regional. 20. Propiciar los medios y materiales para una mejor comprension y difusion de los alcances y significado que tienen los cuatro frentes de gestion ambiental, como 21. criterios basicos y orientadores para la planificacion del desarrollo sostenible y la toma de decisiones por parte de las autoridades y la participacion organizada de la sociedad y las organizaciones de base. 22. Implementar un programa de coordinacion estricta con el ministerio publico, las fuerzas armadas, la policia nacional del Peru y sus cuerpos especializados, junto a otras instituciones competentes, para garantizar mancomunadamente el respeto y cumplimiento de las normas ambientales en la region San Martin. 23. Promover y organizar sobre la base de la tecnologia de la informatica y el Internet la creacion de paginas especializadas o sistema ambiental de informacion regional sobre la riqueza y potencialidades de la region, (planes, estudios, proyectos, contratos, concesiones, reportes de gestion, etc,) accesibles abierta y democraticamente a la poblacion para facilitar una mayor y mejor participacion en los procesos concurrentes de fiscalizacion, monitoreo, educacion, cultura y difusion, todo ello orientado a la transparencia de la gestion publica y privada, en una region amazonica emergente para encarar los problemas del milenio. 24. Desarrollar la Estrategia Regional de Comercio y Ambiente. 25. Promover el respeto y cumplimiento de los tratados y convenios internacionales en materia ambiental. 26. Establecer las estrategias regionales de diversidad biologica y Cambio Climatico, en el MORDAZA de las estrategias nacionales. 27. Promover mecanismo de bioseguridad para regular la introduccion de especies exoticas, de organismos geneticamente modificados y la perdida de recursos geneticos. 28. Promover la valoracion economica de los recursos naturales y la busqueda de mercados para la venta de los servicios ambientales de la region, que sobresale como un rubro estrategico de negociacion del futuro. 29. Promover la consolidacion de los diferentes niveles de organizacion social y de base, que buscan entre sus objetivos apoyar la solucion de problemas ambientales y apuestan por un ambiente saludable, mediante acciones de vigilancia y control de las actividades humanas contaminadoras y propician la aplicacion del MORDAZA de contaminador - pagador. 30. Consolidar los procesos formulacion de Planes Participativos de Desarrollo Regional y Local y la implementacion de presupuestos concertados, que evite duplicidad de esfuerzos y gastos de los presupuestos publicos y privados en la region. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de San MORDAZA, la ejecucion de la presente Ordenanza; debiendo realizar la difusion correspondiente en el ambito de la region San Martin. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional Gobierno Regional San MORDAZA 01564-2

Amplian plazo de situacion de emergencia ambiental decretada mediante Ordenanza Nº 021-2005-GRSM/CR
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2006-GRSM/CR Moyobamba, 20 de MORDAZA de 2006 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional - Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2006GRSM-CR publicado en el Diario Oficial El Peruano el 26-22006, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27867 - "Ley Organica de los Gobiernos Regionales" articulo 4º, establece que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el MORDAZA de subsidiariedad establecido en el numeral 10 del articulo 8º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902, senala taxativamente que "El Gobierno mas cercano a la poblacion es el mas idoneo para ejercer las distintas funciones que le competen al Estado. Por consiguiente, el Gobierno Nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas eficientemente por los Gobiernos Regionales y estos, a su vez deben involucrarse en realizar acciones que pueden ser ejecutadas eficientemente por los gobiernos locales, evitando la duplicidad de funciones". Que, mediante Convenio Nº 008-2004-GRSM/PGR y su adenda respectiva, suscrita entre el Gobierno Regional de San MORDAZA y el Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana (IIAP), se elabora el Estudio de Zonificacion Ecologica Economica de la Region San MORDAZA, el mismo que contiene los resultados y las recomendaciones para el uso y ocupacion ordenada y sostenible del territorio. Que, segun la Ley Nº 27902 "Ley que modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867" articulo 29-A, numeral 3, senala a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ejerce las funciones especificas sectoriales en materia de planificacion estrategica prospectiva, y en ordenamiento territorial. Que, vista la demora en la transferencia de competencias de INRENA y el Programa Especial de Titulacion de Tierras (PETT) a los Gobiernos Regionales, lo cual atenta contra el MORDAZA de descentralizacion y racionalizacion que es una aspiracion de todos los pueblos del Peru y entorpece la accion de los Gobiernos Regionales para implementar politicas de proteccion de los Recursos Naturales. Que, el MORDAZA de Zonificacion Economica Ecologica implementado por el Gobierno Regional de San MORDAZA ha permitido conocer algunos datos realmente preocupantes, como que el 26.47% de nuestra superficie se encuentra deforestada, es decir mas de 1.3 millones de has., que la tasa de deforestacion avanza a razon de 0.28%, es decir unas 40 has diarias, que un 20% del territorio presenta conflictos de uso, siendo los mas significativos los referidos a uso agropecuario en tierras de proteccion (13.66%) y uso agropecuario en tierras de produccion forestal asociadas a cultivos permanentes (4.80%), lo cual demuestra el incumplimiento de los fines que persigue el Estado Peruano a traves del INRENA. Que, de seguir las tendencias actuales la Region San MORDAZA sufrira un colapso ecologico, el cual ya esta dejando sentir sus efectos en la escasez y calidad de agua.

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