Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2001 (30/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

Nº DE ORDEN APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

Pag. 205600

Nota: En el caso de subsidiarias de sociedades agentes de bolsa que soliciten autorizacion de funcionamiento como sociedades administradoras de fondos, debe observarse lo dispuesto en los articulos 193 y 194 inciso j) de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobada por Decreto Legislativo N° 861.

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AUTORIZACION A SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS MUTUOS DE INVERSION EN VALORES A ACTUAR COMO SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSION.

Base Legal : Articulos del 20 al 22 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000. 1. Solicitud presentada por la sociedad administradora dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos 2. Cumplir con los requisitos establecidos en el procedimiento previsto para la obtencion de la autorizacion de funcionamiento de Sociedades Administradoras de Fondos de Inversion. 3. Presentar la Escritura Publica de modificacion de objeto social y denominacion correspondiente. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos. 1 UIT x 20 dias utiles Tramite Documentario de CONASEV

Base Legal: Articulos 11, 22 y 41 del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 002-97-EF/94.10, publicada el 09/01/97, y articulo 99 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores aprobado por Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000.

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CANCELACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS MUTUOS

1. Solicitud presentada por la sociedad administradora dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos, acompanando MORDAZA simple del acta correspondiente. 2. MORDAZA de haber iniciado el tramite de transferencia de los fondos mutuos que estan a su cargo. 3. Informe del cumplimiento de sus obligaciones contractuales derivadas del ejercicio de sus funciones en el MORDAZA de valores. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

0,5 UIT

x 30 dias utiles siempre que en dicho periodo no se formulen observaciones.

Tramite Documentario de CONASEV

NORMAS LEGALES

Base Legal: Articulo 153 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000.

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INSCRIPCION DE FONDO MUTUO

1. Solicitud suscrita por el representante legal de la sociedad administradora. 2. De ser el primer fondo mutuo a administrar, MORDAZA simple de la escritura publica de constitucion social y estatutos de la sociedad administradora inscritos en los Registros Publicos, incluyendo los datos de inscripcion registral. 3. Un ejemplar del contrato de custodia debidamente suscrito entre la sociedad administradora y el MORDAZA, de acuerdo al contenido minimo previsto en el Anexo H del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10; el cual debera contener una declaracion expresa del MORDAZA de su sometimiento a las normas establecidas en el Reglamento y en el reglamento interno respectivo. 4. Presentar las modificaciones a las normas internas de conducta, asi como a los manuales escritos a que se refiere el articulo 4 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, de ser el caso, de acuerdo a las caracteristicas del fondo mutuo. 5. Nomina de los miembros del comite de inversiones. 6. Declaracion jurada de los miembros del comite de inversiones de no estar comprendidos dentro de los supuestos de los articulos 263 y 264 inciso d) de la Ley, adjuntando los Curriculum Vitae correspondientes. 7. Reglamento Interno del fondo mutuo. 8. Prospecto de Colocacion. 9. Modelo de la solicitud de suscripcion, rescate y transferencia de cuotas.

1UIT

x 20 dias utiles siempre que en dicho periodo no se formulen observaciones

Tramite Documentario de CONASEV

En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa. En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa. Gerente General Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de reconsideracion y/o Apelacion. La apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via Administrativa.

MORDAZA, sabado 30 de junio de 2001

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