Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2010 (22/07/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

422625

La obligacion de monitoreo anual sera exigible a partir del dia siguiente del vencimiento del periodo de instalacion y prueba o de la solicitud de inspeccion tecnica presentada conforme lo indicado en el tercer parrafo del articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 8º.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 9º.- La Licencia de Operacion sera expedida por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, conforme lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 3º de la presente Resolucion y previa aprobacion del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes. Articulo 10º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 11º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 12º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 13º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania AEROLIFT S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Prospeccion, Carga Externa, Inspeccion y Vigilancia por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al siguiente detalle: El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la empresa AEROLIFT S.A.C. debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil, debiendo acreditar en dicho MORDAZA su capacidad legal, tecnica y economico-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Prospeccion, Carga Externa, Inspeccion y Vigilancia. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Helicoptero MI-8T ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, MORDAZA MORDAZA, Galilea, MORDAZA El Valor, MORDAZA de Mendoza. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Helipuerto de Yanacocha, Huascaran. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Chivay, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: MORDAZA -Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuaman. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Cruz. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, MORDAZA MORDAZA, Taini, Tangoshiari, Timpia, Patria, Yauri. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Pueblo Libre de Codo, Tingo Maria.

520839-1

Otorgan a Aerolift S.A.C. permiso de operacion de aviacion comercial: trabajo aereo - prospeccion, carga externa, inspeccion y vigilancia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 158-2010-MTC/12
MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2010 Vista la solicitud de la compania AEROLIFT S.A.C., sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Prospeccion, Carga Externa, Inspeccion y Vigilancia; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº 2010-010381 del 12.03.2010, MORDAZA mediante Documento de Registro Nº 059690 del 23.04.2010 y Documento de Registro Nº 063498 del 29.04.2010 la compania AEROLIFT S.A.C. solicito Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Prospeccion, Carga Externa, Inspeccion y Vigilancia; Que, segun los terminos del Memorando Nº 3372010-MTC/12, Informe Nº 073-2010-MTC/12.07.EFF, Informe Nº 309-2010-MTC/12.07.CER, Informe Nº 0472010-MTC/12.07.PEL, Memorando Nº 542-2010-MTC/12 y Memorando Nº 562-2010-MTC/12.LEG; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.