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Pág. 183172 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de enero de 2000 res de los Estados Unidos de América (US$ 60 000 000,00), o su equivalente en moneda nacional, delegando en el Directorio la facultad de decidir todos los términos, las condiciones y las características del Programa, incluyen- do a sus emisiones y series; Que, en mérito a las atribuciones delegadas, el Directorio en sesión de fecha 21 de diciembre de 1999 aprobó los términos y condiciones generales del progra- ma denominado "Primer Programa de Emisión de Bo- nos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Gloria S.A."; Que, en ejercicio de las facultades concedidas por la Junta General de Accionistas de fecha 3 de noviembre de 1999 y por el Directorio en sesión de fecha 21 de diciembre de 1999, el señor Rubén Palao Arana ha solicitado a CONASEV la aprobación del trámite anticipado de ins- cripción de valores y registro de prospectos correspon- dientes a las ofertas de valores a realizar en el marco del Primer Programa de emisión de Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Gloria S.A., el registro del prospecto marco correspondiente a tales ofertas, así como la inscripción del referido programa; Que, asimismo, Gloria S.A., entidad calificada a la fecha de la presente Resolución, ha solicitado la inscrip- ción de los Bonos Gloria - Primera Emisión, a emitir en virtud del referido Programa, así como el consiguiente registro del prospecto informativo a utilizar, en el Regis- tro Público del Mercado de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolu- ción Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguien- tes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar trámites anticipados, disponer la inscrip- ción de valores y/o registro de prospectos derivados de trámites anticipados, así como disponer la inscripción de programas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el registro del prospecto marco correspondiente e inscri- bir el primer programa de bonos corporativos e instru- mentos de corto plazo de GLORIA S.A., hasta por un monto total emitido en circulación de Sesenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 60 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional, denomi- nado "Primer Programa de Bonos Corporativos e Instru- mentos de Corto Plazo de GLORIA S.A.", en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto GLORIA S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los bonos e instrumentos de corto plazo y el registro de los prospec- tos a utilizar en la oferta pública a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución se entenderán efectuados en la fecha de entrada en vigencia de la misma. En su defecto, la inscripción de los bonos corpo- rativos, o de ser el caso, de los instrumentos de corto plazo, así como el registro de dichos prospectos se suje- tará a lo dispuesto en el Artículo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos e instru- mentos de corto plazo a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONA- SEV Nº 141-98-EF/94.10. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA- SEV la documentación e información a que se refieren los Artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 4º.- La aprobación y el registro a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no impli- can que CONASEV recomiende la inversión en los valoresu opine favorablemente sobre las perspectivas del nego- cio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a GLORIA S.A., al Banco Continental y a Citibank N.A. Sucursal de Lima, en su calidad de entidades estructura- doras y agentes colocadores, a Interfip Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de representante de los obligacionistas; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General 1146 ESSALUD Aprueban contratación del servicio de alimentación y nutrición mediante procedimiento de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 024-PE-ESSALUD-2000 Lima, 27 de enero del 2000 VISTA: La Carta Nº 226-GCLO-ESSALUD-99, mediante la cual la Gerencia Central de Logística solicita la aproba- ción de la exoneración del proceso de selección ordinario y se autorice la contratación del servicio de alimentación y nutrición a través del procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del Artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, establece que el Seguro Social de Salud - ESSALUD, otorga cobertura a sus asegurados y derechohabientes, a través del otorga- miento de prestaciones de prevención, promoción, recu- peración, rehabilitación, prestaciones económicas y pres- taciones sociales que corresponden al régimen contributi- vo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgo humano; Que, la Gerencia Central de Logística tiene entre sus objetivos garantizar la operatividad y funcionamiento de las unidades operativas de ESSALUD, mediante el abas- tecimiento de bienes y servicios; Que, en tal sentido, para la contratación del servicio de alimentación y nutrición para los Centros Asisten- ciales de la Gerencia Departamental Lima se convocó a Concurso Público Nº 135-ESSALUD-99, el mismo que fue declarado desierto en primera convocatoria al pre- sentarse un solo postor, en el acto público de presenta- ción de propuestas, de fecha 12 de noviembre de 1999, optándose ante ello por convocar nuevamente a proceso de selección; Que, con fecha 17 de enero del año en curso, se realizó el acto público de presentación de propuestas del Concur- so Público Nº 135-ESSALUD-99, segunda convocatoria, el mismo que también fue declarado desierto, al no haberse presentado postor alguno; Que, es conveniente autorizar la modificación de las bases del Concurso Público Nº 135-ESSALUD-99 por parte del órgano encargado del nuevo proceso de selec- ción a convocarse; Que, el inciso f) del Artículo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que están exoneradas de licitación o concurso público, las adquisiciones y contrataciones cuyo proceso de selección haya sido declarado desierto en dos oportunidades;