NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (19/09/2001)
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Pág. 210123 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de setiembre de 2001 encontrarse vacante el citado cargo municipal, debe ser cubierto con arreglo a lo dispuesto por el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26486, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, debiéndose convocar a don Eduardo Roque Palacios Hidalgo para que se integre definitivamente al Concejo Distrital de Ate, en el cargo de Regidor que viene desempeñando provisionalmente; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la credencial provisional otorgada a don Eduardo Roque Palacios Hidalgo mediante Resolución Nº 010-2001-JNE de fecha 4 de enero de 2001. Artículo Segundo.- Convocar a don Eduardo Roque Palacios Hidalgo, candidato de la lista del Movimiento Independiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Ate, de la provincia y departamento de Lima, en reemplazo del Regidor fallecido Pabel Zuzunaga Cavero, para el período de gobierno municipal 1999 - 2002; otorgándosele la cre- dencial definitiva que corresponde. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cum- plimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 31119 Declaran que regidor del Concejo Distri- tal de Pachas continúa en el desempe- ño del cargo RESOLUCIÓN Nº 668-2001-JNE Lima, 18 de setiembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 831-2001, iniciado mediante escrito remitido por Euler Espinoza Minaya, Alcalde del Concejo Distrital de Pachas, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor correspondiente al señor Eliceo Chamarro Rojas, por ausencia de la locali- dad por más de 30 días sin autorización del concejo; solicitando se nombre al reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: 1º. Que de conformidad con lo dispuesto por el nume- ral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, es atribución de los concejos municipa- les, declarar la vacancia del cargo de alcalde o regidor, por las causales previstas en los Artículos 23º, 26º, 38º modificado por la Ley Nº 26483 y 88º de la acotada norma legal, y demás pertinentes; 2º. Que de autos se aprecia que el Regidor señor Eliceo Chamorro Rojas se le notifica la convocatoria a las sesiones del 1, 9, 11, 23 y 30 de diciembre del 2000, por intermedio del juez de paz no letrado del distrito de Pachas, según aparece a fojas 27, 29, 33, 35 y 38, respec- tivamente; sin embargo, a folios 26 obra la constancia del referido juez de paz no letrado, quien hace constar que el citado Regidor no radica en la localidad de Pachas, por cuanto huyó desde el 25 de noviembre del 2000; no habiéndose cumplido con citar al referido Regidor me- diante la publicación de edictos, de conformidad con lodispuesto por el Artículo 165º del Código Procesal Civil; a fin que pueda asistir a las sesiones convocadas; 3º. Que el Concejo Distrital de Pachas, en sesión extraordinaria de 8 de enero del 2001, con el voto apro- batorio de 5 miembros, acordó declarar la vacancia del cargo de Regidor de Eliceo Chamorro Rojas, por estar incurso en la causal de vacancia establecida en el nume- ral 2) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, conforme aparece de la copia certificada del acta que corre a fojas 42 y 43; siendo formalizada la mencionada vacancia por Resolución de Alcaldía Nº 002- 2001-MDP-DM-CTAR-HCO del 9 de enero de 2001, con- forme aparece a fojas 3; 4º. Que el acuerdo que declara la vacancia del Regidor señor Eliceo Chamorro Rojas tampoco fue notificado por medio de la publicación de edictos, toda vez que, se trataba de persona ausente, a fin que pueda ejercer su derecho a la defensa; no habiéndose acreditado que el Regidor señor Eliceo Chamorro Rojas se encuentre in- curso en la causal que se afirma; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo el acuerdo de sesión extraordinaria del 8 de enero del 2001 y la Reso- lución de Alcaldía Nº 002-2001-MDP-DM-CTAR-HCO del 9 de enero del 2001 del Concejo Distrital de Pachas, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, respecto a la declaratoria de vacancia del Regidor señor Eliceo Chamorro Rojas; en consecuencia, improcedente la solicitud del Alcalde del citado Concejo señor Euler Espinoza Minaya de nombramiento de reemplazante del Regidor en mención. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Eliceo Chamorro Rojas continúa desempeñando el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Pachas, elegido para el período de gobierno municipal 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 31120 CONASEV Desestiman reconsideración formu - lada por la Compañía Minera Milpo S.A. contra la Res. Nº 19-2001-EF/ 94.12, rectificada por la Res. Nº 22- 2001- EF/94.12, del Tribunal Adminis- trativo de CONASEV RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO Nº 023-2001-EF/94.12 Lima, 13 de septiembre del 2001 Empresa: Compañía Minera Milpo S.A.A. Asuntos: 1. Medida cautelar de suspensión de los derechos inherentes a las acciones con derecho a voto emitidas por la Compañía Minera Atacocha S.A.A. y adquiridas por el grupo de accionistas que con anterioridad, durante y con posterioridad a la oferta pública de adquisición formula- da por Compañía Minera Milpo S.A.A., eran controlado-