Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2001 (30/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

Nº DE ORDEN APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

ciones de compensacion y liquidacion de valores del MORDAZA local, donde la sociedad administradora realice las inversiones en nombre del fondo mutuo. 4. Manuales de procedimientos y control interno utilizados por el area de custodia, que muestren su independencia dentro de la organizacion. 5. Normas Internas de Conducta, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 10 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10. 6. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS agotando la via Administrativa.

MORDAZA, sabado 30 de junio de 2001

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SOLICITUD DE SUSTITUCION DEL MORDAZA

Base Legal: Articulo 36 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000. 1. Solicitud presentada por el MORDAZA o por la sociedad administradora, la cual debera estar dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. Comprobante de pago de los derechos respectivos. 0,50 UIT x 30 dias utiles. Tramite Documentario de CONASEV

Presentada la solicitud ante CONASEV, de ser la sociedad administradora la solicitante, debera dar inmediato aviso al comite de vigilancia y al custodio. En caso el solicitante sea el MORDAZA, debera dar inmediato aviso al Comite de Vigilancia y sociedad administradora.

Base Legal: Articulo 134 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000.

NORMAS LEGALES

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AUTORIZACION DE ORGANIZACION DE SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSION.

1. Solicitud de organizacion dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV, conteniendo la siguiente informacion: a) En el caso de personas naturales: el nombre, documento de identidad, Numero de RUC, de ser el caso; nacionalidad, profesion u ocupacion y domicilio de cada organizador y, cuando se trate de personas juridicas, los datos del representante legal, denominacion social, domicilio, RUC, de ser el caso, numero de inscripcion en el Registro Publico de Personas Juridicas, nomina de su Directorio y nombre del Gerente General o quien haga sus veces, asi como la identidad de sus accionistas con mas del cinco por ciento (5%) del capital social; b) Denominacion social de la sociedad a constituir; c) Monto de su capital social inicial, el mismo que no debera ser inferior al establecido en el articulo 13 de la Ley de Fondos de Inversion y de sus Sociedades Administradoras, asi como la participacion de cada uno de los organizadores en dicho capital ;y, d) Nombre y direccion de quien representa a los organizadores ante CONASEV. 2. Curriculum Vitae de cada uno de los organizadores o de sus representantes legales, en caso de personas juridicas. 3. MORDAZA informacion financiera anual auditada de los organizadores, en caso de personas juridicas. 4. Declaracion Jurada de cada uno de los organizadores o de sus representantes legales en caso de personas juridicas, de no estar comprendidos dentro del supuesto del articulo 16 de la Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras 5. A partir del dia siguiente de presentada la solicitud, los organizadores deberan publicar los avisos a que se refiere el Articulo 7 del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras aprobado por Resolucion CONASEV Nº 002-97-EF/94.10.

1 UIT

x 7 dias utiles, siempre que en dicho plazo no se formulen observaciones

Tramite Documentario de CONASEV

En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa. Gerente de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

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En este sentido, deberan publicar un aviso en el Diario Oficial y uno en un diario de circulacion nacional haciendo saber que han presentado la mencionada solicitud. Dicho aviso incluira los nombres de los organizadores y de sus representantes legales, cuando se trate de personas juridicas, y la convocatoria al publico en general para que, en un plazo de siete (7) dias, se formulen objeciones fundamentadas a la formacion de la sociedad o a las

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