Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2001 (13/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2001

MORDAZA Salmon MORDAZA reune las caracteristicas tecnicas y profesionales requeridas para la realizacion del servicio a contratarse debido a su experiencia y formacion profesional, lo que constituyen caracteristicas inherentes a su persona que dan a sus servicios la calidad de servicios personalisimos que requiere la entidad; Que, visto el Informe Legal Nº 185-2001-GL-17/ONP emitido por la Gerencia Legal, con opinion favorable determina que se ha configurado la causal de exoneracion prevista en el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con el inciso h) del Articulo 19º y 20º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, el Articulo 111º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y en uso de las facultades conferidas mediante el inciso d) del Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 61-95-EF, el inciso g) del Articulo 8º de la Resolucion Suprema Nº 306-2001-EF y la Resolucion Suprema Nº 129-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico, por servicios personalisimos, la contratacion del senor Dr. MORDAZA Salmon MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar que los servicios en mencion MORDAZA contratados mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustenta esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 30765

de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por D.S. Nº 004-2000-JUS, el escrito conteniendo el recurso de apelacion debera indicar el nombre, domicilio para efecto de las notificaciones, la fundamentacion de la impugnacion, y estar autorizado por abogado; Que, la Tercera Sala del Tribunal Registral ha procedido a notificar al apelante mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de MORDAZA de 2001, otorgandole el plazo legal de 48 horas para el cumplimiento de los requisitos formales a que se refiere el primer considerando, bajo apercibimiento de la no admision del recurso, de conformidad con el Articulo 64º de la referida Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; Que, habiendo transcurrido el plazo concedido sin que el recurrente MORDAZA cumplido con subsanar las omisiones indicadas, conforme se constata del Memorandum Nº 086-2001-ORLC/GAF-OTD del 5 de setiembre de 2001, expedido por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Tramite Documentario - ORLC, se procede a emitir resolucion haciendo efectivo el apercibimiento indicado; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Declarar INADMISIBLE el recurso de apelacion interpuesto contra la observacion formulada al titulo mencionado en la parte expositiva, por las razones expresadas en la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Tercera Sala del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral MORDAZA MARIELLA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral 30754

Aprueban el Reglamento para la Determinacion, Ingreso, Registro y Resguardo de la Informacion Confidencial preDeclaran inadmisible apelacion inter- sentada ante OSIPTEL puesta contra observacion formulada RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 049-2001-CD/OSIPTEL a la solicitud de inscripcion de poder
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 392-2001-ORLC/TR MORDAZA, 7 de setiembre de 2001 VISTA, la apelacion interpuesta por MORDAZA MARINI MORDAZA mediante escrito de fecha 31 de MORDAZA de 2001, contra la observacion formulada por el Registrador Publico (e) de la Oficina Registral del Callao, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la solicitud de inscripcion de poder otorgado por OFFICE SUPPLY S.A. El titulo se presento el 20 de MORDAZA de 2001 con el Nº 4363; y, CONSIDERANDO: Que, con arreglo a lo previsto en el Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el D. S. Nº 02-94-JUS, concordado con el acapite B.8 numeral 02 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, 5 de setiembre de 2001 VISTOS: El proyecto de Reglamento para la Determinacion, Ingreso, Registro y Resguardo de la Informacion Confidencial presentada ante OSIPTEL. Los comentarios presentados por las empresas al proyecto de Reglamento publicado con fecha 18 de MORDAZA de 2001. El informe "Analisis de los Comentarios Presentados al Proyecto de Reglamento para la Determinacion, Ingreso, Registro y Resguardo de la Informacion Confidencial presentada ante OSIPTEL", y la matriz adjunta, elaborados por la Gerencia de Relaciones Empresariales. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 27336, OSIPTEL esta facultado para solicitar la presen-

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO

OSIPTEL

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