Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2001 (30/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

Nº DE ORDEN APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

4. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO observaciones

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Base Legal: Articulo 38 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000.

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AUTORIZACION DE TRANSFERENCIA DE ACCIONES DE UNA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS.

0,5 UIT

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. La siguiente informacion respecto de los nuevos accionistas: a. Detalle de la participacion porcentual de cada accionista en el capital social de la sociedad administradora a constituir. b. Indicacion del grupo economico al que estan vinculados, cuando corresponda. c. Domicilio donde se remitiran las comunicaciones. d. En caso de personas naturales o de representantes de personas juridicas: nombre, documento de identidad, nacionalidad, profesion u ocupacion y curriculum vitae de cada uno. e. En caso de personas juridicas: denominacion; objeto social; datos de inscripcion en los Registros Publicos; numero de RUC; datos del (de los) representante(s) legal(es); nomina de su directorio y nombre del gerente general o quien haga sus veces; relacion e identidad de aquellos accionistas que posean en forma directa o indirecta mas del cinco por ciento (05%) del capital social o que teniendo una participacion menor, tengan el control de la sociedad; MORDAZA informacion financiera auditada; asi como MORDAZA simple del acuerdo adoptado por el organo competente respecto de su decision de constituir una sociedad administradora. f. Los nuevos accionistas deberan tener reconocida idoneidad y solvencia moral, a satisfaccion de CONASEV. 3. Declaracion Jurada con una antiguedad no mayor a 30 dias, de los nuevos accionistas y de quienes tengan a su cargo la direccion, administracion y representacion de la sociedad administradora de no estar incursos en los impedimentos y prohibiciones senalados en los articulos 263 y 264 inciso d) de la Ley, en lo que corresponda. 4. Efectuar una publicacion en forma destacada en el diario oficial y en otro de circulacion nacional, en el que se incluiran los nombres completos de los nuevos accionistas, para efectos de que toda persona interesada formule cualquier observacion en un plazo de siete (07) dias. MORDAZA simple de tal publicacion debera remitirse a CONASEV dentro de los 05 dias de producida.

x 20 dias utiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del aviso, siempre que durante dicho periodo no se formulen observaciones

Tramite Documentario de CONASEV

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS jeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa. En caso de aprobacion de modificatorias al Reglamento Interno, el pronunciamiento corresponde al Gerente General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa. En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Gerente General. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Gerente General, agotando la via administrativa.

NORMAS LEGALES

Nota: Segun lo dispuesto en el articulo 45 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, las transacciones que se realicen a traves de mecanismos centralizados estan exceptuadas del presente procedimiento.

MORDAZA, sabado 30 de junio de 2001

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INSCRIPCION DEL MORDAZA DEL FONDO MUTUO EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES.

Base Legal: Articulo 45 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000. 1. Solicitud presentada por el representante legal autorizado de la empresa bancaria interesada, indicando el grupo economico al cual pertenece, dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. MORDAZA de haber obtenido dos clasificaciones de riesgo de acuerdo a las regulaciones de la materia y que la menor de ellas sea no menor de B-(B menos). 3. MORDAZA de estar constituido como participante directo de las institu-

1 UIT

x 20 dias utiles siempre que durante dicho periodo no se formulen observaciones.

Tramite Documentario de CONASEV

En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Gerente General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de reconsideracion y/o Apelacion. La apelacion sera resuelta por el Directorio,

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