Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2000 (28/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

Pag. 188890

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

d. En caso de personas naturales o de representantes de personas juridicas: nombre, documento de identidad, nacionalidad, profesion u ocupacion y curriculum vitae de cada uno. e. En caso de personas juridicas: denominacion; objeto social; datos de inscripcion en los Registros Publicos; numero de RUC; datos del (de los) representante(s) legal(es); nomina de su directorio y nombre del gerente general o quien haga sus veces; relacion e identidad de aquellos accionistas que posean en forma directa o indirecta mas del cinco por ciento (05%) del capital social o que teniendo una participacion menor, tengan el control de la sociedad; MORDAZA informacion financiera auditada; asi como MORDAZA simple del acuerdo adoptado por el organo competente respecto de su decision de constituir una sociedad administradora. f. Los nuevos accionistas deberan tener reconocida idoneidad y solvencia moral, a satisfaccion de CONASEV. 3. Declaracion Jurada con una antiguedad no mayor a 30 dias, de los nuevos accionistas y de quienes tengan a su cargo la direccion, administracion y representacion de la sociedad administradora de no estar incursos en los impedimentos y prohibiciones senalados en los articulos 263 y 264 inciso d) de la Ley, en lo que corresponda. 4. Efectuar una publicacion en forma destacada en el diario oficial y en otro de circulacion nacional, en el que se incluiran los nombres completos de los nuevos accionistas, para efectos de que toda persona interesada formule cualquier observacion en un plazo de siete (07) dias. MORDAZA simple de tal publicacion debera remitirse a CONASEV dentro de los 05 dias de producida la transferencia de acciones.

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO siempre que durante dicho periodo no se hayan formulado observaciones.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS jeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa.

Nota: Segun lo dispuesto en el articulo 45 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, las transacciones que se realicen a traves de mecanismos centralizados estan exceptuadas del presente procedimiento.

NORMAS LEGALES

Base Legal: Articulo 45 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000. 1 UIT X 20 dias utiles siempre que durante dicho periodo no se hayan formulado observaciones. Tramite Documentario de CONASEV En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Gerente General. Este pronunciamiento puede ser objeto de reconsideracion y/o Apelacion. La apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via Administrativa.

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INSCRIPCION DEL MORDAZA DEL FONDO MUTUO EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES.

1. Solicitud presentada por el representante legal autorizado de la empresa bancaria interesada, indicando el grupo economico al cual pertenece, dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. MORDAZA de haber obtenido dos clasificaciones de riesgo de acuerdo a las regulaciones de la materia y que la menor de ellas sea no menor de B-(B menos). 3. MORDAZA de estar constituido como participante directo de las instituciones de compensacion y liquidacion de valores del MORDAZA local, donde la sociedad administradora realice las inversiones en nombre del fondo mutuo 4. Manuales de procedimientos y control interno utilizados por el area de custodia, que muestren su independencia dentro de la organizacion. 5. Normas Internas de Conducta, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 10 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026 -2000-EF/94.10. 6. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

Base Legal: Articulo 36 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000. 0,50 UIT X 30 dias utiles siempre que en dicho periodo no se Tramite Documentario de CONASEV En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Reconsideracion ante el mismo

MORDAZA, miercoles 28 de junio de 2000

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SOLICITUD DE SUSTITUCION DEL MORDAZA

1. Solicitud presentada por el MORDAZA o por la sociedad administradora, la cual debera estar dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. En el caso de ser la Sociedad Administradora quien presenta la solicitud debera adjuntar una MORDAZA de haber avisado al Comite de Vigilancia y al Custodio.

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