Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 1999 (25/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Aprobar el otorgamiento de AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO PERMANENTE desde el 23 de septiembre al 31 de diciembre de 1999, estableciendose los siguientes requisitos: a) Formato-Solicitud Declaracion Jurada. b) Zonificacion otorgada de manera automatica, consignando los parametros de ser el caso. c) Comprobante de Pago de Derechos segun TUPA. La autorizacion se otorgara de manera simplificada, debiendo la Direccion de Desarrollo MORDAZA ejercer el control posterior. De existir incumplimiento de los parametros establecidos y realizar actividades diferentes a las autorizadas, la Administracion Tributaria procedera a la Anulacion del Certificado de Autorizacion Municipal y la Clausura respectiva. Articulo Cuarto.- Aprobar la Renovacion Simplificada desde el 23 de septiembre al 31 de diciembre de 1999 para la Autorizacion Municipal de Funcionamiento Permanente otorgada hasta el 31 de diciembre de 1998 por un COSTO UNICO DE S/. 15.00 (Quince y 00/100 Nuevos Soles), como gasto administrativo por la nueva emision del Certificado. Articulo Quinto.- Aprobar la Inscripcion y Reinscripcion de la Autorizacion Municipal de ANUNCIOS Y PROPAGANDA desde el 23 de septiembre al 31 de diciembre de 1999 para: - Aviso Simple y Caballete: S/. 50.00 (Cincuenta y 00/ 100 Nuevos Soles) - Aviso Luminoso: S/. 150.00 (Ciento cincuenta y 00/ 100 Nuevos Soles) (Constituye unico pago, no incluye paneles ni monumentales) Articulo Sexto.- Conceder por el periodo comprendido desde el 23 de septiembre al 31 de diciembre de 1999, una REBAJA DEL 50% DE LA TASA MENSUAL DE LICENCIA ESPECIAL, libres de todo recargo e intereses, correspondiente a los periodos hasta 1998. Articulo Septimo.- Incluir en el BENEFICIO TRIBUTARIO a los contribuyentes que estuvieran pendientes de pago por haberse acogido al fraccionamiento tributario por las CUOTAS PENDIENTES DE PAGO. Articulo Octavo.- Incluir en el BENEFICIO TRIBUTARIO a los contribuyentes que estuvieran en COBRANZA COACTIVA liberando del pago de costas judiciales y otros gastos administrativos. Articulo Noveno.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria, Direccion de Administracion de Recursos y Oficina de Imagen Corporativa y Comunicacion, la difusion y ejecucion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 12263 ORDENANZA Nº 027-99-MDSMP San MORDAZA de Porres, 23 de setiembre de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, en Sesion Ordinaria, de fecha 23 de setiembre de 1999; y, CONSIDERANDO:

Que, el Tribunal Constitucional - Exp. Nº 259-96-AA/ TC - con fecha 2 de diciembre de 1998 ha Revocado la Resolucion expedida por la Sala Superior Mixta de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA, que amparaba a la Municipalidad de Independencia para el cobro de los Tributos Municipales. En consecuencia, dispone que la Municipalidad de Independencia suspenda los procesos coactivos sobre materia tributaria que MORDAZA iniciado; Que, en tanto subsistan los problemas de imprecision en la demarcacion territorial, se debe respetar, para fines tributarios y administrativos, el MORDAZA de usos y costumbres, tal como lo acordaron las Municipalidades respectivas mediante el Acta de Compromiso de fecha 7 de MORDAZA de 1996; Que, mediante el Art. 41º del Decreto Supremo Nº 13599-EF, Codigo Tributario, los Gobiernos Locales pueden condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran; Que, mediante el Art. 43º al 49º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Codigo Tributario, se establece los plazos y formas de computo para la prescripcion, dentro de los cuales la administracion tributaria esta facultada para determinar la deuda tributaria y exigir su pago y aplicar las sanciones correspondientes; Que, mediante el Art. 36º del Decreto Supremo Nº 13599-EF, Codigo Tributario, se puede conceder Aplazamiento y/o Fraccionamiento para el pago de la Deuda Tributaria con caracter general, como parte integrante de los beneficios que se otorgan en la presente Ordenanza; Que, de acuerdo a los Arts. 116º y 10º, Incs. 3) y 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es competencia de la Municipalidad, administrar sus bienes y rentas, asi como tambien modificar las multas administrativas; Que, de acuerdo al Art. 36º, Inc. 1) concordante con el Art. 10º, Incs. 3) y 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es competencia de la Municipalidad crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, Arbitrios y Derechos conforme a Ley, y administrar sus bienes y rentas. Y en concordancia con lo establecido por el Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, es procedente la modificacion de Tasas de Arbitrios Municipales; Que, el Art. 36º, Inc. 3) de la Ley Organica de Municipalidades, concordante con la MORDAZA IV del Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el Concejo Municipal por unanimidad aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Conceder por el periodo comprendido desde el 23 de septiembre al 31 de diciembre de 1999, una REBAJA DEL 90% DEL TRIBUTO INSOLUTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS, libres de todo recargo e intereses, a los contribuyentes de la MORDAZA limitrofe Av. Naranjal, Av. MORDAZA MORDAZA, Av. MORDAZA MORDAZA y Panamericana Norte en el que estan comprendidas la Urb. Mesa Redonda, Urb. Panamericana Norte Industrial, Urb. Muleria, Asoc. de Vivienda Naranjal y Urb. Naranjal Industrial, correspondiente a los periodos fiscales hasta 1998. Articulo Segundo.- Incluir en el BENEFICIO TRIBUTARIO a los contribuyentes que estuvieran pendientes de pago por haberse acogido al fraccionamiento Tributario POR LAS CUOTAS PENDIENTES DE PAGO. Articulo Tercero.- Incluir en el BENEFICIO TRIBUTARIO a los contribuyentes que estuvieran en COBRANZA COACTIVA liberando del pago de costas judiciales y otros gastos administrativos; exceptuandose las que se encuentren con medidas cautelares y/o procedimientos de ejecucion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria, Direccion de Administracion de Recursos y Oficina de Imagen Corporativa y Comunicacion, la difusion y ejecucion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase.

Que, es politica de la actual gestion municipal brindar un tratamiento especial a la MORDAZA limitrofe: Av. Naranjal, Av. MORDAZA MORDAZA, Av. MORDAZA MORDAZA y Panamericana Norte, otorgando BENEFICIOS TRIBUTARIOS y con las maximas facilidades para el pago de Tributos Municipales;

MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 12264

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