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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2001 (21/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 207158 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de julio de 2001 1. Definición del problema a abordar La violencia es un fenómeno de alta complejidad, de naturaleza multicausal y expresión multidimensional, que afecta tanto a los individuos como a las sociedades. Constituye un problema de suma gravedad que involu- cra a la mayoría de la población, que impide la construc- ción de relaciones democráticas al interior de una socie- dad y entraña el riesgo del desborde social. Sin embargo, las sociedades jerarquizan la importan- cia de las distintas manifestaciones de la violencia, asignándoles un valor diferencial. Esto se expresa en la forma en que es abordada política y jurídicamente, en la cantidad de esfuerzos que se destinan en conocer el fenómeno, en estudiar sus causas y sus efectos, y en última instancia en la tolerancia que la sociedad expresa hacia ellas. Un caso típico de poca visibilidad y alta tolerancia, es el de la violencia contra las mujeres. La violencia contra las mujeres a lo largo de todo su ciclo vital, constituye un problema de enormes propor- ciones, que históricamente ha afectado y todavía conti- núa afectando a millones de mujeres en el mundo. El Centro de Información de Naciones Unidas señala que: “en algún momento de sus vidas, más de la mitad de todas las mujeres latinoamericanas han sido objeto de agresiones en sus hogares. Un 33% fueron víctimas de abusos sexuales entre los 16 y 49 años, mientras el 45% recibió amenazas, insultos y la destrucción de objetos personales”.1 De otro lado, se reconoce que la violencia hacia las mujeres es un fenómeno tan ampliamente extendido, que trasciende el nivel de crecimiento económico de los países, las diferencias culturales y de clases sociales. “El análisis de 35 estudios provenientes de una amplia variedad de países, muestra que entre la cuarta parte y más de la mitad de mujeres, indican haber sido abusadas físicamente por su pareja actual o pasada”.2 La violencia hacia las mujeres es una de las expresio- nes más crueles y degradantes de discriminación. Si bien se entiende que tiene una alta incidencia en el ámbito familiar, no se produce exclusivamente en este espacio, en tanto esta forma de discriminación reposa en el mandato de subordinación social, política y económica de las mujeres, como producto del reparto desigual de poderes, el que otorga y promueve capacidades diferen- ciadas para uno y otro sexo, reproduciéndolas en com- plejos procesos de socialización, en donde intervienen un conjunto de actores y espacios institucionales públi- cos y privados a diferente escala. Para comprender la violencia hacia las mujeres es indispensable entender los factores que la legitiman culturalmente. Ello significa conocer y analizar las per- cepciones y valoraciones de las gentes, en torno a lo que significa ser hombre o ser mujer. Dichas percepciones y valoraciones se vienen moldeando a través de los siglos, y lo que han venido reforzando, entre otras, es la idea de la superioridad del varón respecto de la mujer, por tanto, la potestad que este tendría de dirigir su conducta y sancionarla. Los así llamados “estereotipos de género”,3 trasmiti- dos y perpetuados por la familia, la escuela, la calle, el barrio, los medios de comunicación, entre otros, sientan las bases para el desequilibrio de poder. Investigaciones llevadas a cabo en los últimos años, demuestran que, a pesar de los esfuerzos realizados por numerosas organizaciones, tendientes a difundir y pro- mover ideas en torno a la igualdad entre los sexos, cierto núcleo de premisas constitutivas de un sistema de creen- cias más amplio, siguen siendo sostenidas por diversos sectores de la población. Entre ellas las más persistentes son: § Que las mujeres son inferiores a los hombres. § Que el hombre es el jefe de hogar. § Que el hombre tiene derechos de propiedad sobre la mujer y los hijos.” 