Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2001 (19/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2001

Crean Juzgado de Paz No Letrado en la Comunidad Campesina Nueva MORDAZA de Punto
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 112-2001-CE-PJ MORDAZA, 14 de setiembre de 2001 VISTOS: Los Oficios Nºs. 735-2001-P-CSJJU/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, 37-NLP2001, del Presidente del Consejo Directivo Comunal de la Comunidad Campesina Nueva MORDAZA de Punto, y los Informes Nºs. 030-2001-SPR-GDI-GG de la Gerencia General del Poder Judicial, y 097-2001-CAA-CE/PJ, del senor Consejero doctor MORDAZA Ordonez Valverde; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite a este Organo de Gobierno, la propuesta de Creacion del Juzgado de Paz No Letrado de la Comunidad Campesina Nueva MORDAZA de Punto, distrito de MORDAZA MORDAZA de Acobamba, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, comprension del Distrito Judicial de MORDAZA, solicitada por las autoridades y pobladores de la referida comunidad; Que, mediante Oficio Nº 37-NLP-2001, remitido al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el Presidente del Consejo Directivo Comunal de la Comunidad Campesina Nueva MORDAZA de Punto, solicita la Creacion de un Juzgado de Paz No Letrado; fundamenta su pedido en que dicha comunidad, que tiene una poblacion general de aproximadamente 800 habitantes, se encuentra alejada de los Juzgados aledanos, lo que impide que sus habitantes accedan a una oportuna y eficaz administracion de justicia; Que, la creacion del Juzgado de Paz No Letrado de la Comunidad Campesina Nueva MORDAZA de Punto, contribuira en la solucion de los conflictos que afronten los pobladores de esta comunidad, coadyuvando a la mejor administracion de justicia en los lugares de la Republica con mayores dificultades de desarrollo; Que, el Oficio Nº 0934-2001-GG/PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que la creacion del Juzgado de Paz No Letrado de la Comunidad Campesina Nueva MORDAZA de Punto, es factible, ya que su implementacion y funcionamiento, no demandara gastos en remuneraciones que por su naturaleza son rigidos e ineludibles, y que los requerimientos de bienes y servicios para el cumplimiento de sus funciones se atenderan de acuerdo a la disponibilidad de recursos presupuestarios y financieros para el presente Ejercicio Fiscal; Que, de conformidad con el Texto modificado del Articulo 82º inciso 24) de la Ley Organica del Poder Judicial, es facultad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Informe del senor Consejero doctor MORDAZA Ordonez MORDAZA, en uso de sus atribuciones y en sesion ordinaria de la fecha; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letrado en la Comunidad Campesina Nueva MORDAZA de Punto, distrito de MORDAZA MORDAZA de Acobamba, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, comprension del Distrito Judicial de Junin. Articulo Segundo.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a dictar las medidas jurisdiccionales y administrativas que MORDAZA necesarias para el funcionamiento y operatividad del Juzgado de Paz No Letrado, objeto de esta Resolucion. Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara mayores gastos en remuneracio-

nes ni contratacion de personal; cualquier requerimiento de bienes y servicios se atenderan por la Gerencia General del Poder Judicial de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Fiscal de la Nacion, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las instancias correspondientes. Articulo Quinto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 31105

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Amplian alcances de la Res. Adm. Nº 225-2001-P-CSJLI/PJ en lo relativo a martilleros publicos habilitados por la ORLC para ejercer funciones a nivel nacional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 268-2001-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 14 de setiembre del 2001 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 225-2001-P-CSJLI/ PJ emitida el 24 de agosto del ano en curso y las solicitudes de incorporacion de los Martilleros Publicos; y, CONSIDERANDO: Mediante resolucion administrativa de vista esta Corte Superior de Justicia, inscribio, en via de regularizacion para el presente Ano Judicial, a treinticuatro Martilleros Publicos debidamente habilitados por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para ejercer funciones a nivel nacional. En virtud a ello, se han incrementado las solicitudes de inscripcion de Martilleros Publicos en la nomina emitida por esta Presidencia. Que, revisada la documentacion se advierte que los citados profesionales han cumplido con abonar la tasa judicial correspondiente por concepto de inscripcion asi como los otros requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado del Poder Judicial. Por lo expuesto, resulta necesario ampliar la resolucion de la materia a efectos de incorporar a los recurrentes en la nomina de este Distrito Judicial. En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AMPLIAR la Resolucion Administrativa Nº 225-2001-P-CSJLI/PJ para incorporar a los Martilleros Publicos en la nomina de esta Corte Superior

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