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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (12/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 234959 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de diciembre de 2002 SALUD Disponen adquisición de medicamen- tos mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1891-2002-SA/DM Lima, 10 de diciembre del 2002 VISTOS: El Oficio OEL-OGA Nº 2642-2002, el Oficio DEL Nº 2784-2002, la Ficha de Autorización Nº 414-2002, el Oficio Nº 313-2002-DPA/MINSA que adjunta el Consoli- dado de Requerimiento de Urgencia con precios referen- ciales, el Memorándum Nº 2843/12-2002-DGSP que adjunta Requerimiento de Urgencia sustentado con in- formes de la Dirección Ejecutiva de Atención Integral de Salud y anexos 1 y 2 sobre su atención en la Licita- ción Pública Nº 03-2002-PAAG y la Segunda Convocato- ria de la Licitación Pública Nº 003-2002-MINSA, el In- forme Técnico Nº 09-DEL-BMM-2002, el Oficio Nº 3645- 2002-OGAJ y el Informe Nº 1724-2002-OGAJ de la Ofi- cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 19º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los pro- cesos de Licitación Pública o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones que se realicen en situación de urgencia declaradas de conformidad con dicha norma legal, adquisiciones que en virtud del artículo 20º del mis- mo cuerpo legal se realizarán mediante proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía; Que, el artículo 108º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisicio- nes y contrataciones definitivas; Que, asimismo el artículo 21º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situación de urgencia cuando la ausencia ex- traordinaria e imprevisible de determinado bien o servi- cio compromete en forma directa e inminente la conti- nuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adquisición de los bienes, servi- cios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selec- ción que corresponda; Que, el Informe Técnico Nº 09-DEL-BMM-2002 señala que los Informes de la Dirección Ejecutiva de Atención In- tegral de Salud - Dirección de Prevención Control de Ries- gos y Daños, sustentan la necesidad de adquirir por ur- gencia el requerimiento presentado por Memorándum Nº 2843/12-2002-DGSP, para atender las necesidades hasta abril del 2003, el cual justifica cada uno de los ítems solici- tados en cuanto a su objetivo y cantidad, demostrándose su necesidad para combatir la Malaria, Bartonelosis, Leish- maniasis y Tuberculosis, a razón que su ausencia compro- mete en forma directa e inminente la continuidad de la aten- ción integral de salud, sustentando la imprevisibilidad de la necesidad y su carácter extraordinario debido a la presen- tación no sólo del Fenómeno El Niño, sino también de otros flagelos estacionarios que incrementan el riesgo y por ende las atenciones; Que, el Informe Técnico Nº 09-DEL-BMM-2002 agrega que la urgencia se fundamenta en que a la fecha se ha denunciado la insuficiente disponibilidad de dichos medi- camentos así como en el Memorándum Nº 2843/12-2002- DGSP con sus Anexos 1 y 2, documentos conforme a los cuales se tiene que los ítems 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9 y 10 del requerimiento de urgencia se encuentra con atención en trámite en la Licitación Pública PAAG Nº 03-2002 y los íte- ms 4,8 y 11 del requerimiento de urgencia se encuentran con atención en trámite en la Segunda Convocatoria de laLicitación Pública Nº 003-2002-MINSA, atenciones tales con las que se proyecta contar a fines de abril del 2003, con la recepción de los bienes; Que en este sentido, el requerimiento de urgencia es por las magnitudes mínimamente necesarias para paliar la urgencia, en tanto tiene como destino cubrir el período que demore la recepción de los medicamentos provenientes de la Licitación Pública PAAG Nº 03-2002 y de la Segunda Convocatoria de la Licitación Pública Nº 003-2002-MINSA, proyectada para abril del 2003, con lo cual el requerimiento de urgencia cubriría la aten- ción por el período enero - abril (120 días), sin perjuicio de la culminación de la ejecución de los procesos anteriormente mencionados; Que, de otro lado, el Informe Técnico Nº 09-DEL- BMM-2002 señala que de acuerdo al artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado ya no se puede recurrir a una adquisi- ción complementaria por ninguno de los medicamentos del requerimiento de urgencia, habiéndose ya realiza- do las posibles; Que, mediante Ficha de Autorización Nº 414-2002 se sustenta la existencia de disponibilidad presupues- tal por el valor referencial total solicitado (S/. 4'493,218.64) con fuente de financiamiento de recur- sos directamente recaudados; Con la visación de la Dirección General de Salud de las Personas, la Oficina Ejecutiva de Logística y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud y, de conformidad con el artículo 8º literales d) y l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar por situación de urgencia del proceso de Licitación Pública, la adquisición de medica- mentos detallados en el Requerimiento de Urgencia de Medicamentos de vistos, por un valor referencial total de S/. 4'493,218.64 (cuatro millones cuatrocientos no- venta y tres mil doscientos dieciocho y 64/100 Nuevos Soles). Dicha adquisición se realizará mediante Adju- dicación de Menor Cuantía, con cargo a la fuente de financiamiento de sus recursos directamente recauda- dos. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión a la Contraloría General de la República de copia de la misma y de los documentos de vistos que la sustentan, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- Designar al Comité Especial a cargo de la conducción y realización de la adquisición exonerada por la presente resolución, quedando conformado de la siguien- te manera: TITULARES: 1.DR. JUAN FRANCISCO VILLACORTA SANTOMATO -PRESIDENTE Director General Adjunto de DIGEMID 2.DR. EDILBERTO JAVIER CABEZA RODRÍGUEZ -MIEMBRO Médico Asistente de la O.E.B.S 3.DR. LUIS ALBERTO LEZAMA BEDOYA -MIEMBRO Director de Programación y Adquisiciones SUPLENTES 1.DR. LUIS MIGUEL LEÓN GARCÍA -PRESIDENTE Coordinador de la Dirección General de Salud de las Personas 2.DRA. JULIA ETELVINA LUNA FLORES -MIEMBRO Químico Farmacéutico de la Dirección General de Salud de las Personas 3.CPC OSCAR MOCHISAQUI TANCUAY -MIEMBRO Asesor de la Oficina Ejecutiva de Economía Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 21891