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NORMAS LEGALES Pág. 205611 Lima, sábado 30 de junio de 2001 días como se demore la Administradora en absolver, a satisfacción de CO- NASEV, los requerimientos que ésta comunique por escrito. Base Legal: Artículo 18 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 730-97-EF/94.10 publicada el 11/12/97. EN EL CASO DE LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS COLEC- TIVOS (EAFC) QUE PRESTAN SERVICIO DE SEPELIO: 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos 2. Copia simple del acuerdo de la Junta General de Accionistas que acreditela decisión adoptada. 3. Declaración jurada simple de haber observado lo dispuesto en los artícu- los 3,4,5,y 6 del Decreto Ley 22014.4. Para los nuevos accionistas : a. Si fueran personas naturales , nacionalidad , estado civil, ocupación y do- micilio de cada uno de los nuevos accionistas; si fueran personas jurídicasdenominación o razón social, datos de inscripción en los Registro Públicos y el nombre del representante legal b. Declaración jurada simple de cada uno de los accionistas de no tener an-tecedentes policiales, penales o judiciales ni haber sido declarados en quie- bra, ni tener procedimientos incoados o sobreseídos de esa naturaleza en ningún lugar del territorio de la República.c. Copia simple de los avisos publicados en un diario de circulación nacional dando a conocer la transferencia de acciones por tres (03) veces con el intervalo mínimo de cinco (05) días e invitando a la opinión pública dentro delplazo de veinte (20) días calendario, después de la última publicación, for- mule cualquier objeción al respecto. 5. Nómina de accionistas antes y después del aumento de capital Base Legal: Artículo 24 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (aplicable a servicios funerarios), aprobado mediante Resolución CONASEV N° 264-93-EF/94.10 publicado el 24/10/93 42 AUTORIZACION DE AUMENTO DE 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 0,50 UIT x Trámite Gerente de Intermediarios y Fondos CAPITAL SIN VARIACION DE LA NO- 2. Copia simple del acuerdo adoptado. Documentario MINA DE SOCIOS DE LA EMPRESA 3. Copia simple del asiento en el libro Diario. de CONASEV ADMINISTRADORA DE FONDOS CO- 4. Documentación sustentatoria correspondiente. LECTIVOS. 5. Comprobante de pago de los derechos respectivos. Base Legal: Artículo 18 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 730-97- EF/94.10 publicada el 11/12/97. EN EL CASO DE LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS COLEC- TIVOS (EAFC) QUE PRESTAN SERVICIO DE SEPELIO:1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos 2. Copia simple del Acuerdo de la Junta General de Accionistas que acredi- te la decisión adoptada.3. Copia simple de la Boleta de Depósito de los aportes dinerarios en una entidad bancaria o Financiera y/o Declaración Jurada simple del aporte no dinerario en bienes, valorizado de acuerdo a las normas vigentes.4. Nómina de accionistas antes y después del aumento de capital 5. Acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el D.L. Nº 22014 referido a los límites de participación accionaria. Base Legal: Artículo 24 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (aplicable a servicios funerarios), aprobado mediante Resolución CONASEV N° 264-93-EF/94.10 publicada el 24/10/93. 43 AUTORIZACION DE REDUCCION DE 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 0,50 UIT x Trámite Gerente de Intermedia rios y Fondos CAPITAL DE LA EMPRESA ADMINIS- 2. Copia simple del acuerdo adoptado. 10 días útiles Documentario Este pronunciamiento puede ser TRADORA DE FONDOS COLECTIVOS 3. Copia simple del asiento en el libro Diario. de CONASEV objeto de Recurso de Reconsidera- 4. Documentación sustentatoria correspondiente. ción y/o de Apelación. La Apela- 5. Comprobante de pago de los derechos respectivos. ción será resuelta por la Gerencia General, agotando la vía adminis-Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACION CON EVALUACION PREVIA NO DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICA POSITIVO NEGATIVO REGULADO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS