Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (04/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 191304 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de agosto de 2000 Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los (30) días calendario, improrrogables contados a par- tir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Reso- lución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 8892 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 970-2000-MTC/15.18 Lima, 27 de junio de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00131004 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES EX- PRESO INTERNACIONAL PALOMINO S.A.C. - "PA- LOMISAC", sobre Concesión de Ruta: LIMA - CUSCO y viceversa e Informe Nº 481-2000-MTC/15.18.04.1.RCM, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de concesión de ruta: LIMA-CUSCO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 481-2000-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la proceden- cia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPOR- TES EXPRESO INTERNACIONAL PALOMINO S.A.C. - "PALOMISAC", la concesión de ruta: LIMA - CUSCO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - CUSCO y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :CUSCO ITINERARIO :ICA - NASCA - PUQUIO - CHALHUANCA - ABANCAY ESCALA COMERCIAL :PUQUIO - CHALHUANCA - ABANCAY FRECUENCIAS :Tres semanales FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibusFLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: VG-4783 (1993) y VG-4848 (1992). FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: VG-4885 (1992). HORARIOS :Salidas de Lima: Martes, jueves y sábado a las 2.00 p.m. Salidas de Cusco: Miércoles, viernes y domingo a las 8.00 p.m. La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos oferta- dos. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 8890 Otorgan a empresa permiso de opera- ción de transporte de trabajadores por carretera en la ruta Asiento Minero Pallca (Ancash) - Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 983-2000-MTC/15.18 Lima, 3 de julio de 2000 VISTOS, los expedientes de Registro Nºs. 2000- 01126010 y 05008006, organizados por la empresa MITSUI MINING & SMELTING COMPANY LIMI- TED, SUCURSAL DEL PERU, sobre Permiso de Ope- ración de Transporte de Trabajadores por carretera y el Informe Técnico Nº 471-2000-MTC/15.18.04.1.SCG de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante los expedientes indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de permiso de operación para realizar transporte de traba- jadores por carretera; al amparo de lo establecido en el Reglamento de Empresas de Transporte de Trabajadores por Carretera, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 78-TC de fecha 23 de enero de 1978; Que, en el Informe Nº 471-2000-MTC/15.18.04.1.SCG, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos señalados en el Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; recomendándose la procedencia del pe- dido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 004-78-TC, de fecha 23 de enero de 1978, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), apro-