Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2002 (19/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 19 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la Portada del distrito de San MORDAZA de Pillao, provincia de MORDAZA A. MORDAZA, departamento de Pasco. Articulo 2º.- Solicitar a la Municipalidad distrital de San MORDAZA de Pillao, la elaboracion del proyecto de restauracion de la Portada y consolidacion estructural de la misma, para la cual el INC brindara la asesoria tecnica necesaria. Articulo 3º.- Solicitar a la Municipalidad distrital de San MORDAZA de Pillao, efectuar obras de apuntalamiento de emergencia para garantizar su conservacion. Articulo 4º.- Solicitar al INC- MORDAZA la documentacion correspondiente de la Iglesia del distrito de Pillao, registro fotografico, ficha de informacion basica, estudio historico, planos de ubicacion y del levantamiento del estado actual, a fin de ser evaluados por la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos, para que determine si posee meritos suficientes para su declaracion como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 5º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 22426

Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al MORDAZA Central de Pasco, ubicado frente a la Plaza MORDAZA, esquina MORDAZA San MORDAZA, esq. MORDAZA Bolognesi, esq. MORDAZA MORDAZA, distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- DECLARAR AMBIENTE MORDAZA MONUMENTAL a los jirones MORDAZA, Grau, Dos de MORDAZA, MORDAZA y las Plazas de Chaupimarca y MORDAZA, distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco, incluyendo los inmuebles que conforman los jirones y que circundan las plazas de acuerdo al Plano DAUM - 023-2002/INC. Articulo 3º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 22430

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1035/INC
MORDAZA, 29 de octubre de 2002 Visto el Acuerdo Nº 01/10.06.2002 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos ratificado mediante Acuerdo Nº 01 de fecha 31 de MORDAZA de 2002, y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 01 de fecha 10 de junio de 2002, propuso se declare Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la Iglesia Matriz de Corculla, ubicada en el distrito de Corculla, provincia de MORDAZA de Sarasara, departamento de MORDAZA, por cuanto constituye un ejemplo representativo de nuestra arquitectura colonial andina; Estando a lo visado por la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico, Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la Iglesia Matriz de Corculla, ubicada en el distrito de Corculla, provincia de MORDAZA de Sarasara, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 22431

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1031/INC
MORDAZA, 29 de octubre de 2002 Visto el Acuerdo Nº 04/22.04.2002 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos, ratificado mediante Acuerdo Nº 01 de fecha 31 de MORDAZA de 2002, y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 04 del 22 de MORDAZA de 2002, propuso se declare monumento al MORDAZA Central de Pasco, ubicado frente a la Plaza MORDAZA, esquina MORDAZA San MORDAZA, esq. MORDAZA Bolognesi, esq. MORDAZA MORDAZA, por cuanto constituye un interesante ejemplo tipologico de las edificaciones dedicadas a mercados de la epoca republicana; y Ambientes MORDAZA Monumentales a los jirones MORDAZA, Grau, Dos de MORDAZA, MORDAZA y las Plazas de Chaupimarca y MORDAZA, incluyendo los inmuebles que conforman los jirones y que circundan las Plazas distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco; Estando a lo visado por la Direccion Ejecutiva, Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, y Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510;

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