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Pág. 181759 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de diciembre de 1999 ADUANAS Aprueban circular referida a prórroga de suspensión de importación de crustáceos CIRCULAR Nº 46-52-99-ADUANAS/INTA Callao, 15 de diciembre de 1999 Señor Intendente de Aduana Presente.- Referencia: Prórroga de suspensión de la Importación de crustáceos Habiéndose publicado la Resolución Ministerial Nº 343-99-PE de fecha 11-DIC-99, mediante el cual se prorroga por un período de ciento veinte (120) días calendario la vigencia de la suspensión establecida en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 009-99-PE y comunicada a las Intendencias de Aduanas con la Circular Nº 46-24-99-ADUANAS-INTA; estando a la delegación de facultades otorgada mediante la Resolu- ción de Superintendencia de Aduanas Nº 001029 del 18-MAR-97, sírvase tener presente y hacer de conoci- miento al personal de la Intendencia a su cargo, lo siguiente: Prorróguese la suspensión a la importación de todas las mercancías comprendidas en la Partida S.A. 03.06 originarias y/o procedentes de los países en los que se haya comprobado la presencia de los virus de la "Mancha blanca" (WSSV) y de la "Cabeza Amarilla" (YHV), a partir del 11 de diciembre de 1999 y hasta el 10 de abril del año 2000, debiéndose continuar aplicando las disposiciones señaladas en la Circular Nº 46-24-99-ADUANAS-INTA, publicada el 5 de julio de 1999. Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 15806 CONASEV Autorizan a empresa administrar programa denominado "M 01", bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeterminado RESOLUCION GERENCIAL Nº 013-99-EF/94.55 Lima, 16 de diciembre de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 1999/00597 presentado por la em- presa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. y el Memo- rándum Nº 053-99-EF/94.55.2, de fecha 15 de diciembre de 1999, presentado por la Subgerencia de Fondos; con la opinión favorable de la Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corresponde a esta Comisión Nacional reglamen- tar y controlar las actividades de las empresas adminis- tradoras de fondos colectivos; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 206-86-EF/ 94.10 se autorizó a la empresa Plan de Ahorro PrevioEAFC S.A. a funcionar como empresa administradora de fondos colectivos; Que, con fecha 23 de noviembre de 1999, la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. solicitó a CONASEV la autorización del programa denominado "M01", el cual tiene previsto operar bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeterminado; Que, luego de evaluada la documentación presentada por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, y al haberse verificado el cumplimiento de lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos de CONASEV, corresponde proceder a la autori- zación del programa denominado "M 01"; Que, a fin de flexibilizar la operatividad de los progra- mas por parte de las empresas administradoras de fondos colectivos, CONASEV permite establecer como valor de certificado de compra un rango; sin embargo a efectos de un adecuado control por parte de las empresas adminis- tradoras y de CONASEV, resulta necesario limitar a un determinado número de valores, los certificados de com- pra a ofrecer por grupo; y, Estando a lo dispuesto en el Reglamento de las Empre- sas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolución CONASEV Nº 730-97-EF/94.10; el Texto Uni- co de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-98-EF; y a las facultades otorgadas a la Gerencia de Intermediarios y Fondos, mediante Acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta Institución, reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. la administración del programa deno- minado "M 01", bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeterminado, cuyas características son las siguientes: CARACTERISTICAS DEL PROGRAMA Denominación "M01" Objeto Adjudicar a cada asociado un Certificado de Compra en dólares americanos, des- tinado a la adquisición de una motocicleta nueva de 125 cc en versión de dos (2) o tres (3) ruedas, acondicionada con una cabina especial para transportar pasaje- ros (motokar). Valor del Certificado De US$ 2 900 hasta US$ 4 300 Número de Asociados 72 Duración del Grupo 36 meses Cuota de Inscripción Hasta al 5,9% (incluye IGV) del valor del Certificado de Compra, siendo facultad de la Administradora dividir el pago hasta en dos (2) armadas. A la entrega del bien adjudicado, el aso- ciado deberá haber cancelado la totali- dad de la cuota de inscripción. Cuota Capital Equivalente al valor del Certificado de Compra dividido entre el número de me- ses de duración del grupo. Cuota de Administración Hasta el 12% del valor del certificado de Compra prorrateado entre el número de meses de duración del grupo. Cuota del Seguro de Vida Hasta el 2% del valor del Certificado de Compra prorrateado entre el número de meses de duración del grupo. Cuota Total Equivalente a la suma de la cuota capital, más la cuota de administración y cuota de seguro de vida. Número y modalidad de Dos (2): Una (1) por sorteo y una (1) por remate. Adjudicaciones El importe de las adjudicaciones no po- drá exceder al total de lo mensualmente recaudado. Remate máximo: Hasta el 100% de la deuda. Remate mínimo: Una (1) cuota total. Utilización de los Remates Las cuotas capital provenientes de las propuestas ganadoras en los remates pasarán a incrementar el Fondo Colecti- vo, permitiendo adjudicaciones extras