Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2010 (22/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a un dia de distancia desplazandose por via fluvial en la localidad de Alianza Cristiana; asimismo se encuentra a seis dias de distancia del Juzgado Mixto del Datem del Maranon, y a diez dias de distancia de la Sala Civil y MORDAZA Penales ubicadas en la MORDAZA de Iquitos, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 230-2009-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado de Loboyacu, Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Maranon, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; consignandose los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de los centros poblados a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82°, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria descentralizada de la fecha, de conformidad con el informe del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Loboyacu, con competencia ademas en los Centros Poblados MORDAZA, Sabaloyacu, Huangana, Navidad, Armadillo y Sungache; Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Maranon, Departamento y Distrito Judicial de Loreto. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

propuesta de creacion de un Juzgado de Paz con sede en la Comunidad MORDAZA Doce de Octubre, Distrito de El Tigre, Provincia, Departamento de MORDAZA, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripcion; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1050 habitantes, segun el informe emitido por la Oficina de Apoyo a la Justicia de Paz, conjuntamente con los Centros Poblados Vista MORDAZA, MORDAZA, Mariscal MORDAZA, Marsella, San MORDAZA de Bartra, MORDAZA Remanente, El MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Lama Tipishca, Paiche Playa y MORDAZA MORDAZA, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a tres dias y medio de distancia desplazandose en peque peque por via fluvial en la localidad de Intuto; asimismo se encuentra a seis dias de distancia de la sede del Juzgado Mixto y de Paz Letrado de Nauta, y a siete dias de distancia de la sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 251-2009-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz con sede en la Comunidad MORDAZA Doce de Octubre, Distrito de El Tigre, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; consignandose los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de las localidades a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82°, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria descentralizada de la fecha, de conformidad con el informe del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad MORDAZA Doce de Octubre; con competencia ademas en los Centros Poblados Vista MORDAZA, MORDAZA, Mariscal MORDAZA, Marsella, San MORDAZA de Bartra, MORDAZA Remanente, El MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Lama Tipishca, Paiche Playa y MORDAZA Hermosa; Distrito de El Tigre, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; quedando modificada la competencia territorial del Juzgado de Paz de la localidad de Intuto, del referido distrito. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

522113-2 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 036-2010-CE-PJ
La MORDAZA, 27 de enero de 2010 VISTOS: El Oficio N° 2145-2009-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe N° 251-2009-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite a este Organo de Gobierno

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