TEXTO PAGINA: 38
Pág. 207092 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de julio de 2001 Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías necesarias que requiera el cumplimiento de la presente resolución bajo responsabi- lidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 27503 Declaran que alcalde del Concejo Distri- tal de El Cenepa continúa en el desem- peño del cargo RESOLUCIÓN Nº 541-2001-JNE Lima, 18 de julio de 2001Visto, el Oficio Nº 012-2001/M.D.C./H., remitido vía fax por César Arévalo Ahuite, Jerónima Bashukat Tseje,Felicita Chighim, Saúl Sejekam Asangkay y José Najig- hus, Regidores del Concejo Distrital de El Cenepa, pro- vincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas,comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de alcalde correspondiente a Marcelino Sukut Ariva, por ausencia de la localidad por más de 30 días consecutivos,sin la autorización correspondiente del concejo munici- pal; solicitando se nombre al reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, el alcalde del concejo municipal tiene competen- cia, entre otras, para convocar y presidir las sesiones deconcejo; además, el concejo municipal sesiona ordinaria- mente cuando menos una vez cada quince días y extraor- dinariamente cuando lo convoque el alcalde o lo solicitecuando menos la tercera parte del número legal de sus miembros. Que en caso de no ser convocado por el alcalde dentro de los cinco días hábiles siguientes a la petición,puede hacerlo el teniente alcalde o cualquier regidor previa notificación escrita al alcalde; que entre la convo- catoria y la sesión mediarán cuando menos dos díashábiles; de conformidad con lo dispuesto por los Artícu- los 39º y 47º numeral 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, el Concejo Distrital de El Cenepa, en sesión ordinaria de fecha 8 de marzo de 2001, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miem-bros, cinco votos a favor de un total de seis integrantes, acordó declarar la vacancia del cargo de alcalde de Marcelino Sukut Ariva, atribuyéndole el estar incursoen la causal de vacancia establecida en el numeral 2) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, conforme aparece de la copia simple del acta quecorre a fojas 9 y 10; siendo ratificada la mencionada vacancia por Resolución de Concejo Municipal Nº 004- 2001-M.D.C.H., que obra a fojas 2 y 3; Que, de la documentación que obra en autos se establece que, los Regidores del concejo no cumplieron con solicitar al alcalde don Marcelino Sukut Ariva queproceda a convocar a sesiones extraordinarias ni han seguido el procedimiento establecido por el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;por otro lado, no se ha acreditado que se haya cumpli- do con notificar al alcalde en mención las citaciones a cada una de las sesiones que se habría convocado,utilizando cualquier medio permitido por el Código Procesal Civil, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 43º de la acotada ley orgánica; tampoco hancumplido con remitir los documentos originales que sustentan su pedido; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulos el acuerdo de sesión de fecha 8 de marzo del 2001 y la Resolución deConcejo Municipal Nº 004-2001-M.D.C.H. de fecha 13 de marzo de 2001 del Concejo Distrital de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazo-nas, que declaran la vacancia del cargo de Alcalde correspondiente a Marcelino Sakut Ariva; en conse- cuencia, improcedente la solicitud de los Regidores delcitado Municipio. Artículo Segundo.- Declarar que Marcelino Sakut Ariva Torres continúa desempeñando el cargo de Alcal-de del Concejo Distrital de El Cenepa, elegido para el período de gobierno municipal 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLODE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 27504 MINISTERIO PÚBLICO Determinan competencia de diversas Fiscalías Superiores Civiles del Distri- to Judicial de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 638-2001-MP-FN Lima, 19 de julio de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 202-2001-P- CSJLI/PJ del 27 de junio último, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima ha dispuesto la conformación de cinco Salas Civiles, una de Familia yotra en lo Contencioso-Administrativo; Que, en concordancia con la medida antes indicada corresponde al Ministerio Público determinar la compe-tencia de las Fiscalías Superiores de Lima encargadas del conocimiento de dichas materias; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 64º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legisla- tivo Nº 052. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Determinar la competencia de las Fiscalías Superiores Civiles del Distrito Judicial de Lima como sigue: - PRIMERA FISCALIA SUPERIOR CIVIL: Los asun- tos propios de la Primera Sala Civil, asumiendo el cono- cimiento de los expedientes redistribuidos a dicha Sala. - SEGUNDA FISCALIA SUPERIOR CIVIL: Los asun- tos propios de la Segunda Sala Civil, asumiendo el conocimiento de los expedientes redistribuidos a dichaSala. - TERCERA FISCALIA SUPERIOR CIVIL: Los ex- pedientes propios de la Tercera Sala Civil, asumiendo elconocimiento de los expedientes redistribuidos a dicha Sala. - CUARTA FISCALIA SUPERIOR CIVIL: Los expe- dientes propios de la Cuarta Sala Civil, asumiendo el conocimiento de los expedientes redistribuidos a dicha Sala. - QUINTA FISCALIA SUPERIOR CIVIL: Los expe- dientes propios de la Quinta Sala Civil, asumiendo el conocimiento de los expedientes redistribuidos a dichaSala.