Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2001 (30/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

Nº DE ORDEN APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

10. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

MORDAZA, sabado 30 de junio de 2001

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AUTORIZACION DE TRANSFERENCIA DEL FONDO MUTUO POR RENUNCIA DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA

Base Legal : Articulo 24 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000. La sociedad administradora transferente debera presentar a CONASEV una solicitud adjuntando la documentacion siguiente: 1. Declaracion de la sociedad administradora que asumira la administracion del fondo mutuo, indicando la aceptacion de sus funciones. 2. Version actualizada del reglamento interno, contrato y prospecto de colocacion, o reglamento de participacion, de ser el caso, debidamente suscritos por el representante legal de la nueva sociedad administradora. 3. MORDAZA simple del contrato de custodia suscrito entre el MORDAZA y la nueva sociedad administradora, que debe ajustarse a lo previsto en el inciso c) del articulo 24 del Reglamento. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos. 1 UIT x 20 dias utiles siempre que en dicho periodo no se formulen observaciones. Tramite Documentario de CONASEV

Base Legal : Articulo 30 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000. 1 UIT x 20 dias utiles siempre que en dicho periodo no se formulen observaciones. Tramite Documentario de CONASEV

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AUTORIZACION DE TRANSFERENCIA DEL FONDO MUTUO POR DISOLUCION DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA

NORMAS LEGALES

1. Al dia siguiente de adoptado el acuerdo de transferencia del Fondo Mutuo, la Asamblea de participes de la Sociedad Administradora transferente debera comunicar dicho acuerdo al Registro Publico del MORDAZA de Valores adjuntando MORDAZA simple del acta del referido acuerdo. 2. Posteriormente la Sociedad Administradora que acepta la transferencia debe presentar: a. Declaracion de la sociedad administradora que asumira la administracion del fondo mutuo, indicando la aceptacion de sus funciones. b. Version actualizada del reglamento interno, contrato y prospecto de colocacion, o reglamento de participacion, de ser el caso, debidamente suscritos por el representante legal de la nueva sociedad administradora. c. MORDAZA simple del contrato de custodia suscrito entre el MORDAZA y la nueva sociedad administradora, que debe ajustarse a lo previsto en el inciso c) del articulo 24 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10. 3. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa. En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa.

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AUTORIZACION DE MODIFICACION DE ESTATUTOS EN CASOS DE FUSION O ESCISION, ASI COMO REDUCCION DE CAPITAL

Base Legal : Articulo 32 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000. 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. MORDAZA simple del Acta del acuerdo de la Junta General de Accionistas. 3. Proyecto de Minuta. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos. Base Legal: Articulo 43 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000. 0,5 UIT

x 30 dias utiles siempre que en dicho periodo no se formulen observaciones

Tramite Documentario de CONASEV

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INSCRIPCION DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO INTERNO, CONTRATO, PROSPECTO DE COLOCACION O REGLAMENTO DE PARTICIPACION.

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos en la cual se detallaran las modificaciones propuestas y su respectivo sustento. 2. MORDAZA de haber informado al Comite de Vigilancia las modificaciones propuestas. 3. Declaracion expresa del MORDAZA aceptando las modificaciones propuestas, en tanto tengan relacion con el desempeno de sus actividades.

0,50 UIT

x 20 dias utiles siempre que en dicho periodo no se formulen

Tramite Documentario de CONASEV

En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa. En el caso de modificaciones al prospecto de colocacion o al contrato, el pronunciamiento corresponde al Gerente de Intermediarios y Fondos. Este pronunciamiento puede ser ob-

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