Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2006 (31/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano jueves 31 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES
MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01572-1

327163

que la iniciativa presentada por la empresa referida, cumple con los requisitos exigidos por el Reglamento de la Ley Nº 28059, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, correspondiendole a la Municipalidad: determinar la necesidad de contar con informacion adicional, evaluar la informacion sustentatoria de los gastos detallados en la iniciativa privada, asi como determinar la compatibilidad de la zonificacion del terreno para el desarrollo del proyecto; recomendando ademas tramitar la iniciativa privada de conformidad con el procedimiento contenido en la normatividad de la materia; y de no presentarse terceros aplicar la adjudicacion directa que debera ser aprobada por acuerdo del Concejo Municipal; Que, mediante el documento senalado en la parte expositiva, el Presidente del Comite Especial de la Inversion de Promocion Privada - CEPRI, hace de conocimiento que la iniciativa presentada por "Inversiones San MORDAZA SAC" para la ejecucion del proyecto "Centro Financiero Comercial Bancario MORDAZA El Salvador" cumple con los requisitos exigidos en el Reglamento de la Ley Nº 28059 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM; asimismo de la evaluacion realizada conforme lo establece el Art. 16º del Reglamento de la Ley citada, se concluye que el proyecto presentado por "Inversiones San MORDAZA S.A.C." genera beneficios sociales, economicos y ambientales en el distrito y en particular en el MORDAZA Industrial de MORDAZA el Salvador; igualmente la propuesta de participacion de la inversion presentada por dicha empresa se ajusta a lo establecido por la Ley Nº 28059 y su Reglamento, asi como a lo dispuesto por el Codigo Civil en sus Arts. 1030º y 1031º; cabe senalar que el plazo de contrato solicitado por la empresa es de treinta anos, luego de los cuales, la propiedad pasara a manos de la Municipalidad sin costo alguno, esta conforme a los limites establecidos para este MORDAZA de contratos; razon por la cual concluye que recomienda al Concejo Municipal, la aprobacion de la viabilidad del Proyecto "Centro Financiero, Comercial, Bancario de MORDAZA El Salvador", a efectos de iniciar el MORDAZA de convocatoria a terceros interesados en participar en la ejecucion de la iniciativa privada, conforme a los mecanismos establecidos en la Ley Nº 28059 y su Reglamento; Estando a lo informado, en concordancia con la Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada Nº 28059 y su Reglamento, Codigo Civil aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295, Ordenanza Nº 867, que aprueba el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, de conformidad con las atribuciones conferidas en los Arts. 9º, 33º, 39º, 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Mayoritario del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO: Articulo 1º.- APROBAR la viabilidad de la iniciativa privada presentada por la empresa "Inversiones San MORDAZA SAC" para la ejecucion del proyecto "Centro Financiero Comercial Bancario MORDAZA el Salvador", a realizarse en el predio ubicado en esquinas de la Av. MORDAZA Velasco MORDAZA y Av. Los Artesanos, MORDAZA El MORDAZA, con una superficie de 2,682.79 m2., mediante la modalidad de Derecho de Superficie, con una vigencia de 30 anos, con la propuesta de adquirir la propiedad de lo construido sin necesidad de pago alguno, cuya inversion total sin considerar I.G.V. asciende a US$ 768,675.73 dolares americanos. Articulo 2º.- Reconocer como gastos incurridos en la elaboracion del Proyecto MORDAZA aprobado, conforme a lo dispuesto en el numeral 14.3 del Art. 14º del Reglamento de la Ley Nº 28059, un monto ascendente a US $ 16,321.51 dolares americanos, los cuales no seran reembolsables de aplicarse la adjudicacion directa en favor de la empresa autora de la iniciativa privada materia del presente acuerdo. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinacion con la Gerencia de Administracion y Finanzas y el CEPRI conformado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 006-2006-ALC/MVES, de fecha 11.1.2006, la publicacion del resumen ejecutivo del proyecto conforme al procedimiento y plazos senalados por ley.

Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

Adecuan monto de dieta que percibiran Regidores durante los meses de agosto a diciembre del ano 2006
ACUERDO DE CONCEJO Nº 069-2006/MVES MORDAZA El MORDAZA, 21 de agosto de 2006 Visto: El Decreto de Urgencia Nº 019-2006, de fecha 1.8.2006, por la cual "Establecen la Compensacion mensual por el ejercicio de sus funciones del Presidente de la Republica, Ministros de Estado, autoridades con rango de Ministros de Estado, Presidentes Regionales, Alcaldes y Consejeros Regionales y Regidores, para los meses de agosto a diciembre 2006". CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, establece en el Art. 118º, inciso 19, que el Presidente de la Republica, en el ejercicio de sus funciones puede Dictar medidas extraordinarias, mediante Decretos de Urgencia con fuerza de ley, en materia economica y financiera, cuando asi lo requiera el interes nacional y con cargo a dar cuenta al Congreso; Que, con fecha 31.7.2006, mediante Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM, se fijo en S/. 2 600,00 nuevos soles el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico (URSP), correspondiente al ano 2007, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley Nº 28212, la misma que desarrolla el Art. 39º de la Constitucion Politica del Estado; Que, el Art. 7º del Decreto de Urgencia Nº 019-2006 dispone la Compensacion Mensual para los ALCALDES PROVINCIALES Y DISTRITALES, quienes percibiran por todo concepto y en el ejercicio de sus funciones que fije los Concejos Municipales correspondientes, la misma que no excederan de los 4.25 URSP, (S/. 11 050,00 NUEVOS SOLES); Que, mediante Decreto Supremo Nº 133-2006-EF se dicto las Disposiciones reglamentaria, complementarias y de precision para la mejor aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, senalando en su Art. 3º que en lo concerniente al ambito municipal las dietas que reciban los regidores no podran ser superiores al 30% de la remuneracion mensual del MORDAZA, y que dicha remuneracion "en ningun caso podra conllevar al incremento de lo percibido MORDAZA de la dacion del citado Decreto de Urgencia"; Estando a lo opinado, y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 20 del Art. 9º, asi como el Art. 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Mayoritario del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO: Articulo 1º.- ADECUESE, el monto por concepto de Dieta que percibiran los senores Regidores de esta comuna durante los meses de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del ano 2006 al 30% de la compensacion mensual que percibe el senor MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, debiendo establecerse el 15% de dicha remuneracion por asistencia efectiva a cada sesion, abonandose un MORDAZA de dos (2) sesiones al mes. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento del presente Acuerdo, asi como para que remita MORDAZA del mismo a la Contraloria General de la Republica. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01572-2

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