Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 1999 (08/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 1999

sola sociedad agente de bolsa o ex sociedad agente de bolsa. Para atender obligaciones de una sociedad agente de bolsa cuya autorizacion de funcionamiento hubiere sido revocada o cancelada, el Fondo de Contingencia no podra ser ejecutado hasta que se hayan resuelto todas las reclamaciones interpuestas dentro de los seis (6) meses posteriores a la fecha de publicacion de la resolucion que revoca o cancela dicha autorizacion. En este caso, si el monto por resarcir supera en conjunto el treinta por ciento (30%) del patrimonio disponible del Fondo de Contingencia, el pago a los comitentes cuyos reclamos hayan sido declarados fundados se efectuara a prorrata. Se entiende por patrimonio disponible del Fondo de Contingencia aquel que a la fecha de ejecucion este conformado por los creditos que hayan sido efectivamente percibidos de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 3º del presente Reglamento, descontandole los importes desembolsados por el Fondo de Contingencia que aun no le hayan sido restituidos. El Fondo de Contingencia no estara obligado al pago de reclamo alguno, cuando se trate de personas naturales o juridicas comprendidas dentro de los alcances del Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculacion y Grupo Economico, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 722-97-EF/94.10, salvo que el interesado demuestre lo contrario". "Articulo 12º.- Ejecucion.- Tratandose de sociedades agentes de bolsa en funcionamiento, CONASEV o la Bolsa de Valores de MORDAZA, segun corresponda, dentro del plazo de cinco (5) dias de producidas las ejecuciones a que se refieren los incisos a) o b) del Articulo 4º del presente Reglamento, deberan ordenar al Comite de Administracion la ejecucion del Fondo de Contingencia. Si se trata de una sociedad agente de bolsa cuya autorizacion de funcionamiento le ha sido revocada o cancelada, el Fondo de Contingencia solo sera ejecutado, despues de haberse resuelto todas las reclamaciones interpuestas oportunamente en el plazo senalado en el Articulo 5º y haberse aplicado lo dispuesto en el Articulo 4º del presente Reglamento. Toda orden de ejecucion del Fondo de Contingencia debera ser acompanada de la resolucion correspondiente, asi como de una liquidacion del monto a resarcir. Dentro del plazo de dos (2) dias de recibida la orden referida en este articulo y observando los limites a que se refiere el Articulo 5º del presente Reglamento, el Comite de Administracion debera iniciar la ejecucion del Fondo de Contingencia en lo que sea necesario para el cumplimiento de lo ordenado por CONASEV o la Bolsa de Valores de MORDAZA, segun corresponda." Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 15290

publica del 7 de setiembre de 1953 ante Notario Publico doctor MORDAZA Magill Diez Canseco, habiendo quedado inscrita en el Asiento 01 a fojas 287-288 del Tomo II del Libro de Sociedades del Registro Publico de Mineria; Que, con fecha 22 de noviembre de 1999 mediante Junta General de Accionistas y Junta Especial de Accionistas Comunes Serie B de COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. se acordo formular una oferta publica de intercambio dirigida a todos los titulares de Acciones de Inversion emitidas por la sociedad, por la cual seran ofrecidas publicamente en intercambio hasta un millon mil cuatrocientos sesenta y siete (1 001 467) Acciones Comunes Serie B, sin derecho a MORDAZA, a ser emitidas por COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. con el valor de redencion de un numero similar de Acciones de Inversion de la misma sociedad; Que, asimismo, mediante las Juntas de Accionistas a que se refiere el considerando anterior se delego facultades a la Gerencia de COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. para la suscripcion de todos los documentos y contratos que se requieran a fin de dar cumplimiento a los acuerdos adoptados en las referidas Juntas, asi como para precisarlos o modificarlos; Que, COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. ha solicitado el registro del prospecto informativo correspondiente a la oferta publica de intercambio de Acciones de Inversion por Acciones Comunes Serie B, sin derecho a voto; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 75º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como a lo establecido en la sesion del Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, en el cual se delega al Gerente General de CONASEV la facultad para disponer el registro de prospectos informativos a traves de tramite general en caso de una oferta publica de valores mobiliarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer el registro del prospecto informativo correspondiente a la Oferta Publica de Intercambio de hasta un millon mil cuatrocientos sesenta y siete (1 001 467) Acciones Comunes Serie B, sin derecho a MORDAZA, a ser emitidas por COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A., las que seran ofrecidas publicamente en intercambio por un numero similar de Acciones de Inversion de la misma sociedad, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en dicho prospecto informativo y con sujecion a lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 2º.- La oferta publica debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en los Articulos 25º, 32º y, de ser el caso, en el Articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. La Oferta Publica de Intercambio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha del registro del prospecto en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual a peticion de parte. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los Articulos 23º, 24º y 33º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 3º.- El registro a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A., a Banco de Credito del Peru, en su calidad de entidad estructuradora, a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente de intercambio, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.

Disponen registrar prospectos informativos correspondientes a ofertas publicas de intercambio de acciones comunes serie B, emitidas por empresa minera
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 134-99-EF/94.11 MORDAZA, 3 de diciembre de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 99/0646 de COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. y el Memorandum Ejecutivo Nº 027-99-EF/94.50 de fecha 2 de diciembre de 1999, de la Gerencia de Emisores y Empresas. CONSIDERANDO: Que, COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. es una persona juridica constituida por escritura

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