Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 1999 (08/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 1999 Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General 15276

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 135-99-EF/94.11 MORDAZA, 3 de diciembre de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 99/0647 de COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. y el Memorandum Ejecutivo Nº 028-99-EF/94.50 de fecha 2 de diciembre de 1999, de la Gerencia de Emisores y Empresas. CONSIDERANDO: Que, COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. es una persona juridica constituida por escritura publica del 7 de setiembre de 1953 ante Notario Publico doctor MORDAZA Magill Diez Canseco, habiendo quedado inscrita en el Asiento 01 a fojas 287-288 del Tomo II del Libro de Sociedades del Registro Publico de Mineria; Que, con fecha 22 de noviembre de 1999 mediante Junta General de Accionistas y Junta Especial de Accionistas Comunes Serie B de COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. se acordo formular una oferta publica de intercambio dirigida a todos los titulares de Acciones Comunes Serie A emitidas por la sociedad, por la cual seran ofrecidas publicamente en intercambio hasta sesenta y seis millones quinientos veintidos mil cuarentiocho (66 522 048) Acciones Comunes Serie B, sin derecho a MORDAZA, a ser emitidas por COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. por un numero similar de Acciones Serie A de la misma sociedad; Que, asimismo, mediante las Juntas de Accionistas a que se refiere el considerando anterior se delego facultades a la Gerencia de COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. para la suscripcion de todos los documentos y contratos que se requieran a fin de dar cumplimiento a los acuerdos adoptados en las referidas Juntas, asi como para precisarlos o modificarlos; Que, COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. ha solicitado el registro del prospecto informativo correspondiente a la oferta publica de intercambio de Acciones de Comunes Serie A por Acciones Comunes Serie B, sin derecho a voto; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 75º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como a lo establecido en la sesion del Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, en el cual se delega al Gerente General de CONASEV la facultad para disponer el registro de prospectos informativos a traves de tramite general en caso de una oferta publica de valores mobiliarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer el registro del prospecto informativo correspondiente a la Oferta Publica de Intercambio de hasta sesenta y seis millones quinientos veintidos mil cuarentiocho (66 522 048) Acciones Comunes Serie B, sin derecho a MORDAZA, a ser emitidas por COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A., las que seran ofrecidas publicamente en intercambio por un numero similar de Acciones Comunes Serie A de la misma sociedad, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en dicho prospecto informativo y con sujecion a lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 2º.- La oferta publica debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en los Articulos 25º, 32º y, de ser el caso, en el Articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10.

La Oferta Publica de Intercambio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha del registro del prospecto en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual a peticion de parte. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los Articulos 23º, 24º y 33º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 3º.- El registro a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A., a Banco de Credito del Peru, en su calidad de entidad estructuradora, a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente de intercambio, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General 15277

ESSALUD
Modifican Acuerdo que aprobo Reglamento de Facilidades de Pago
CONSEJO DIRECTIVO VIGESIMO MORDAZA SESION ORDINARIA MORDAZA, 2 de diciembre de 1999 ACUERDO Nº 56-22-ESSALUD-99 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Consejo Directivo tiene la facultad de dictar las disposiciones relativas a facilidades de pago de deudas al ESSALUD; Que, el Codigo Tributario vigente establece que las aportaciones de naturaleza tributaria que administra el ESSALUD se rigen por el mismo, salvo aquellos aspectos que por su naturaleza requieren normas especiales; Que, segun lo establecido por el MORDAZA parrafo del Articulo 36º del Codigo Tributario, en casos particulares el ESSALUD esta facultado para conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria a los deudores que lo soliciten, siempre que estos cumplan con los requerimientos o garantias que aquella establezca, pudiendo inclusive conceder aplazamiento y/o fraccionamiento sin exigir garantias; Que, al MORDAZA del Codigo Tributario se emitio el Acuerdo Nº16-4-ESSALUD-99, que establecio y aprobo el reglamento correspondiente al Regimen de Facilidades de Pago para entidades empleadoras que presenten adeudos por concepto de aportaciones, multas, recargos e intereses; Que, encontrandonos frente a un MORDAZA de recesion economica y en vista que las entidades empleadoras se encuentran imposibilitadas de cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, ESSALUD ha considerado pertinente modificar los criterios de MORDAZA de garantias; Que, de acuerdo al Convenio MORDAZA suscrito con la SUNAT, el ESSALUD mantiene a su cargo las labores de administracion de las contribuciones y demas deudas que se hayan generado hasta MORDAZA de la implantacion del Sistema de Declaracion-Pago, es decir MORDAZA del 2 de agosto de 1999, correspondiendole a la SUNAT las labores mencionadas por deudas posteriores a esa fecha; En atencion a lo expuesto y de acuerdo con las facultades conferidas por el Articulo 7º de la Ley Nº 27056 el Consejo Directivo por unanimidad;

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