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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (19/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 235359 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de diciembre de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 2002/08860 presentado por YURA S.A. y el Memorándum Nº 2154-2002-EF/94-45 de fecha 17 de diciembre de 2002 de la Gerencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pue- den emitir obligaciones; Que, mediante Junta General de Accionistas de YURA S.A. de fecha 6 de julio de 2002, se aprobó realizar un pro- grama de emisión de instrumentos representativos de deu- da hasta por cuarenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 40 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles, delegando en el Directorio la facultad de decidir todos los términos, las condiciones, tipos, modalidades de inscripciones y las características del Programa, incluyendo a sus emisiones y series; Que, en mérito a las atribuciones delegadas, el Direc- torio en sesión de fecha 9 de julio de 2002 acordó delegar a los señores Jorge Columbo Rodríguez Rodríguez y/o Vito Modesto Rodríguez Rodríguez y/o Francis Albert Pilking- ton Ríos, para que ejerzan las facultades delegadas al Directorio en la Junta antes referida respecto al Programa, actuando individualmente dos cualesquiera de los dos primeros, o de manera mancomunada uno de ellos con el tercero de los antes mencionados señores puedan deter- minar los términos, características y condiciones de las emisiones a realizarse dentro del programa; Que, asimismo, el Directorio autorizó a los señores Jor- ge Columbo Rodríguez Rodríguez y/o Vito Modesto Rodrí- guez Rodríguez y/o Francis Albert Pilkington Ríos para que, actuando individualmente dos cualesquiera de los dos pri- meros, o de manera mancomunada uno de ellos con el tercero de los antes mencionados señores, en representa- ción de YURA S.A. suscriban todos y cada uno de los ac- tos, contratos y demás documentos públicos y privados que resulten necesarios para llevar a cabo la emisión, re- gistro, oferta, negociación, colocación o venta de los valo- res a emitirse, incluyendo expresamente la facultad de es- tablecer los términos y condiciones de los mismos, así como realizar las modificaciones y/o precisiones que se requieran para obtener la inscripción de los valores tanto el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV como en la Bolsa de Valores de Lima; Que, con fecha 25 de julio de 2002, YURA S.A. solicitó la aprobación del trámite anticipado, el registro del pros- pecto marco correspondiente a las ofertas de valores a realizar en el marco del primer programa de emisión de instrumentos representativos de deuda denominado "Pri- mer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda YURA", así como la inscripción de dicho programa en el Registro Público del Mercado de Valores, los mismos que fueron aprobados mediante Resolución Gerencia General Nº 057-2002-EF/94.11; Que, mediante comunicación de fecha 11 de diciembre de 2002, YURA S.A. solicitó la inscripción de los valores típicos denominados "Bonos YURA - Segunda Emisión del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deu- da YURA" hasta por un monto de diez millones y 00/100 de Dólares Americanos (US$ 10 000 000,00), así como el consi- guiente registro del complemento del prospecto marco a uti- lizar, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pú- blica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, modifica- do por Resolución CONASEV Nº 059-2001-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CO- NASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores y/o registro de prospectos derivados de trámites anticipados, así como disponer la inscripción de progra- mas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los Bonos Cor- porativos denominados "Bonos YURA - Segunda Emisióndel Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda YURA", hasta por la suma de diez millones y 00/ 100 de Dólares Americanos (US$ 10 000 000,00) así como el registro del complemento del prospecto informativo co- rrespondiente. Artículo 2º.- La oferta pública de las obligaciones a que se refiere el artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONA- SEV Nº 141-98-EF/94.10, modificado por Resolución CO- NASEV Nº 059-2001-EF/94.10. La colocación de los bonos a que se refiere el presente artículo deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su ins- cripción en el Registro Público del Mercado de Valores, y siempre y cuando el plazo del programa y del trámite anti- cipado no hayan culminado. El plazo de colocación es pro- rrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 3º.- El registro y la inscripción a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no implica que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación comple- mentaria están a disposición de los interesados en el Re- gistro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a YURA S.A.; al Banco de Crédito del Perú en su calidad de entidad estructuradora y representante de los obligacionistas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MOQUILLAZA RISCO Gerente General 22503 CONSUCODE Sancionan a empresa por incumplimien- to de obligaciones contractuales en per- juicio del Instituto Geográfico Nacional TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 978/2002.TC-S2 Sumilla: La Sala resuelve sancionar a la empresa CMP INTERNATIONAL S.A.C. por incumplir sus obligaciones derivadas del contrato Nº 018-2002-IGN/OAL/J. Lima, 4 de diciembre de 2002 Visto, en sesión de la Segunda Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha 28.11.2002, el Expediente Nº 696-2002.TC sobre aplica- ción de sanción a la empresa CMP INTERNATIONAL S.A.C. por incumplimiento de obligaciones derivadas del contrato Nº 018-2002-IGN/OAL/J en prejuicio del INSTI- TUTO GEOGRÁFICO NACIONAL - MINDEF; y atendien- do a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 26.04.2002, mediante contrato de compra - venta Nº 018-IGN/OAL-2002, de acuerdo al proceso de selec- ción de Adjudicación Directa Selectiva Nº 009-2002-ING/ CE que celebran de una parte el Instituto Geográfico Na- cional - IGN, en adelante la Entidad, y de la otra parte por CMP INTERNATIONAL S.A.C., en adelante la empresa, para la adquisición de Material Pad y útiles de escritorio por la cantidad de S/ 15 589,54. Nuevos Soles, siendo el plazo de entrega a los dos (2) días siguientes a la fecha de suscripción del presente contrato. 2. El 20.06.2002, mediante carta Nº 006-2002-IGN/OAL por conducto notarial, la Entidad comunica a la empresa el incumplimiento del contrato, para lo cual cumplimos en re- querirle para que en un plazo de 48 horas cumpla en inter- nar el material Pad y útiles de escritorio faltantes, bajo aper-