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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2001 (20/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 207087 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de julio de 2001 señala que por Resolución Ministerial se aprobarán las disposiciones complementarias y las modificaciones quepuedan corresponder al citado Reglamento, así como los documentos de gestión necesarios que posibiliten su aplicación; Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación en su Oficio SA-OGP-Nº 0574-2001; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1. Adicionar al primer párrafo del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, lo siguiente: “Artículo 11º a.- Son funciones de la Oficina de Defen- sa Nacional, las siguientes: a) Proponer a la Alta Dirección del Ministerio de Salud los planes sectoriales de Defensa Nacional y deDefensa Civil, considerando para el efecto los objetivos y las actividades que dichos sistemas fijan para el Sector Salud. b) Coordinar con la Oficina General de Planificación del Ministerio de Salud para la compatibilización de los objetivos, estrategias y acciones de la Defensa Nacionalcon los de Desarrollo Institucional y Sectorial. c) Ejecutar las acciones de Defensa Nacional y de Defensa Civil en coordinación con los órganos centrales,desconcentrados y descentralizados del Ministerio de Salud, así como con las instituciones integrantes del Sector Salud. d) Evaluar permanentemente el avance y logro de los objetivos y acciones contenidos en los planes de Defensa Nacional y de Defensa Civil del Sector Salud, proponien-do a la Alta Dirección del Ministerio de Salud las accio- nes correctivas necesarias. e) Proponer las normas que faciliten el cumplimiento de las responsabilidades sectoriales en la Defensa Nacio- nal y la Defensa Civil. f) Conducir las acciones de preparación que aseguren la respuesta adecuada y oportuna que requiera la Defen- sa Nacional y las situaciones de emergencias y desastres con efectos adversos sobre la salud. g) Proponer y difundir la doctrina de Defensa Nacio- nal, así como las normas y acciones del manejo de los desastres en sus tres fases: antes, durante y después;involucrando a brigadas de la población organizada. h) Convocar al Comité Operativo de Emergencia Sectorial, previa autorización y coordinación con la AltaDirección del Ministerio de Salud, frente a situaciones de emergencia o desastre y que demanden movilización de recursos del Sector Salud. i) Otras funciones que le asigne la Alta Dirección del Ministerio de Salud, la Secretaría de Defensa Nacional y el Instituto Nacional de Defensa Civil. Artículo 11º b.- La Oficina de Defensa Nacional tiene la estructura orgánica siguiente: • Jefatura • Oficina Ejecutiva de Planeamiento de la Defensa Nacional • Oficina Ejecutiva de Estudios Estratégicos y Difu- sión de Doctrina y Capacitación • Oficina Ejecutiva de Movilización y Defensa Civil Artículo 11º c.- La Oficina de Defensa Nacional de- pende de la Alta Dirección y está a cargo de un Director General, quien tiene la atribución y responsabilidad de dirigir, coordinar, controlar y evaluar el funcionamientode la Dependencia y del personal a su cargo, de confor- midad con las normas de los sistemas correspondientes e impartir las Directivas pertinentes. Artículo 11º d.- Son funciones de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento de la Defensa Nacional: a) Participar en la coordinación con la Oficina Gene- ral de Planificación del Ministerio de Salud para asegu-rar la correlación de los criterios de Defensa y Desarrollo en la elaboración de los Planes institucionales y Secto- riales.b) Establecer los mecanismos de coordinación con los Órganos componentes de la Oficina de Planificación, para la programación de actividades y programas y proyectos que tengan estrecha relación con las previsio- nes y medidas de Defensa Nacional. c) Coordinar, apoyar y asesorar a los órganos del Ministerio de Salud para el planeamiento y la evaluación de las acciones de Defensa Nacional que competen al Sector Salud en sus diversos niveles. d) Coordinar con la Secretaría de Defensa Nacional para facilitar las acciones del planeamiento, ejecución y evaluación de la Defensa Nacional dentro del Sector Salud. e) Participar activamente en el proceso de planea- miento estratégico de la Defensa Nacional. f) Evaluar trimestralmente el cumplimiento de los objetivos, metas y acciones previstas en el Plan de Defensa Nacional del Ministerio de Salud. g) Proponer a la Dirección General, el Plan de Traba- jo Anual de la Oficina de Defensa Nacional del Ministerio de Salud. h) Programar las actividades de la Dirección de Planeamiento, previstas en el Plan de Trabajo Anual de la Oficina de Defensa Nacional del Ministerio de Salud. i) Otras que le asigne la Dirección General de la Oficina de Defensa Nacional del Ministerio de Salud. Artículo 11º e.- Son funciones de la Oficina Ejecutiva de Estudios Estratégicos y Difusión de Doctrina y Capa- citación: a) Proponer, planificar, elaborar y evaluar los estu- dios básicos que requieren las acciones de Defensa Na- cional y de Defensa Civil en el Sector Salud. b) Establecer adecuados niveles de coordinación y de flujo de información con los diferentes integrantes del Sistema de Defensa Nacional y del Sistema Nacional de Defensa Civil. c) Identificar las necesidades sectoriales de capacita- ción en aspectos de la Defensa Nacional y en el manejo de emergencias y desastres. d) Proponer el Programa Anual de Capacitación so- bre Defensa Nacional y del Manejo de Emergencias y Desastres, coordinando su ejecución con los diversos órganos del Sector Salud y los Sistemas de Defensa Nacional y de Defensa Civil. e) Proponer las acciones de difusión de la Doctrina de Defensa Nacional y de Seguridad a nivel sectorial, coordinando su ejecución con los órganos del Sector Salud y de los Sistemas de Defensa Nacional y de Defensa Civil. f) Otras funciones que le asigne la Dirección General. Artículo 11º f.- Son funciones de la Oficina Ejecutiva de Movilización y Defensa Civil: a) Mantener actualizado los estudios de riesgo de desastre que determinen la participación del Sector Salud, difundiendo sus resultados entre los órganos de salud comprometidos en el riesgo. b) Elaborar el Plan Nacional de Defensa Civil del Sector Salud, coordinando su ejecución con los órganos correspondientes del Sector Salud y del Sistema Nacio- nal de Defensa Civil. c) Efectuar el planeamiento, la preparación y ejecu- ción de la movilización institucional y sectorial frente a emergencias y desastres, en coordinación con la Direc- ción General. d) Proponer las normas técnicas sectoriales para el planeamiento, la organización y la ejecución de las accio- nes frente a las emergencias y desastres en los diversos niveles del Sector Salud. e) Apoyar y asesorar a los órganos del Sector Salud en la planificación, la organización, la ejecución y evalua- ción de las actividades que les corresponde en el manejo de las emergencias y desastres. f) Implementar el Centro de Operaciones de Emer- gencia Sectorial frente a situaciones de emergencias y desastres que demande la movilización sectorial de re- cursos. g) Programar las actividades propias de su Dirección que forman parte del Plan de Trabajo Anual de la Oficina de Defensa Nacional.