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Pág. 207086 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de julio de 2001 por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuentran exoneradas de los procedimientos de licitación pública, concurso público o adjudicación directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o urgencia, declaradas de conformidad con la Ley; Que, de acuerdo al Artículo 20º del citado Texto Unico Ordenado, las adquisiciones y contrataciones exonera- das del proceso de licitación pública, concurso público o adjudicación directa, se llevarán a cabo mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía y se aproba- rán mediante resolución del titular del pliego; Que, asimismo, el Artículo 21º del citado Texto Unico Ordenado establece que se considera situación de urgen- cia, la ausencia extraordinaria e imprevisible de deter- minado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, en ese contexto, la presentación de la menciona- da Memoria Ministerial dispuesta por el Decreto Supre- mo Nº 064-2001-PCM, constituye una obligación a cargo del Ministerio de Pesquería cuyo cumplimiento resulta esencial para el normal funcionamiento del Estado, toda vez que la información en ella contenida servirá de base para que la nueva Administración inicie su gestión con- tando con un informe situacional contenido en un docu- mento público, transparente y de libre acceso a la ciuda- danía, lo que determina la necesidad de una acción rápida para la contratación de los servicios requeridos para su impresión a fin de cumplir con el plazo previsto para su presentación; Que, en mérito a las consideraciones citadas y a lo expuesto en el Informe Nº 002-2001-PE-OGA y en el Oficio Nº 1397-2001-PE/OGAJ, pese a que la Oficina General de Administración cuenta con tres (3) cotizacio- nes de diferentes proveedores, resulta necesaria la con- tratación del servicio de impresión de la Memoria Minis- terial mencionada, por un valor referencial de S/. 24,000.00 (Veinticuatro mil y 00/100 Nuevos Soles) me- diante el proceso de adjudicación de menor cuantía, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 064-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Declarar en situación de urgencia la contratación del servicio de impresión de la Memoria Ministerial del Sector Pesquería, que será presentada el 26 de julio del 2001, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2001-PCM, ante el Congreso de la República. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Pesquería del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de los servicios de impresión de 1,300 (Mil trescientos) ejemplares de la Memoria Ministerial del Sector Pesquería. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina de Administra- ción la contratación del servicio a que se hace referencia en el Artículo 1º de la presente Resolución, mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía, por un valor referencia de S/. 24,000.00 (Veinticuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 4º.- La presente Resolución, así como los Informes Técnico y Legal que la sustentan, serán remi- tidos a la Contraloría General de la República, dentro del plazo de diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 27531RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades para suscribir convenio con el Gobierno de Cana- dá, a fin de evitar la doble imposición y prevenir evasión fiscal en relacióna los impuestos a la Renta y al Patri- monio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 296-2001-RE Lima, 19 de julio de 2001 Visto el Memorándum Nº 835, de 16 de julio del año 2001, de la Oficina de Promoción Económica del Ministe- rio de Relaciones Exteriores; Debiendo suscribirse el "Convenio entre la República del Perú y el Gobierno de Canadá para evitar la doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Relación a los Impuestos a la Renta y alPatrimonio"; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25883, de 24 de noviembre de 1992, el inciso g) delArtículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:1º.- Delegar en la persona del señor doctor Javier Silva Ruete, Ministro de Estado en el Despacho deEconomía y Finanzas, las facultades suficientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el "Convenio entre la República del Perú y el Gobier-no de Canadá para evitar la doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Relación a los Im- puestos a la Renta y al Patrimonio". 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor doctor Javier Silva Ruete, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 27566 SALUD Modifican artículo del Reglamento de Organización y Funciones del Ministe- rio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 410-2001-SA/DM Lima, 17 de julio del 2001 Visto el Oficio SA-ODN-DG-Nº 0286-2001, de la Ofi- cina de Defensa Nacional; CONSIDERANDO: Que la Primera Disposición Complementaria del Re- glamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA,