Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 1998 (25/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 25 de seticmhre dc 199X CONSIDERANDO: QueporResolucionMinisterialW452-94-MTW5.17de fecha 20.DIC.94, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 26.DIC.94, se autorizo a la COMPANIA LATINOAMERICANADE RADIODIFTJSION S.A. por el plazo improrrogable de doce ( 12) meses, en periodo de instalacion y prueba, el establecimiento de una estacion Retransmisora del servicio de Radiodifusion Comercial por Television? en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la Direccion de Administracibn de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones mediante Informes N" OOl-98-MTW5.19.03.2, emite su conformidad tecnica a lo solicitado, dado que al haberse efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de Television, son satisfactorias sus pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe W 220-9%MTCk5.19.01, considera procedente autorizar la operacion de la referida estacion, por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la R. M. W 452-94 acotada; De conformidad con los Decretos Supremos N"s. 01393-TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulp lo.- Autorizar por el plazo de diez (10 I anos, a la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., la operacion de una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Comercial por Television, ubicada en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo alas siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision : BT-TV : Banda : 1 Video : 61.25MHz Audio : 65.75 MHz : 3 : OBV-4E-TV : V i d e o : 25~ A u d i o : 2.5~ : Video : C3F Audio : F3E : H24 ciones, aprobado por Decreto Supremo N" 013-93-TCC, la presente resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6".-La COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178" del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 10916 RESOLUCION VICEMINISTERIAL W 257-98-MTC115.03 MORDAZA, 22 de setiembre de 1998 Visto el Expediente N" 970102 presentado por la empresa RADIO SABOR MIX S.A., para establecer una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua: CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 013-93TCC, en sus Articulos 22", 48" y 49" prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 06-94TCC, y modificado por D.S. N" 00598.MTC, en sus Articulos 161"~ 162" indica la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los Informes N"s. 286-97MTC/15.19.03.2.y119-98-MTC/15.19.01,consideranprocedente la solicitud de la empresa RADIO SABOR MIX S.A., al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos N'k. 01393.TCC, 06-94-TCC y 00598-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo l".- Otorgar a la empresa RADIO SABOR MIX S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : BC-FM : 99.3 MHz : OBT-6L : 1ooow. : 256FSE : H24 : Jr. MORDAZA W 498, Dist. MORDAZA,Prov. Mariscal MORDAZA, Dpto. MORDAZA, Coordenadas : L.O. 76'56' OO" L.S. 17" 11' 27.3"

Horario Ubicacion de la Planta : Cerro Rinconada Alta, Dist. La Retransmisora MORDAZA, Prov. y Dpto. MORDAZA Coordenadas: L.O. 76" 54' 57" L.S. 12" 04' 14" ArticuIo 2".- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por R. M. N' 452-94-MTW15.17, por tanto vencera el 27 de diciembre del ano 2004. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender a la COMP-IA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A. la correspondiente licencia de operacion, con plazo de vigencia al de la autorizacion otorgada. Articulo 3".- La presente resolucion dejara de surtir efectos ene1 caso que la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A. incumpla con lo establecido en el Articulo 150" del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 06-94-TCC y modificado por D.S. N" 005-98.MTC, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151" del reglamento acotado. Articulo 4".- De conformidad con el Articdo 118" del Reglamento General en mencion, la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFLSION S.A. no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidasenelArticulo l"delapresenteresolucion,sin la autorizacion previa de este ministerio. Articulo 5".- Los derechos otorgados en la presente resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo 51"del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunica-

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