NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (19/09/2001)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 38
Pág. 210120 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de setiembre de 2001 Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República, para que dé inicio a las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 19º inciso f) del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones lega- les por los hechos expuestos en el Informe de Vistos, remitiéndose para tal efecto los antecedentes correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 31112 J N E Reprograman consulta popular de revocatoria del mandato de autorida- des municipales para el día 25 de no- viembre del año 2001 RESOLUCIÓN Nº 662-2001-JNE Lima, 18 de setiembre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 1090-2001-J/ONPE del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, mediante el cual soli- cita postergar la fecha de realización de la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales hasta el domingo 25 de noviembre del año 2001; CONSIDERANDO: Que el Jurado Nacional de Elecciones ha convocado a proceso electoral de consulta popular de revocatoria del mandato de diversas autoridades municipales de la República para el día domingo 11 de noviembre del año 2001, en cumplimiento de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos Nº 26300; Que para la realización de la consulta popular de revocatoria es necesario ejecutar de manera secuencial y oportuna las siguientes actividades: instalación de Jurados Electorales Especiales y de Oficinas Descentra- lizadas de Procesos Electorales en cada una de las sedes de las circunscripciones electorales definidas; elabora- ción y aprobación del padrón electoral a utilizarse; ubi- cación de las mesas de sufragio, así como el sorteo y capacitación oportuna de sus miembros; confección, im- presión y distribución del material electoral, entre otras actividades; Que con fecha 14 de setiembre del año 2001 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia Nº 109-2001 que exonera a los organismos electorales de las disposiciones de austeridad conteni- das en la Ley Nº 27427 y en el Decreto Legislativo Nº 909 a fin de permitir la realización del proceso de consulta popular de revocatoria; y, estando a la fecha del decreto de exoneración y al recorte del presupues- to requerido para atender el proceso electoral señala- do, resulta necesario modificar el cronograma electo- ral previsto para garantizar el desarrollo de la consul- ta popular; Por estas consideraciones y en uso de sus atribucio- nes, el Jurado Nacional de Elecciones;RESUELVE: Artículo Primero.- Reprogramar la consulta popu- lar de revocatoria del mandato de autoridades municipa- les de la República, fijando el día domingo 25 de noviem- bre del año 2001 como fecha de realización de la consulta popular. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Po- der Ejecutivo, de la Oficina Nacional de Procesos Electo- rales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente Resolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 31115 Declaran que alcalde del Concejo Distri- tal de Chiguata continúa en el desempe- ño del cargo RESOLUCIÓN Nº 664-2001-JNE Lima, 18 de setiembre de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 607-2001, que contiene el escrito recibido el 24 de agosto del 2001, de Peter Benavente Ramos, Fausto Zapana Choque y Filomena Vilca Veliz, Regidores del Concejo Distrital de Chiguata, provincia y departamento de Arequipa, remitiendo el acuerdo de sesión del 30 de marzo del 2001 respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de Alcalde correspondiente al señor José Carlos Salazar Marquina, atribuyéndole es- tar incurso en la causal establecida en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; solicitando se nombre al reemplazante conforme a ley; El escrito recibido el 3 de septiembre del 2001, del señor José Carlos Salazar Marquina remitiendo copia del acta de sesión del 30 de marzo del 2001 en la cual se declara la vacancia de su cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de Chiguata; CONSIDERANDO: 1º. Que de autos aparece que el Concejo Distrital de Chiguata en sesión de 30 de marzo del 2001 realizada a horas 2.30 p.m., con el voto conforme de cinco miembros, de un total de seis integrantes, acordó declarar la vacan- cia del cargo de Alcalde que ejerce el señor José Carlos Salazar Marquina, por inasistencia a las sesiones ordi- narias del 23, 27 y 30 de marzo del 2001, conforme aparece de fojas 180 a 182; siendo formalizada dicha vacancia por Acuerdo Municipal Nº 001-2001-MDCH del 30 de marzo de 2001, cuya copia obra a fojas 184 y 185; 2º. Que la causal de vacancia establecida en el nume- ral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, se refiere a la inconcurrencia injustifica- da del Alcalde o Regidor a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, que dichas sesiones deben realizarse y no sólo convocar- se, que cumplido el presupuesto de inasistencia injustifi- cada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, recién en la siguiente sesión procede declarar la vacancia de la autoridad edil por la causal en mención; 3º. Que en el caso de autos, no se ha cumplido con realizar las tres sesiones previas que exige la ley para declarar la vacancia del Alcalde señor José Carlos Sala- zar Marquina; además, a fojas 55 obra la constancia suscrita por los Regidores señores Peter Benavente