Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2010 (22/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2010

Articulo 11º.- Adscripcion de organismos publicos Los organismos publicos adscritos al Ministerio de Cultura se regulan de conformidad con la Ley num. 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, sus normas y correspondiente reglamento de organizacion y funciones, conforme al ordenamiento juridico de la descentralizacion. Los organismos publicos adscritos al Ministerio de Cultura son los siguientes:

previa calificacion, las demandas de promocion y MORDAZA de las instituciones privadas. e) Las demas que le asigne la ley y el reglamento de organizacion y funciones.
Articulo 15º.- Del Viceministro de Interculturalidad El Viceministro de Interculturalidad es la autoridad inmediata al Ministro en asuntos de Interculturalidad e Inclusion de las Poblaciones Originarias. Es nombrado por resolucion suprema y representa al Ministro de Cultura en los actos y gestiones que le MORDAZA encomendados. Por encargo de dicho Ministro, ejerce las siguientes funciones:

1. 2. 3. 4. 5. 6.

Instituto Nacional de Cultura (INC). Biblioteca Nacional del Peru (BNP). Instituto de Radio y Television Peruana (IRTP). Academia Mayor de la Lengua Quechua. Archivo General de la Nacion (AGN). Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano (Indepa).

Articulo 12º.- De las comisiones del Ministerio de Cultura Las comisiones sectoriales, multisectoriales y consultivas que estan integradas al Ministerio de Cultura se regulan de conformidad con la Ley num. 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, su MORDAZA de creacion y su respectivo reglamento. La conformacion de cualquier MORDAZA de comision es a propuesta del Ministerio de Cultura o de cualquier entidad publica o privada en materia de cultura.

CAPITULO II FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCION
Articulo 13º.- Del Ministro El Ministro de Cultura, con arreglo a la Constitucion Politica del Peru, es la mas alta autoridad politica del sector. Le compete lo siguiente:

a) Orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales a su cargo. b) Dirigir y supervisar las acciones de los organismos publicos bajo su competencia. c) Establecer las mediciones de gestion del Ministerio de Cultura y las entidades de su sector y evaluar su cumplimiento. d) Mantener relaciones con los gobiernos regionales y locales y convocar a reuniones sectoriales en el ambito de las competencias atribuidas a su sector. e) Las demas que la Constitucion Politica del Peru, las leyes y el Presidente de la Republica le asignen.
Articulo 14º.- Del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales El Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales es la autoridad inmediata al Ministro en asuntos de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, que comprende, ademas, los patrimonios arqueologicos y monumentales y el fomento cultural. Es nombrado mediante resolucion suprema y representa al Ministro de Cultura en los actos y gestiones que le MORDAZA encomendados. Por encargo de dicho Ministro, ejerce las siguientes funciones:

a) Promover y garantizar el sentido de la igualdad social y respeto a los derechos de los pueblos del MORDAZA de conformidad con el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaracion de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas. b) Formular politicas de inclusion de las diversas expresiones culturales de nuestros pueblos y generar mecanismos para difundir una practica intercultural en el conjunto de la sociedad peruana, sustentada en una cultura de paz y solidaridad. Se recogen todos los conocimientos ancestrales en ciencia y tecnologia. c) Proponer mecanismos para evitar cualquier MORDAZA de exclusion o discriminacion de los diferentes pueblos del MORDAZA, asegurando la construccion de una identidad nacional. d) Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplen los organos del Ministerio de Cultura, los organismos publicos y demas entidades correspondientes al sector, para promover la construccion de politicas que permitan conocernos mejor y que reconozcamos las diversas culturas que existen en nuestro MORDAZA y que su respeto y valoracion permitan construir una ciudadania intercultural. e) Formular, ejecutar y supervisar politicas y normas que promuevan practicas vigilantes para evitar expresiones de discriminacion contra los ciudadanos y pueblos del pais. f) Emitir resoluciones viceministeriales en los asuntos que le corresponda conforme a ley. g) Las demas que le asigne la ley y el reglamento de organizacion y funciones.
Articulo 16º.- Del Secretario General El Secretario General asiste y asesora al Ministro en los sistemas de administracion del Ministerio de Cultura. Puede asumir, por delegacion expresa del Ministro, las materias que correspondan a este y que no MORDAZA privativas del cargo de ministro de Estado. Esta encargado de supervisar la actualizacion permanente del MORDAZA de transparencia del Ministerio.

CAPITULO III ORGANOS DE ADMINISTRACION INTERNA Y DE LINEA
Articulo 17º.- Organos de administracion interna Los organos de administracion interna se organizan mediante oficinas generales con la finalidad de cumplir con las funciones de planeamiento, presupuesto, asesoria juridica, recursos humanos, comunicacion, gestion de medios materiales y demas que MORDAZA necesarios para el mejor cumplimiento de las funciones sustantivas del Ministerio de Cultura. Articulo 18º.- Organos de linea Los organos de linea se organizan mediante direcciones generales necesarias para proponer y ejecutar politicas publicas de cultura. Las direcciones generales realizan las funciones sustantivas a cargo de la entidad, en coordinacion directa con los gobiernos regionales y locales respectivos.

a) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional. b) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar las politicas relacionadas con el fomento de las artes MORDAZA, el cuidado del patrimonio artistico de la Nacion, la promocion de la creacion artistica y el desarrollo de las industrias culturales. c) Orientar y supervisar la gestion, defensa, declaracion, proteccion, investigacion y promocion de los bienes de patrimonio cultural a cargo del Estado. d) Promover el fortalecimiento y capacitacion de todos los elencos artisticos adscritos al Ministerio de Cultura y su promocion dentro y fuera del pais. Disponer la programacion, ubicacion y uso de locales, concursos, evaluaciones y demas aspectos referidos a la calificacion y, atender,

TITULO IV ARTICULACION Y COORDINACION INTERGUBERNAMENTAL
Articulo 19º.- Mecanismos de articulacion con otros niveles de gobierno El Ministerio de Cultura coordina con los gobiernos

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