Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2001 (13/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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INPE
Aprueban convenio de cooperacion interinstitucional con la Universidad Peruana Union de MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 1019-2001-INPE-P MORDAZA, 10 de setiembre de 2001 Visto, el Oficio Nº 1009-2001-INPE/06, de fecha 1 de agosto del 2001, mediante el cual se remite el Proyecto "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Universidad Peruana Union de MORDAZA y el Instituto Nacional Penitenciario"; CONSIDERANDO: Que, el inciso decimo MORDAZA del Articulo 135º del Decreto Legislativo Nº 654 "Codigo de Ejecucion Penal", concordante con el inciso e) del Art. 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante R.M. Nº 040-2001-JUS, que faculta al titular del Instituto Nacional Penitenciario a celebrar convenios con entidades publicas y privadas; Que, la Universidad Peruana Union de MORDAZA, a traves de la suscripcion del Convenio, cooperara con el Instituto Nacional Penitenciario, con la finalidad de promover, impulsar y apoyar la profesionalizacion a traves del Programa Especial de Educacion a Distancia - PROESAD, en las diferentes especialidades que se implanten, para el personal penitenciario a nivel nacional, asi como sus parientes directos. Asimismo promovera seminarios y otros programas de capacitacion que coadyuven al MORDAZA resocializador del interno; En consecuencia, es necesario aprobar el "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Universidad Peruana Union de MORDAZA y el Instituto Nacional Penitenciario"; Con la opinion favorable de las Oficinas Generales de Tratamiento, Asesoria Juridica, Planificacion y Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 654 "Codigo de Ejecucion Penal", Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Universidad Peruana Union de MORDAZA y el Instituto Nacional Penitenciario", con la finalidad de promover, impulsar y apoyar la profesionalizacion a traves del Programa Especial de Educacion a Distancia - PROESAD, en las diferentes especialidades que se implanten, para el personal penitenciario a nivel nacional, asi como sus parientes directos y promovera seminarios y otros programas de capacitacion que coadyuven al MORDAZA resocializador del interno. a) Orientar y asesorar a los postulantes al Programa Especial de Educacion a Distancia, provenientes del INPE, mediante examen de admision: Ordinaria y extraordinaria (traslados, graduados y oficiales penitenciarios), y regular el derecho de convalidacion. b) A traves de la Oficina de Recursos Humanos, se elaborara un cuadro de necesidades de personal, teniendo en cuenta cada una de las oficinas y/o dependencias que requieran y segun la especialidad profesional. c) Proporcionar a los internos de los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Metropolitana, el desarrollo de seminarios sobre "El Hogar Feliz", y "Viva la Vida", con la finalidad de que los internos, valoren su MORDAZA familiar, logrando un desarrollo y equilibrio personal.

d) Otorgar las constancias de asistencia correspondiente a los seminarios, asimismo los materiales educativos necesarios para su desarrollo. Articulo 2º.- Los responsables en el Instituto Nacional Penitenciario, de la aplicacion y cumplimiento del convenio seran: - El Director de la Oficina General de Tratamiento/ Oficina de Trabajo y Educacion. - El Director de la Oficina de Tratamiento de la Direccion Regional Lima. - Los Jefes de las Unidades de Tratamiento de los Establecimientos Penitenciarios. - Los Directores de los Centros Educativos Ocupacionales de los Establecimientos Penitenciarios. - El Director General del CENECP. - El Director de la Oficina de Recursos Humanos. - El Director de la Oficina Financiera. Articulo 3º.- Los organos del Instituto Nacional Penitenciario, brindaran todo el apoyo y colaboracion para el cumplimiento del Convenio. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a las instancias correspondientes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 30818

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Autorizan contratacion de servicios de asesoria en marketing y comunicacion institucional mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 164-2001-JEFATURA/ONP MORDAZA, 6 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001PCM, las contrataciones para servicios personalisimos estan exonerados de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que les correspondan, procediendo su contratacion, mediante una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia conforme a lo dispuesto por el Articulo 116º del Reglamento de Ley aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la precitada MORDAZA, establece que son servicios personalisimos los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Memorandum Nº 264-2001-JF/ONP, la Jefatura solicita la contratacion de un profesional que brinde a la ONP, el servicio de Asesoria en Marketing y Comunicacion Institucional; Que, visto del Informe Tecnico emitido por la Gerencia de Administracion, se determina que el senor Dr.

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