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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (04/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 191301 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de agosto de 2000 pertinente autorizar al Procurador Público de este Mi- nisterio para que inicie la acción legal correspondiente contra el señor David Azañero Ortega y los que resulten responsables; Que, en consecuencia, es necesario dictar la medida administrativa correspondiente; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y con los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio, para que inicie las acciones legales correspondientes contra el señor David Azañero Ortega y los que resulten responsables, para el efecto la Direc- ción General de Circulación Terrestre, remitirá los ante- cedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 8881 Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales contra personas naturales y jurídicas por presuntas irregularidades ocurridas en perjui- cio del SINMAC RESOLUCION MINISTERIAL Nº 334-2000-MTC/15.02 Lima, 27 de julio de 2000 CONSIDERANDO: Que, la Inspectoría General del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, ha emitido el Informe Especial Legal Nº 001-2000-MTC/ 15.08: Examen selectivo de los servicios de maquinaria y equipo contratados a terceros y su utilización en la rehabilitación de las carreteras "Circuito Turístico Para- cas - Tramo La Guanera - La Puntilla" y "Vía Los Libertadores - San Clemente - Puente Choclococha", período octubre 1998 a diciembre 1999; Que, según el Informe Especial Legal Nº 001-2000- MTC/15.08, se evidencian hechos irregulares cometidos por quienes desempeñaron los cargos de Jefe de Proyec- to, Residente de Obra, Jefe de Equipo Mecánico, Jefe Administrativo, Tesorero y Asistente Técnico, respecto de los cuales se presume responsabilidad civil y penal en la contratación y ejecución de los servicios de alquiler de maquinaria y equipo mecánico para los proyectos viales aludidos, habiéndose adulterado contratos, facturas y otros documentos que sustentan los pagos efectuados a los contratistas, con transgresión de las normas legales sobre la materia; Que, tales hechos ilícitos han causado perjuicio económico al Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, por un monto aproximado de S/. 538,687.00, estando involucrados contratistas así como las personas que actuaron como sus represen- tantes legales; Que, de conformidad con lo anterior es necesaria la intervención del Procurador Público a cargo de los asun- tos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, a efectos de salvaguardar los intereses del Estado; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitu- ción Política del Perú, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Públi- co a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra las Empresas Prama Ingenieros S.A., Empresa de Servicios Múltiples Los Libertadores S.A., Construc- tora Pativilca S.A., Servicios Generales Renzos E.I.R.L. y Croal Service S.A.; contra sus representantes legales y contra Enrique Manrique Vásquez, José Fernando Aguilar Rojas, Edgardo Gustavo Arias Melo, Félix H. Arias Melo, Eloy Rodríguez Rojas, Adrián Julio Zoni Retamozo, Henry Still Coll Cárdenas, Nilo Ghiglino Villón, Víctor Sosa Ardiles, Luis Morales Olivares, Gladys Tello Córdova, Manuel Fernando Vásquez Ba- rón, Néstor Vargas Soto, Teodoro Lurita Peña, Julio Alberto Galeno Tapia y Haydée Marlene Choque Acuña y otros que resulten responsables por los hechos ilícitos a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial así como de los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 8908 Otorgan a TERRA S.A. permiso de operación de servicio aéreo especial complementario privado RESOLUCION DIRECTORAL Nº 197-2000-MTC/15.16 Lima, 17 de julio del 2000 Vista la solicitud de TERRA S.A., sobre Permiso de Operación de Servicio Aéreo Especial Complementario Privado; CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum Nº 0147- 2000-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoría Legal; Memorándum Nº 0212-2000-MTC/15.16.06, emi- tido por la Dirección de Seguridad Aérea; Memorándum Nº 196-2000-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdirec- ción de Aeronavegabilidad; Memorándum Nº 284-2000- MTC/15.16.05.3, emitido por la Subdirección de Opera- ciones; Constancia de Inscripción, emitida por la Oficina Registral de Lima y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en el Regla- mento vigente de acuerdo a lo señalado en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ley; y las demás disposiciones legales vigentes; Que, de conformidad con lo establecido por la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, el presente procedimiento admi- nistrativo se adecua a la misma a partir de la fecha de su entrada en vigencia; Que, la Administración, en aplicación del princi- pio de presunción de veracidad, acepta las declaracio- nes juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi- cando posteriormente la validez de los mismos, con- forme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legis- lativo Nº 757;