Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2001 (20/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2001

ria Nº 054-94-CG, del 29 de marzo de 1994: Auditoria a la Informacion Presupuestaria elaborada por las Entidades del Sector Publico Nacional para la formulacion de la Cuenta General de la Republica, la Gerencia Regional de Auditoria Interna del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA, practico el "Examen Especial de la Informacion Presupuestaria 1999 del Consejo Transitorio de Administracion Regional - Puno", accion que se encontraba prevista en el Plan Anual de Auditoria Gubernamental para el ano 2000, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 156-99-CG, cuyo objetivo estuvo orientado a coadyuvar para que la gestion de funcionarios y servidores del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA en el uso de los recursos publicos se efectue con eficiencia, eficacia, transparencia y economia, cumpliendo con la normatividad legal y los lineamientos del Titular a traves del Plan Operativo Institucional; Que, como resultado de dicho Examen Especial, se emitio el Informe Nº 012-2000-CTAR-PUNO/GRAI, en el cual, se plantearon tres (3) observaciones y tres (3) recomendaciones, la MORDAZA de las cuales, recomienda se instaure MORDAZA administrativo disciplinario al Ing. FREDDY MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA, para el deslinde de su responsabilidad administrativa por los hechos materia de la Observacion Nº 3.2."Desviacion de fondos presupuestales de la meta presupuestaria 00003: Elaboracion de Estudios, por la suma de S/. 7 500,00", razon por la cual la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector Ministerio de la Presidencia - CEPAF resulta competente para conocer exclusivamente de la citada observacion; Que, de la revision y analisis de los actuados, la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector Ministerio de la Presidencia, ha hallado indicios de comision de presunta falta disciplinaria cometida por el ex Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional, Freddy MORDAZA MORDAZA, por haber dispuesto la desviacion de fondos de la Entidad por el monto de S/. 7 500,00 (Siete Mil Quinientos con 00/100 Nuevos Soles), con cargo al Calendario de Compromisos del mes de agosto del Proyecto 2.00045 Apoyo al Pequeno Productor Rural, Componente 3.1076 Promocion y Desarrollo Agropecuario, meta 00003 Elaboracion de Estudios, para la realizacion del Curso Taller de Planificacion Estrategica, organizado por la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional, lo que trajo como consecuencia que la Gerencia Regional de Promocion de Inversiones, responsable de la ejecucion del componente incumpla con la meta programada, en base a la cual se efectuo la prevision presupuestal de la entidad para el ano 1999, aprobada por Resolucion Presidencial Nº 017-99-PECTAR-PUNO de fecha 8 de enero de 1999; Que, de los cargos imputados al ex funcionario citado en el considerando precedente, se desprende la inobservancia de lo dispuesto en el inciso b) del Articulo 6º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999 - Ley Nº 27013, el Articulo 8º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 26703, los incisos a) y d) del Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobada por Decreto Legislativo Nº 276 y el inciso i) del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, configurando dicha presunta inobservancia comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y d) del Articulo 28º del acotado Decreto Legislativo Nº 276; Que, en consecuencia es pertinente, se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra el mencionado ex funcionario, a fin de efectuar el correspondiente deslinde de responsabilidad administrativa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26922 - Ley MORDAZA de Descentralizacion, el Decreto Ley Nº 25556, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, el Capitulo XIII del Decreto Supremo Nº 005-90PCM y el Articulo 58º de la Ley Nº 26199 - Ley MORDAZA del MORDAZA Presupuestario, modificada por el Articulo 2º de la Ley Nº 26488; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo contra el Ing. FREDDY MORDAZA MORDAZA, ex Presidente

Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Conceder al referido ex funcionario el plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion de la presente Resolucion y del correspondiente pliego de cargos a fin de que presente su descargo escrito y las pruebas que estime convenientes para su defensa. Articulo 3º.- Poner en conocimiento de la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector Ministerio de la Presidencia, el MORDAZA administrativo que se instaura para que proceda de acuerdo a Ley. Publiquese, registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 27535

A t r z nc n r t c o d s r i i sd uoia otaain e evco e desaduanamiento, transporte y almacenamiento de maquinaria pesada mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 263-2001-PRES MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2001 Visto el Informe Nº 084-2001/PRES-OGA de la Oficina de Administracion, el Informe Nº 003-2001/PRESVMDR-PREBAM, Memorandum Nº 807-2001/PRESOGA de la Oficina de Administracion y el Informe Nº 644-2001-PRES-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-99-PRES del 29 de agosto de 1999, se aprobo el "Programa de Equipamiento Basico Municipal" que tiene por objeto establecer los mecanismos de financiamiento y posibilitar al Ministerio de la Presidencia la compra masiva de maquinaria pesada, asi como la venta a plazos de la misma a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en especial de las que se encuentren en condicion de pobreza y en zonas de frontera; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 001-2000 del 8 de enero de 2000, se establecio que los recursos provenientes de las operaciones de endeudamiento aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 163-99-EF y el Decreto de Urgencia Nº 063-99, seran destinados a la adquisicion de maquinaria pesada a que se refiere la Licitacion Publica Nº 003-99-PRES realizada por el Ministerio de la Presidencia en el MORDAZA del "Programa de Equipamiento Basico Municipal"; Que, como resultado de la Licitacion Publica Nº 00399-PRES, el Ministerio de la Presidencia y la empresa Mitsubishi Corporation, suscribieron el Contrato de Compraventa de Equipos Nº 001-00-LP-UA de fecha 15 de marzo de 2000, por el cual se adquirio maquinaria pesada para la ejecucion del "Programa de Equipamiento Basico Municipal"; Que, teniendo en cuenta que resulta conveniente realizar las acciones que le permitan al Estado, en el actual MORDAZA de racionalidad y austeridad del gasto publico regulado por la Ley Nº 27427, reducir los costos que demande la ejecucion del PREBAM, el Ministerio de la Presidencia ha acordado con la empresa Mitsubishi Corporation que el concepto de Gastos y Costos Locales referidos en el Contrato de Compraventa de Equipos Nº 001-00-LP-UA, sera asumido a partir del tercer embarque por el Ministerio de la Presidencia, logrando con ello la reduccion de los costos; Que, mediante Informe Nº 644-2001-PRES/OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica emite opinion legal considerando que el MORDAZA juridico en el que se realizan las

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