4 También es necesario entender y analizar los facto- res de tipo político y jurídico que han contribuido a perennizar esta situación. Sociedades organizadas con una clara división sexual del trabajo, en donde las acti- vidades habitualmente realizadas por mujeres tienen menos prestigio y remuneración, así como leyes que asignaron obligaciones y derechos diferenciados a varo- nes y mujeres, o que desconocieron y en algunos casos todavía desconocen, la existencia o especificidad de de- terminadas situaciones que afectan la vida de millonesde mujeres, tienen todavía peso en el imaginario colecti- vo, incluido el de los agentes y operadores estatales. Las Naciones Unidas afirman que “la violencia que sufren muchas mujeres, tanto en países desarrollados como en los no desarrollados, está relacionada con el estatus de desigualdad de las mujeres en todas las sociedades y que su origen tiene sus raíces en la estruc- tura del matrimonio, en la familia y en la sociedad, siendo, por tanto, imposible comprender su naturaleza, sin tener en cuenta el contexto social e ideológico dentro del cual la violencia ocurre (...) Las Naciones Unidas señalan que para erradicar la violencia es necesario, en primer lugar, erradicar la desigualdades de género”.5 La violencia hacia las mujeres en el Perú: caracteri- zación del problema Es central reconocer los importantes cambios en la visión y en el tratamiento de la violencia hacia la mujer en los últimos 20 años, de manera particular en dos sentidos: en hacer visible el problema, y en desarrollar normatividad interna parcial de protección y proveer algunos mecanismos y recursos institucionales públicos para atender los efectos del problema. En el plano interno, la Ley Nº 26260 —promulgada en 1,993— fija por primera vez la política del Estado frente a la violencia familiar que, como sabemos, es sólo una de las formas en las que se manifiesta la violencia hacia las mujeres, pero que dada su alta incidencia, constituye un paso importante en el reconocimiento del problema así como un avance en la construcción de sus marcos de protección. En 1,996 se da un paso aún más relevante con la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, más conocida como la Convención de Belém do Pará. Dicho tratado, el primero en su línea en el mundo, plantea el marco en el cual debe entenderse la violencia hacia la mujer y define las responsabilidades estatales en la materia. Sin embargo, y a pesar de estos importantes recono- cimientos de tipo normativo, subsiste todavía un conjun- to de vacíos y limitaciones de diverso orden y nivel, que se requiere enfrentar para dar cumplimiento a los com- promisos adquiridos por el Estado Peruano ante la co- munidad internacional así como a las obligaciones asu- midas a nivel interno. En esta línea, un primer vacío que habría que enfren- tar es el que resulta del excesivo peso dado a la atención de los efectos del problema, énfasis que se advierte claramente en el sesgo que ha tenido la política del Estado en estos años. La acción pública ha estado funda- mentalmente orientada a la provisión de los recursos normativos e institucionales necesarios para la denun- cia de casos de violencia y, en menor medida, a la provisión y prestación directa de servicios para atender a las mujeres víctimas de violencia. Sin dejar de recono- cer que este tipo de medidas resultan hoy todavía insu- ficientes, se observa con nitidez que el esfuerzo ha estado colocado en esta dirección, y marginalmente en atender las causas de la violencia. Así, cuando se trata de identificar trabajos destinados al mejor conocimiento y análisis de las causas que explican la violencia hacia las mujeres, se constata rápidamente que no se dispone de información sobre la prevalencia del fenómeno. Un segundo vacío no menos importante es la ausen- cia de un enfoque para la comprensión del problema que 1La violencia de género, un obstáculo para el desarrollo, Centro de Informa- ción de las Naciones Unidas para México, Cuba y República Dominicana, http://www.unam.mx/cinu/mujer/m19.htm 2Violencia contra las mujeres: un marco ecológico integrado, Lori Heise, CHANGE, en Violencia de Género y estrategias de cambio. Proyecto de Promoción de Políticas de Género, GTZ, Managua 1999. 3El concepto de género permitió entender que no es la anatomía lo que posiciona a las mujeres y hombres en ámbitos y jerarquía distintas, sino la simbolización que las sociedades hacen de ella. Marta Lamas, “Género: los conflictos y desafíos del nuevo paradigma”. En: El siglo de las mujeres. Isis Internacional. Ediciones de las mujeres Nº 28, Chile 1999. 4La violencia hacia la mujer en el contexto doméstico, Jorge Corsi, http:// www.corsi.com.ar/violendomes.htm 5Violencia doméstica. Su impacto en la salud pública y mental de las mujeres, Villavicencio y Sebastián, Instituto de la Mujer de España, Madrid 1999.