NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (13/09/2001)
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Pág. 209907 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de setiembre de 2001 ta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolu- ción Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo al cual el Gerente General de CONA- SEV se encuentra facultado para aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores y/o registro de prospectos derivados de trámites anticipa- dos, así como disponer la inscripción de programas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, dispo- ner el registro del prospecto marco correspondiente e inscribir el primer programa de instrumentos de corto plazo denominado "Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo QUIMPAC" de QUIMPAC S.A., hasta por un monto máximo en circulación de cinco millones y 00/ 100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto QUIMPAC S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los instru- mentos de corto plazo y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta pública a que se refiere el artículo anterior se entenderán efectuados en la fecha de entra- da en vigencia de la presente Resolución. En su defecto, la inscripción de los instrumentos de corto plazo y el registro de dichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el numeral 2, inciso b) del Artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobi- liarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y el emisor deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refieren los Artículos 23º y 24º de dicho Regla- mento. Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el regis- tro a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolu- ción no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspec- tivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a QUIMPAC S.A., al Banco de Crédito del Perú en su calidad de entidad estructuradora, a Credibolsa Socie- dad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de agente coloca- dor, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Gerente General 30715 Aprueban modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes de la CONASEV para el año 2001 RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 107-2001-EF/94.11 Lima, 11 de setiembre de 2001VISTO: El Memorándum Nº 227-2001-EF/94.35 de fecha 7 de setiembre de 2001, de la Gerencia de Administración y Finanzas, con el cual presenta a la Gerencia General, para su aprobación, el proyecto de modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV correspondiente al período 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 097- 2000-EF/94.11 de fecha 14 de diciembre de 2000 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV para el período 2001; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 001-2001- EF/94.10 de fecha 9 de enero de 2001, se aprobó el Presupuesto de CONASEV para dicho año, lo cual origi- nó que se introduzca modificaciones en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV para el ejercicio 2001, mediante la Resolución Gerencia General Nº 017-2001-EF/94.11 de fecha 19 de febrero de 2001; Que, habiéndose modificado mediante Resolución CONASEV Nº 049-2001-EF/94.10 de fecha 4 de setiem- bre de 2001, el Presupuesto antes referido para el ejer- cicio 2001, se hace necesario introducir a dicho plan los ajustes pertinentes; Que, en atención al Memorándum Nº 163-2001-EF/ 94.60 de 21 de agosto de 2001, de la Gerencia de Inves- tigación y Desarrollo, que se refiere al presupuesto actualizado de los gastos relacionados a los proyectos que serán financiados con recursos provenientes de las Cooperaciones Técnicas BID Nº 1196/OC-PE, 985/OC- PE y ATN/JF-6622-PE, para el período setiembre-diciem- bre 2001, se hace necesario modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el período 2001; Estando a lo dispuesto por el Artículo 16º inciso a) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comi- sión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, apro- bado mediante Decreto Ley Nº 26126; así como a lo acordado por su Directorio en sesión de fecha 26 de marzo de 2001, sobre delegación de facultades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV para el año 2001, las mismas que forman parte integran- te de la presente Resolución. Artículo 2º.- Hacer de conocimiento del Directorio, la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones de CONASEV del año 2001 que se aprueba con la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. Regístrese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Gerente General 30753 FONAFE Designan miembros del Directorio de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. - INMISA ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 005-2001/0012-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artícu- lo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de