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Pág. 234961 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de diciembre de 2002 LIMA - NUEVA YORK y vv. y LIMA - LOS ÁNGELES y vv., con siete (7) frecuencias semanales cada una; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aero- náutica Civil del Perú, Ley Nº 27261; y, con la opinión favo- rable de las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la renovación de la apro- bación del Acuerdo de Código Compartido suscrito entre LAN PERÚ S.A. y LAN CHILE S.A. para prestar el Servi- cio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasaje- ros, carga y correo, en la ruta SANTIAGO - LIMA y vv. hasta veintiún (21) frecuencias semanales, LIMA - LOS ÁNGELES y vv. y LIMA - NUEVA YORK y vv, con siete (7) frecuencias semanales, hasta el 2 de enero del 2003. Artículo Segundo.- La autorización indicada en el Ar- tículo Primero se sujetará a las siguientes condiciones: 1. La presente autorización comprende la explotación por parte de LAN PERÚ S.A., de los derechos de tráfico de Terce- ra y Cuarta Libertad del Aire entre LIMA - SANTIAGO y vv.; LIMA - LOS ÁNGELES y vv. y LIMA - NUEVA YORK y vv. según lo tiene autorizado; y, por parte de LAN CHILE S.A. la explotación de los derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Li- bertad del Aire en la ruta SANTIAGO - LIMA y vv., y en la ruta LIMA - LOS ÁNGELES y vv. y LIMA - NUEVA YORK y vv., con derechos de tráfico de Quinta Libertad del Aire, según lo tiene autorizado en su Permiso de Operación. 2. En la publicación y comercialización de los servicios materia del Acuerdo de Código Compartido que se autori- za, ambos transportadores deberán hacer mención expre- sa al público usuario, que se trata de vuelos de código com- partido de forma tal que no se induzca a error al consumi- dor, especialmente en cuanto a las características del ser- vicio, el precio y las condiciones de venta. Artículo Tercero.- Ambas empresas de transporte aé- reo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos esta- dísticos e informes que correspondan a las operaciones de código compartido que se autorizan por la presente Resolución. Artículo Cuarto.- La presente autorización queda su- jeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; así como al cumplimiento es- tricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolución Directoral tanto por parte de LAN PERÚ S.A. como LAN CHILE S.A., así como a las demás disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Dirección General. Artículo Quinto.- La presente autorización será revo- cada, previa comunicación a ambas empresas transporta- doras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolución Directoral; o renuncie, se suspenda, queden sin efecto, o se revoquen las respectivas autoriza- ciones. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorización, será sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronáutica Civil. Artículo Sexto.- En la presente autorización, ambas empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN RENGIFO Director General de Aeronáutica Civil 21611 VIVIENDA Aceptan renuncia de Director Ejecuti- vo del Proyecto Especial Alto Huallaga del INADE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2002-VIVIENDA Lima, 11 de diciembre de 2002CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 042-2002- PRES, se designó al Dr. José Alberto Pulgar Tapia en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Alto Hua- llaga, del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia a di- cho cargo, la cual es procedente aceptar; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renun- cia del Dr. José Alberto Pulgar Tapia, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Alto Huallaga, del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 21901 Designan Director Ejecutivo del Proyec- to Especial Alto Huallaga del INADE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2002-VIVIENDA Lima, 11 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecu- tivo del Proyecto Especial Alto Huallaga, del Instituto Na- cional de Desarrollo - INADE; Que, es necesario designar a la persona que asuma las funciones de dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Miguel Estanislao Herrera Pereda, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Alto Huallaga, del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 21902 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de magistrada y secreta- ria judicial a EE.UU. para recibir declaración testimonial ordenada en proceso seguido por delito contra la administración de justicia CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 186-2002-CE-PJ Lima, 6 de diciembre del 2002