Norma Legal Oficial del día 31 de Agosto del año 2006 (31/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 31 de agosto de 2006

Ordenan el cumplimiento del Plan Vial del sector correspondiente a la MORDAZA agropecuaria de Lomo de Corvina
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 883-2006-MVES-ALC MORDAZA El MORDAZA, 16 de agosto del 2006 VISTOS, los Acuerdos de Concejo Nºs. 066-2003MVES, 033-2004/MVES y 014-2006/MVES de fechas 28.11.2003, 15.6.2004 y 17.3.2006 respectivamente, sobre la definicion y cumplimiento del Plan Vial para la MORDAZA agropecuaria de Lomo de Corvina, correspondiente a la jurisdiccion del distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en la Planificacion del desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutan los planes y programas correspondientes, de conformidad con lo que senala la Constitucion Politica del Estado en sus articulos 191º y 192º, inciso 5; asimismo el derecho de propiedad es inviolable, garantizado por el Estado y se ejerce en MORDAZA con el bien comun y dentro de los limites de ley, conforme al Art. 70º de este documento; Que, conforme a la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su Articulo IV del Titulo preliminar precisa que las Municipalidades promueven la adecuada prestacion de servicios locales, fomentan el bienestar de los vecinos, el desarrollo integral y armonico de la circunscripcion, en MORDAZA y concordancia con lo que senalan los dispositivos legales pertinentes; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas entre otros a asuntos especificos de interes publico y que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto; asimismo el Articulo 43º de la MORDAZA invocada define las Resoluciones de Alcaldia como Normas municipales que aprueban y resuelven los asuntos de caracter administrativo; Que, de conformidad con lo previsto en el Articulo 3º de la Ordenanza Nº 127-MML del 2.10.1997, las areas que forman parte del derecho de via son de dominio publico, inalienables e imprescriptibles; asimismo el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 296-MML del 23.12.2000, define como bien de uso publico a todos los utilizados por la poblacion para la satisfaccion de sus necesidades cotidianas, como son las vias y en el Articulo 3º se senala que los bienes destinados al uso publico y a los servicios publicos locales, constituyen patrimonio municipal, por lo tanto corresponde a las municipalidades su titularidad, conservacion y administracion; Que, el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 341-MML, modificada por la Ordenanza Nº 786-MML del 20.6.2005, en su Articulo 2º establece entre otros que correspondera a las Municipalidades distritales la definicion y aprobacion de las Secciones viales normativas y los Derechos de via de las vias locales; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 33-2004/MVES del 15.6.2004 se opino favorablemente por: a) La aprobacion de la prolongacion de la Av. MORDAZA con 9.00 m de seccion vial; b) Ratificar la seccion vial de 14.00 ml de la MORDAZA trunca en el interior del terreno posesionado por la Asociacion APASIL y el pasaje que da acceso a los posesionarios de la Asociacion MORDAZA MORDAZA y otras Asociaciones desde la Av. MORDAZA hasta la Av. Mariategui; c)Establecer como parametros especificados para parcelas menores a los 500 m2, existentes, siendo como minimo el retiro municipal de 3.000 m y como area techada MORDAZA de 20% del area de terrenos ubicados en la MORDAZA agropecuaria; Que, Informe Nº195-2006-GAJ/MVES del 20.2.2006 opina favorablemente por la ratificacion del Acuerdo de Concejo Nº 033-2004/MVES del 15.5.2004, el mismo que fue ratificado en todos sus extremos por el Acuerdo de Concejo Nº 014-2006/MVES del 17.3.2006; Que, con Informe Nº 214.-2006-MVES-GDESURsgPCCU del 22.6.2006, la Gerencia de Desarrollo

MORDAZA y la Subgerencia de Planeamiento, Catastro y Control MORDAZA, en relacion con los Acuerdos de Concejo senalados en los anteriores considerandos dan cuenta que se ha evaluado la documentacion y opinan que el procedimiento a seguir es la emision de una Resolucion de Alcaldia que ordene el cumplimiento del acuerdo tomado por el Concejo Municipal, por ser esta la MORDAZA de mayor rango administrativo en la Municipalidad; Estando a lo informado y contando con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica segun proveido del 14.7.2006 y en merito a las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades (Ley Nº 27972), y en aplicacion de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley Nº 27444) y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ordenar el cumplimiento del Plan vial del sector correspondiente a la MORDAZA agropecuaria del Lomo de Corvina, comprendido entre las Av. Separadora Agroindustrial, MORDAZA MORDAZA Mariategui, via paralela al cerco, via perimetral del Cementerio Cristo MORDAZA, y la Prolg. Av. MORDAZA MORDAZA, que fuera aprobado mediante los Acuerdos de Concejo Nº 066-2003-MVES DEL 28.11.2003 y ratificado en todos sus extremos por el Acuerdo de Concejo Nº 033-2004/MVES del 15.6.2004, correspondientes a vias locales que se encuentran en el sector descrito de la jurisdiccion distrital de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Notifiquese a los administrados directivos de las Unidades agropecuarias: Los Minkas, Lomo de Cor vina, Tres Regiones, Cooperativa Tahuantinsuyo, Los Campesinos, MORDAZA MORDAZA, Patitos, MORDAZA 3, Virgen de Cocharcas, Mensajeros MORDAZA, Apasil, Senor de Cachuy, Agrowussines, Heliconia, El triunfo de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, 13 de MORDAZA, 18 de Octubre, Asoc. Agropecuaria Las MORDAZA, Asoc. Agropecuaria 3 de MORDAZA, Chacrita Cajamarquina, MORDAZA Velasco, La MORDAZA, Colonia canetana, San MORDAZA, Virgen de la MORDAZA, Virgen de Chapi, San MORDAZA de Padua, MORDAZA MORDAZA, El Granjerito y Familias unidas, lo dispuesto en la presente Resolucion y derivese MORDAZA a la Unidad de Ejecutoria Coactiva para su conocimiento y tramites que les corresponda, en coordinacion con las areas pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01573-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Protocolo de 1992 que enmienda el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Danos debidos a Contaminacion por Hidrocarburos, 1969"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/238, comunica que el "Protocolo de 1992 que enmienda el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Danos debidos a Contaminacion por Hidrocarburos, 1969", suscrito en la MORDAZA de Londres, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, el 27 de noviembre de 1992, aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28065, del 15 de agosto de 2003, texto anexo a la Resolucion Legislativa publicada el 17 de setiembre de 2003 y ratificado por Decreto Supremo Nº 121-2003-RE, de 10 de octubre de 2003, publicado el 17 de octubre de 2003. Entrara en vigencia para el Peru, el 1 de setiembre de 2006. 01591-1

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