Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2001 (13/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2001

Declaran fundada denuncia contra magistrado del Primer Juzgado de Familia de la provincia de MORDAZA por presunta comision de delitos de prevaricato y contra la fe publica
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 882-2001-MP-FN MORDAZA, 12 de setiembre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 648-2001-MP-F.SUPR.C.I-MP-FN-CB, de fecha 20 de junio del 2001, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, mediante el cual remite el Exp. Nº 0764-96-La MORDAZA, que contiene la investigacion realizada en torno a la denuncia presentada por MORDAZA Wilder Ganoza MORDAZA contra la doctora Wilda MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado de Familia de la provincia de MORDAZA, por la presunta comision del delito de Prevaricato y Contra la Fe Publica - Falsedad Ideologica, en el que ha recaido el Informe Nº 047-2001-MP-FN-SUPR.CI de fecha 20 de junio del 2001; CONSIDERANDO: Se le atribuye a la doctora Wilda MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado de Familia de la provincia de MORDAZA, que en la expedicion de la Resolucion Nº 33 de fecha 7 de diciembre de 1995, cuya MORDAZA corre a fs. 48, ordeno el endose del certificado de deposito por la suma de S/. 3,730.00 al denunciante en su calidad de apoderado de la demandante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el MORDAZA seguido con MORDAZA MORDAZA Huancayo, Exp. Nº 518-93, bajo apercibimiento con mandato de detencion si no daba cuenta al Juzgado de la entrega de dicha suma a la demandante, asi mismo el de haber ordenado trabar embargo sobre sus bienes del denunciante (herramientas de trabajo), denunciarlo ante la Fiscalia de Turno; y, ademas de haber consignado en el Acta de Secuestro obrante en MORDAZA a fs. 64-69 a la Secretaria del Juzgado y Depositario Judicial cuando estos no han participado en dicha diligencia; Analizados los actuados, se aprecia la existencia de suficientes indicios sobre la comision del delito Prevaricato, previsto por el Art. 418º del Codigo Penal, toda vez que la Juez denunciada al expedir la Resolucion Nº 38 de fecha 9 de enero de 1996, cuya MORDAZA certificada corre a fs. 60-61; ordenando se trabe embargo en los bienes del apoderado (en merito al Poder por Escritura Publica cuya MORDAZA corre a fs. 45/46) de la demandante MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA Nº 518-93, no tomo en cuenta que el denunciante MORDAZA Ganoza no era parte en el MORDAZA (ni tercero legitimado o coadyuvante), lo que la propia Juez denunciada lo senala en su Resolucion de fecha 31 de enero de 1996, cuya MORDAZA corre a fs. 83, pese a ello ordena y ejecuta la medida cautelar y coercitiva MORDAZA referida; mas aun afecto bienes que constituian herramientas de trabajo del denunciante, contraviniendo asi lo expresamente senalado en los Articulos 623º y 648º inciso 3) del Codigo Procesal Civil; Asi mismo, en el Acta de Secuestro Judicial obrante en fotocopia certificada obrante a fs. 64/69, que llevara a cabo la Juez denunciada; tal como se advierte del Dictamen Pericial de Grafotecnia Nº 301/96 corriente a fs. 309/ 310, se llega a determinar que la Secretaria Judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha participado en dicha diligencia de embargo, pese a la propia manifestacion de la MORDAZA citada secretaria, suscribiendo dicha acta con posterioridad; y, mas aun que el depositario judicial MORDAZA MORDAZA, pese a que su nombre no aparece consignado como interviniente en la citada diligencia de Secuestro, sin embargo se advierte que ha suscrito dicha acta, lo que se presume ha sido firmada con posterioridad a la diligencia, evidenciandose asi suficientes indicios de la comision del delito Contra la Fe Publica en la

modalidad de Falsedad Ideologica, previsto en el Art. 428º del Codigo Penal; Por otro lado; si bien se advierte suficientes indicios de la comision del delito de Abuso de Autoridad (encontrandose subsumidos los delitos de violacion de domicilio, danos y usurpacion de funciones), por parte de la Juez denunciada, al expedir la Resolucion Nº 33 de fecha 7 de diciembre de 1995, pues no tomo en cuenta que el denunciante MORDAZA Ganoza, solicito el endose del certificado de deposito judicial Nº 71331914 en su calidad de apoderado de la demandante MORDAZA MORDAZA, condicionando la entrega del mismo, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de aplicarse el inciso 2) del Art. 53º del Codigo Procesal Civil, disponer su detencion y orden de captura conforme es de verse de las instrumentales obrantes a fs. 56 y 57, sin embargo teniendo en cuenta que ha transcurrido mas de 5 anos desde la fecha de la comision de los hechos, ha operado la prescripcion del delito, al haber sobrepasado el tiempo senalado en el Articulo 83º del Codigo Penal; Estando al Informe Nº 047-2001-MP-FN-SUPR.CI de fecha 20 de junio del 2001, emitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, y, en uso de las atribuciones conferidas por Decreto Legislativo Nº 052 (Ley Organica del Ministerio Publico); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia interpuesta por MORDAZA Wilder Ganoza MORDAZA contra la doctora WILDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado de Familia de la provincia de MORDAZA, por la presunta comision de los delitos de Prevaricato y Contra la Fe Publica -Falsedad Ideologica-, previstos en los Articulos 418º y 428º del Codigo Penal e IMPROCEDENTE por los delitos de Abuso de Autoridad (subsumidos los ilicitos de violacion de domicilio, danos y usurpacion de funciones), al haber operado la prescripcion del delito a tenor de lo expresamente senalado en el Art. 83º del Codigo Penal, en consecuencia; remitase los actuados al Fiscal Superior competente del Distrito Judicial de La MORDAZA, para los fines pertinentes. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores Presidentes de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de La MORDAZA, Fiscal Superior Decano de La MORDAZA e interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 30843

SBS
Opinan favorablemente para que el Banco Wiese Sudameris emita Primer Programa de Bonos Hipotecarios
RESOLUCION SBS Nº 617-2001 MORDAZA, 23 de agosto de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris, para que se opine favorablemente sobre la emision

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