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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (12/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

Los Anexos números 1 y 2 que forman parte integrante de la presente resolución, muestran las ventas de White Martins en el mercado brasileño por tipo de granulome- tría y envase e indican las ventas tomadas en cuenta como producto similar por la Comisión. Cabe señalar que si bien se tomó en cuenta granulome- tría distinta a la detallada en la Norma Técnica Peruana, no se incluyó aquel carburo de calcio comercializado a granel, es decir aquel producto que incluía todos los tamaños sin una clasificación específica. A criterio de la Sala, la Comisión habría incluido este carburo de calcio comercializado por la denunciada de distin- ta granulometría a la especificada en la Norma Técnica Peruana porque el rendimiento de acetileno que se obten-dría sería comparable a aquél que se obtendría del carburo de calcio de la granulometría detallado en esa norma. Ello, a diferencia de lo que ocurre con el carburo de calcio a granel que, tal como se detallará más adelante, no permite asegurar un rendimiento determinado en la produccion de acetileno. Se desprende de la Norma Técnica Peruana que los rendimientos en la producción de acetileno, en litros porkilogramo de carburo de calcio, dependen del rango de tamaño del grano: PromedioIlitros/kilogramo --- A manera de ejemplo, ello también se desprende de lo establecido en la Norma Técnica Alemana / DIN 53 922 del carburo de calcio para producir acetileno) queademás señala que la granulometría de 2 4 mm. y de 4- 15 mm. también puede ser utilizada para producir acetileno: La Norma Técnica Alemana, asimismo, hace referen- cia a la diferencial esperada de precios por diferentes rangos de tamaño de grano asociados a diferentes rendi- mientos en la produccion de acetileno.Como puede desprenderse de lo indicado en estas normas, la clasificación del carburo de calcio por tama-ño de grano (granulometría específica) garantiza undeterminado rendimiento en litros de acetileno porkilogramo de carburo. Es decir, el hecho de que elcarburo de calcio esté clasificado por tamaño de granopermite predecir su rendimiento en la producción deacetileno. En ese sentido, esta Sala coincide con la Comisión en que correspondía incluir como producto similar aquelcarburo de calcio comercializado por la denunciada dedistinta granulometría a la estabecida en la Norma Téc- nica Peruana y que correspondía excluir aquel carburo decalcio comercializado a granel. Por otro lado, en lo que respecta a los envases para comercializar carburo de calcio, a manera de ejemplo, en la Norma Técnica Alemana se indica que normalmente son utilizados tambores de acero de 50 kg. y 100 kg., pudiendo existir un arreglo entre el contratante y contra- tista para que el producto sea comercializado en envases de mayor capacidad, enfatizando que los envases debenser herméticos al aire y al agua’“. Del mismo modo, tal como se indicó anteriormente, en la Norma Técnica Peruana se especifica que el carburo de calcio debe ser comercializado en tambores de acero herméticos al aire y al agua de 50 kg., 100 kg. y 200 kg. de capacidad. En la resolución apelada, si bien la Comisión indicó que sólo tomaría en cuenta como producto sujeto a investigación el carburo de calcio comercializado por la denunciada en tambores de acero de 50 kg., 100 kg. y 200 kg. conforme a lo establecido en la Norma Técnica Peruana, tal como se desprende del anexo del Informe Tecnico N° 016-97-INDECOPI/CDS del 16 de octubre de 1997 que sirvió de sustento de dicha reso- lucion, adicionalmente se tomó en cuenta el carburo de calcio comercializado en tambores de acero de 25kg. o de 24 kg.‘” A criterio de la Sala, la Comisión habría incluido carburo de calcio comercializado en tambores de acero dedistinta capacidad a la especificada en la Norma Técnica Peruana porque lo determinante de este envase sería la hermeticidad del mismo al aire y al agua para así asegurar la eficiencia del producto. Por ello, se habría excluido delproducto investigado el carburo de calcio comercializadoen contenedores de PVC o en bolsas, siendo que la herme- 12 DIN 53922, Calcium Carbide, condition 2.5.- Packing.- The carbide is to be supplied in containers conforming to the provisions of the Technical Regulations of the Acetylene Code (2); Drums made of steel, with a capacity of approxrmately 50 or 100 kg. are normaly to be used. Subject to special agreement between the supplier and the recipient, larger containers such as barrels and bins may also be used and be filled as full as possibleAll containers in which carbide is supplied must be closed so that they are air and watertight by rail or sea.For dispatch, the regulations appropnate to the means of transport employed are to be observed, e g., the rules to the carriage of freight DIN 53922, Carburo de calcio, condición 2.5.- Empaque.- El carburo de calcio debe ser transportado en envases conforme a tas disposiciones de la Regulación Técnica del Código de Acetileno. Tambores de acero con una capacidad de 50 o 100 kilos aproximadamente, son tos normalmente utilizados. Si se llega a un especial acuerdo entre el proveedor y el adquirente, se pueden utilizar también envases de mayor tamatio como barriles. Todos lo s envases en que se comercializa el carbura de calcio deben estar cerrados de manera tal que no pueda entrar agua ni aire y su s capacidades deben ser utilizada al máximo. Para el despacho, se deben observar la s regulaciones correspondientes dependiendo del medio de transporte utilizado, por ejemplo, las regulaciones para el transporte por vía férrea 0 por mar 13 Información obtenida del anexo del Informe N° 016-97-INDECOPI/CDS del í6 de octubre de 1997: Impuesto País de VolumenPrecio unitarioque figuraPrecio unitario Medida del Carburo N° Factura Fecha ClienteProcedencia TMque figura en laen laFactura sin de CalcioEnvase/ Volumen Factura (RS)de Envase FacturaImpuest o (US$) (GRANULOMETRIA) Fact. N°0961 21/02/96 A CASA DAS SOLDAS LTDA Brasil - - 5.00 756.68 12% 678 78 2X4 Fact N” 1338 18/03/96 UILLER JOAO. . . Brasil 0 02 . . Fact N‘ 1588 03/04/96 ALMERINDO LUIS DE CASTRO 1060.0018% 881.54 TAMBOR 24kg.-- . . . . . . Brasil 0.02 . . . . 18% . . . -- , 25X80 TAMBOR 24 kg Fact N” 026 2 29/04/96 A CASA DA S SOLDAS LTDA1060.00 16% Brasil 12 00677 96 50X8 00 . TAMBOR 2 4 kg. Fact N° 0671 07/06/96 ALMERINDO L UIS DE CASTRO756.68 Brasil __ __ __ 25X80 ” “. TAMBOR 25 kg 12% 672 60 0.02_- _ ___ --^__ Fact N° 1264 04/07/96 José Sebastiao Da Silva1060.00 16% Brasilci 0.02 lO1@po 1 8%869.20sO%TAMBOR 25 kg 663.16 25X80 TAMBOR.25 kg