Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2001 (30/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

Nº DE ORDEN APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

b. Si fuera el caso el plan de recuperacion de fondos y su cobertura financiera, previo pronunciamiento de CONASEV sobre la situacion de los fondos de los sistemas que administra.

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AUTORIZACION DE TRANSFERENCIA DE ACCIONES DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTIVOS

Base Legal: Articulo 25 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (aplicable a servicios funerarios), aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 264-93-EF/94.10 publicado con fecha 24/10/93 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. Documentacion sustentatoria en caso de nuevos socios: a. Nombre, nacionalidad, documento de identidad, estado civil, domicilio, numero de RUC de ser el caso, profesion u ocupacion, en caso de personas naturales. b. Denominacion o razon social, datos del representante legal, domicilio, numero de RUC, datos de inscripcion en el Registro Publico, nomina de su Directorio y nombre del Gerente General o quien haga sus veces, asi como la identidad de sus socios con mas del cinco por ciento (5%) del capital, en caso de personas juridicas. c. Porcentaje de participacion en el capital de la Administradora. d. Curriculum Vitae de los nuevos socios o de sus representantes legales, en caso de personas juridicas, supuesto en el cual, adicionalmente, se presentara la MORDAZA informacion financiera anual auditada. e. Declaracion Jurada de cada uno de los nuevos socios o de sus representantes legales en caso de personas juridicas de: i) No estar sujetos a los impedimentos dispuestos por las leyes de la materia ii) No ser directores, funcionarios o trabajadores de CONASEV, ni parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad primero de afinidad o conyuges de estos. iii) Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales y no haber sido declarado en insolvencia o judicialmente en quiebra, ni tener procedimiento incoado o sobreseido de tal naturaleza, a la fecha de MORDAZA de la solicitud. iv) No haber sido destituidos por CONASEV, la Superintendencia de Banca y Seguros o la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del cargo de directores o gerentes de una empresa sujeta a su control y supervision, o sancionados por falta muy grave por dichas entidades. v) No ser administrador, gerente, director o socio de otra Administradora. 0,50 UIT x 30 dias utiles Tramite Documentario de CONASEV

Gerente de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

NORMAS LEGALES

3. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

Dentro de los cinco (5) dias de presentada la solicitud, la Administradora debera publicar un aviso en el Diario Oficial y en otro diario de mayor circulacion nacional, haciendo de conocimiento la transferencia producida. Dicho aviso incluira los nombres completos de los nuevos socios y de sus representantes legales, cuando trate de personas juridicas, asi como la convocatoria al publico en general para que, en un plazo de cinco (5) dias, formule cualquier observacion. Dentro del plazo senalado para la recepcion de las observaciones mencionadas, la Administradora debera remitir a CONASEV MORDAZA de los avisos a que se refiere el presente articulo.

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AUTORIZACION DE MODIFICACION DE ESTATUTO DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTIVOS POR : 1. FUSION 2. ESCISION, O 3. AMPLIACION DEL OBJETO SOCIAL

Base Legal: Articulo 12 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 730-97EF/94.10 publicada el 11/12/97. 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. MORDAZA simple del acuerdo adoptado. 3. MORDAZA simple del MORDAZA estatuto. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos. 0,50 UIT

x 10 dias utiles

Tramite Documentario de CONASEV

Nota : CONASEV podra, por una sola vez, formular observaciones referidas al suministro de mayor informacion o a la adecuacion de la solicitud presentada por la Administradora. En este caso, el plazo se extendera en tantos dias como se demore la Administradora en absolver, a satisfaccion de CONASEV, los requerimientos que esta comunique por escrito.

Gerente de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

MORDAZA, sabado 30 de junio de 2001

Base Legal: Articulo 20 del Reglamento de las Empresas Administradoras de

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