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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (25/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

El plazo de la autorización v el permiso concedido se computará a partir del día &uiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Pentano. Artículo2”.-Dentrodelostreinta!30)díasdepublicada la presente resolución, el titular de la autorizacion deberá cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autori- zación, canon anual y por la puhlicaciún de la res~,lución. Artículo 3”.- La empresa RADIO SABOR :vIIX S.A., en su condiciónde titular de la presente autorización. esta obligada a solicitar la inspección técnica a sus instalacio- nes hasta antes de los 60 días calendario del vencimiento del período de instalación y prueba de conformidad con el Artículo 162” del Reglamento General mencionado, de- biendo asumir los gastos de viaje y viáticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser camelados al Ministerio antes de la fecha fijada para la insprcciún. Artículo 4”.- La presente autorización qu-dará sin efecto, además de lo dispuesto en la Ley de ‘l’elecomunica- ciones y su Reglamento General, si el titular de la autori- zación se encuentra incurso en los siguientes casos. 1”No hubiera solicitado inspección técnica dentro del plazo previsto en el Artículo 3”. 2” Si vencido el período de prueba, la inspección no se hubiera realizado por causas que le sean imputables. 3” Si las pruebas dc fkcionamiento no son satis- factorias, o vencido el período de prueba nO hubiera cumplido con realizar la instalación de los qu.pos. Artículo 5”.- Si la inspección tocnica 3 1~~ estaciún autorizada es satisfactoria. se concederá autorización ala empresa RADIO SABOR MIX S.A., hasta por [,l plazo de diez (10) años, comprendiéndose en éste el período de instalación y prueba autorizado. Artículo 6”.- El titular de la autorización está obliga- do a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolución, no pudiendo modificar las características téc- nicas a que se contrae el Artículo l”, sin aurorización previa de este Ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 10917 RESOLUCION VICEMINISTERIAL N” 25%98-MTCh5.03 Lima, 22 de setiembre de 1998 VlSTA,laSolicitudN”961705preaentadaporlaempre- sa RADIO EL TRIUNFO E.I.R.L., sobre renovación de autorización de la estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Onda Media ~OMJ, ubicada en el distrito, provincia y departamento del Cusco; CONSIDERANDO: Que, por ResoluciónMinisterial N’89892-TC<‘!lF>. 17 del 21.0CT.92, se renovóla autorización otorgada a la empre- sa RADIO EL TRIUNFO E.I.R.L. para que continúe operando hasta el 8.JUN.98, una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Onda Media (OMI. ubicada en la ciudad del Cusco; Que, la Dirección de Administración de Fre-uencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Direccion General de Telecomunicaciones mediante Informes N s. 272-98 MTC/15.19.03.2. y 382.9X-MTCll5.19.01. opir.an que et procedente la renovación de la auto:izacion solicitada; De conformidad con lo establecido en los Art iculos 22” 48”,50”, 56” y 75” del Texto Unico Ordenado dt la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. N” Oí i-93TCC así como con los Artículos 173”, 177” y 182” de su Regla- mento General, aprobado por D.S. N Oö-94.T(‘C y modi- ficado por D.S. N” 005-98MTC: y, Con la opinión favorahle del Director General dt Telecomunicaciones: SE RESUELVE: Artículo l”.-Renovar la autorización a 1~3 empresa RADIO EL TRIUNFO E.I.R.L. para la operación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en OndaMedia (OM), ubicada en el distrito, provincia y departa- mento del Cusco, así como el cambio de Tipo de Emisión de acuerdo a las siguientes características tdcnicas: Estación : BC-OM Frecuencia : 1,580 KHz Indicativo : OBX-7Q Potencia : 0.5 K W. Emisión : lOA3E Horario : H24 Ubicación de los Estudios : Calle Siete Aneelitos N” 715 Ubicación de la-San Blas, Disc, Prov. y Dpto. CLlSCO. Planta Transmisora : Cerro San Blas - Patallacta, Dist., Prov. y Dpto. Cusco. Coordenadas: 11.O. 71” 58’ 52” 1d.s. 13” 29’ 58” Artículo 2”.-La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez ( 10) años, que se computará a partir del vencimiento de la Resolución Ministerial N” 89%92-TCC115.17, por tanto vencerá el 8 de junio del año 2008. La Dirección Gencral de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente Licencia de Operación con vigencia du- rante el plazo antes señalado. Artículo 3”.- La presente autorización dejará de sur- tir efectos en el caso que la titular de la autorización incumpla con las obligaciones establecidas en el Artículo 150” del Reglamento General de la Ley de Telecomunica- ciones o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151” del acotado Regla- mento General. Artículo 4”.- Los derechos otorgados en la presente resolución son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio de Transportes. Comunicaciones, Vivienda y Construcción. En caso contrario, esta resolución quedará anulada automáticamente, en aplicación del Artículo 51”del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. Artículo B”.-Para solicitar la renovación de la presen- te autorización deberá observarse el plazo previsto en el Artículo 178” del Reglamento General de la Ley de Tele- comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 10919 RESOLUCION VICEMINISTERIAL N” 259-9%MTC115.03 Lima, 22 de setiembre de 1998 Visto el Expediente N” 943346 presentado por la em- presa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A., para establecer una estación Retransmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en UHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Puno. CONSlDER4NDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomu- nicaciones, aprobado por Decreto Supremo W 013-93. TCC. en sus Artículos 22”, 48” y 49” prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones, aprobado por Decreto Supremo N” 06-94-TCC, y modificado porD.S. N”005-98.MTC, ensus Artículos 161” y 162” indica la información y documentación que deberá acompañar la persona solicitante para obtener la autori- zación respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el titular instalará los equipos