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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (25/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

~lperuàno P&& 164341 requeridos para la prestacion del servicio y se realizarán las priiebas de funcionamiento; Que la Dirección de Ad ministración de Frecuencias y la Direcciún de Asesoría Técnica, de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los Informes Nos. 51-98. MTC/15.19.0~~.2.v2~~2-98-MTC!16.19.01.consideranoro-Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 10920 cedente la solicitud de la empresa TELEVWON NACIO- NAJ, I’ERUANA S.A. al haber cumplido con la informa- ción y documentacion exigida por el Reglamento General de la I,cy de Telecomunicaciones:Otorgan a empresa permiso de opera- De conformidad con los Decretos Supremos NS. 013- 93.TCC, 06.94.TCC y 005-9%MTC; y.ción de servicio aéreo especial remu- Con la opinión favorable del Director General de nerado comercial - carga externaTelecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo l”.- Otorgar a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Retransmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Puno, de acuerdo a las siguientes características técnicas: T’,st,ación : BC-TV : Video: 501.25 MHz Audio : 505.75 MHz Canal : Indicativo Potencia Emision Horario19 0 BV-7N Video: 50 w Audio: 5w Video: C3F Audio: F3E H’L4 Ubicaciún de la Planta Retransmisora : Av. Tacna N” 1445. Dist ., Prov. y Dpto. Puno Coordenadas: L.O. 70” 01’ 07” 1 .s. 15” 50’ 16” IlL El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2”.- Dentro de los treinta (30) días de publi- cada la prcscnte resolución, el titular de la autorización deberá cumplir con pagar. ante el Ministerio, el derecho de autorización, canon anual y por la publicación de la resolucion.l 1 ! i 1 1 Artículo 3”.- La empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.. en su condición de titular de la presente autorización, está obligada a solicitarla inspección técni- ca a sus instalaciones hasta antes de los 60 días calendario del vencimiento del período de instalación y prueba de conii>rmiclad con el Artículo 162” del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastos de via,je y viáti- cos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio antes de la fecha fijada para la inspcccibn. Artículo 4”.- La presente autorización quedara sin efecto, además de lo dispuesto en la Ley de Telecomunica- ciones y su Reglamento General, si el titular de la autori- zación se encuentra incurso en los siguientes casos: 1” No hubiera solicitado inspección técnica dentro del plazo previsto en el Artículo :3”. 2” Si vencido el período de prueba, la inspección no se hubiera realizado por causas que le sean imputables. 3” Si las pruebas de funcionamiento no son satisfacto- rias. o vencido el período de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalación de los equipos. Artículo 5“.- Si la inspecciún técnica a la estación autorizada es satisfactoria. se concederá autorización a la empresa TEIEVISION NACIONAL PERUANA S.A., hasta por el plazo de diez ! 10) años, comprendiéndose en éste el período de instalacion y prueba autorizado. Artículo 6”.-El titular de la autorización está obliga- do a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolución. no pudiendo modificar las caracteristicas téc- nicas B que se contrae el Artículo l”, sin autorización nrevia de este Ministerio.RESOLUCION DIRECTORAL N” 135-98-MTCi15.16 Lima, 23 de setiembre de 1998 Visto el Expediente N” 00930006 mediante el cual la Yompañía ERICKSON AIR - CRANE SELVA S.R.L. solicita Permiso de Operación de Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial ~ Carga Externa. CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum N” 0614.9% MTC/15.16.02, Memorándum N” 0541-9%MTC115.16.06, MemorándumW0274-98-M’l’C~15.16.05.3,Memorándum N”511-98-MTC/15.16.05.2,MemorándumN”189-98-MTC/ 15.16.01 y las Constancias de Inscripción, emitidos por la Dirección de Asesoría Legal, Dirección de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáutico, Subdirección de Operacio- nes Aéreas, Subdirección de Material Aeronáutico, Direc- ciónTécnicayelRegistrador Público delaOficinaRegistra1 de Lima y Callao, respectivamente, se considera pertinen- te atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley N” 24882 -- Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N’ 670, suReglamentoy demás disposiciones legalesvigentes; Que, la administración en aplicación del principio de presunción de veracidad acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme dispone la Ley N” 25035 y el Decreto Legislativo N” 757; Que, la recurrente en su solicitud pide operar en aero- puertos y/o aeródromos privados respecto de los cuales debe celebrar convenios o acuerdos privados con los propietarios de los mismos a fin de poder utilizar sus instalaciones; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, la Autoridad Aeronáutica considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos ylo aeródromos privados podrán ser utiliza- dos previa autorización de sus respectivos propietarios; De conformidad con la Ley N” 24882, el Decreto Legis- lativo N” 670, los Decretos Supremos N’s. 054.8%TC, 019- 90-TC y 009-96-MTC, la Lev N”26917 y el Decreto Ley N” 25862, el Decreto Legisla&0 N” 757 y la Ley N’ 25035 y su reglamento; SE RESUELVE: Artículo l”.- Otorgar ala Compañía ERICKSON AIR - CRANE SELVA S.R.L., Permiso de Operación de Servi- cio Aéreo Especial Remunerado Comercial - Carga Ex- terna, por el plazo de cinco (51 años, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 2”.- El Permiso de Operación otorgado se sujetará a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial - Carga Externa. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIALAERONAUTICO: Helicóptero Sikorsky S-64 E