Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2010 (22/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2010

DEPARTAMENTO: Ica - Helipuerto de Superficie "Maria Reiche", Las Dunas, Nasca / MORDAZA Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Cutivereni, Jauja, Los Misioneros, Mazamari / MORDAZA Prado. DEPARTAMENTO: La MORDAZA - Chagual / Don Lucho, Chao, Gochapita, Huamachuco, Pata de Gallo / Alto Chicama, Pias, MORDAZA, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Helipuerto Elevado de Interbank, Helipuerto Elevado del Hotel Los Delfines, Helipuerto Elevado del Hotel Oro MORDAZA, Lib Mandi Metropolitano, Profesional Air ­ MORDAZA, Internacional MORDAZA Chavez. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Bellavista / Jeberos, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, El Estrecho, Iquitos, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Shanusi, MORDAZA Bergerie, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MORDAZA de MORDAZA - Inapari, MORDAZA, Mazuko, Puerto MORDAZA / Padre Aldamiz, Rio Los Amigos. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Campamento Ilo, Cuajone / Botiflaca, Ilo. DEPARTAMENTO: Pasco - MORDAZA Constitucion, MORDAZA del Pozuzo, Iscozasin, Vicco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Huancabamba, MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Juliaca, San Rafael. DEPARTAMENTO: San MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, Palmas del MORDAZA, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Tocache. DEPARTAMENTO: Tacna - Tacna, Toquepala. DEPARTAMENTO: Tumbes - Tumbes. DEPARTAMENTO: Ucayali - Atalaya, Breu, Culina, Oventeni, Paititi, Pucallpa, Puerto MORDAZA, San MORDAZA, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Iquitos. - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto de Tarapoto. - Aeropuerto de Cusco. - Aerodromo de Las Malvinas. - Aerodromo de Kiteni. - Aerodromo de Andoas. - Aeropuerto de Piura. - Aeropuerto de Puerto Maldonado. - Aerodromo de Mazuko. - Aeropuerto de Chiclayo. - Aeropuerto de Cajamarca. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania AEROLIFT S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus

Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania AEROLIFT S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania AEROLIFT S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania AEROLIFT S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania AEROLIFT S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/ o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania AEROLIFT S.A.C. podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, o su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de la compania AEROLIFT S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania AEROLIFT S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania AEROLIFT S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- La compania AEROLIFT S.A.C., dada la naturaleza de sus operaciones y aeronaves, podra realizar actividades aereas de acuerdo a lo senalado en el Articulo Primero de la presente Resolucion, en zonas de operacion conforme a lo dispuesto por el Articulo 16º de la Ley de Aeronautica Civil, siempre que dichas operaciones cuenten la autorizacion de la Direccion de Seguridad Aeronautica y la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones. Articulo 14º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

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