Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 1999 (08/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle"; Que, de lo MORDAZA expuesto se advierte la existencia de responsabilidad del mencionado docente, por haber incurrido en las faltas de caracter disciplinario de negligencia en el desempeno de la funcion docente, por haber inobservado lo previsto en los incisos b) y d) del Articulo 51º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, concordante con el Articulo 449º, en el inciso a) del Art. 451º, incisos b), e), l), m) y n) del Art. 452º, inciso f) del Art. 453º del Reglamento General de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle", aprobado mediante Resolucion Nº 223-88-R de fecha 12 de MORDAZA de 1988; Que, del analisis de los antecedentes que sustentan al informe evacuado por la Oficina de Auditoria Interna de la U.N.E., se evidencia que existen indicios razonables de la comision del delito de Abuso de Autoridad y Corrupcion de Funcionarios, ilicitos penales previstos y penados por los Articulos 376º y 393º del Codigo Penal vigente, resultando como presunto responsable el docente Armin MORDAZA KRAMMER SIVERONI, en consecuencia debe remitirse los actuados correspondientes a la autoridad judicial correspondiente; Que, es necesario precisar que el Informe Nº 005-99/OAI evacuado por la Oficina de Auditoria Interna de la U.N.E., constituye prueba preconstituida, de conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del Articulo 16º de la Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, para la iniciacion de procesos; Estando a lo prescrito en los Articulos 84º y 85º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS - Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, modificado por las Leyes Nºs. 26654, 26810 y 26960; concordante con lo previsto en los incisos b) y d) del Articulo 51º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, Articulos 449º, 453º y 455º del Reglamento General de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle", Articulo 163º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y el inciso f) del Art. 16º de la Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 4º de la Ley Nº 26457, modificada por el Art. 3º de la Ley Nº 26614, ampliada por las Leyes Nºs. 26797 y 26880, y estando a lo dispuesto por la Resolucion Suprema Nº 411-97-PCM de fecha 21 de agosto de 1997; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA disciplinario a don Armin MORDAZA KRAMMER SIVERONI, docente de la Especialidad de Construccion Civil de la Facultad de Tecnologia de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle", por haber incurrido en la comision de faltas de caracter disciplinario, previstas en el Reglamento General de esta MORDAZA Superior de Estudios. Articulo 2º.- CONCEDER el plazo de cinco (5) dias habiles al servidor docente Armin KRAMMER SIVERONI, a fin que cumpla con realizar sus descargos por escrito y las pruebas que estime conveniente para su defensa. Articulo 3º.- REMITIR a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle", o similar, segun corresponda, el Informe Nº 005-99-UNE/OAI Resultado del "Examen Especial a la denuncia formulada por alumnos de la Especialidad de Construccion Civil de la Facultad de Tecnologia de la U.N.E.", expedida por la Oficina de Auditoria Interna de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle", con el objeto de establecer el grado de responsabilidad del referido docente y recomendar las sanciones a que hubiere lugar. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente resolucion a la Oficina de Auditoria Interna y a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle". Articulo 5º.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle", la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Secretario General 4535

ADUANAS
Fijan factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible en ADUANAS
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000-ADR/99-000046 Callao, 5 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del Art. 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por D.S. Nº 121-96EF, senala que para efectos de la declaracion de la base imponible los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America. De igual modo, refiere que los valores expresados en otras monedas extranjeras se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, debiendo ADUANAS establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion dichos factores; Que, en este sentido resulta necesario actualizar los valores establecidos con la R.I.N. Nº 000-ADR/99-000031 del 3.3.99, asumiendo en ADUANAS los factores de conversion fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros mediante Carta Circular Nº G-0032-99 del 30.3.99; De conformidad a las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000017-97 del 9.1.97, estando al Informe Nº 004-97-ADUANAS-INRAGCRC-DC del 15.1.97; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FIJAR, a partir del dia siguiente de publicacion de la presente, los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible en ADUANAS, segun se detalla a continuacion: MORDAZA Alemania R.F. de MORDAZA Australia Austria Barbados Belgica Bolivia Brasil Canada Colombia Corea Costa Rica MORDAZA MORDAZA Dinamarca Ecuador Egipto El MORDAZA Espana Estados Unidos Fiji Finlandia MORDAZA MORDAZA Guatemala Guyana Francesa Holanda Honduras Hong MORDAZA Hungria MORDAZA Indonesia Inglaterra MORDAZA Italia Jamaica Japon Jordania Kuwait Malasia Marruecos MONEDA EQUIVALENTE EN US$ 0.547196 1.000500 0.633100 0.077731 0.505051 0.026532 0.174825 0.566572 0.661551 0.000859 0.000845 0.003594 0.043478 0.002067 0.144015 0.000100 0.294247 0.114679 0.006431 1.000000 0.505900 0.180668 0.163151 0.003307 0.142178 0.163151 0.485767 0.071480 0.129054 0.004216 0.023641 0.000113 1.616800 0.250752 0.000553 0.026110 0.008341 1.441338 3.278689 0.263852 0.104760

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