Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2002 (19/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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N° de orden Automatico

DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

Derecho de Pago y Forma

CALIFICACION Evaluacion Previa Positivo Negativo

Dependencia donde se inicia el tramite

Autoridad Competente para Aprobacion

Recursos Administrativos

4. Analisis financiero de la operacion, indicando los flujos de MORDAZA y rendimientos proyectados; 5. Efectos en el patrimonio efectivo, las provisiones y los limites globales e individuales, en caso hubiere; 6. Identificacion de los mecanismos de cobertura, en caso hubiere, indicando la magnitud de los riesgos asumidos por el fideicomitente, el impacto en los limites operativos y los mecanismos para administrar dichos riesgos; 7. Identificacion del mejorador en caso hubiere, precisando la relacion que existe entre este y el fideicomitente y su grupo economico, asi como la garantia o garantias adicionales que este MORDAZA otorgado; y, 8. Otros que solicite esta Superintendencia.

Cuando el fideicomiso no se encuentre comprendido en los literales a) y b) MORDAZA indicados el fideicomitente comunicara la celebracion del contrato respectivo dentro de los cinco (5) dias calendario posteriores a dicha celebracion adjuntando la informacion y documentacion MORDAZA senaladas.

NORMAS LEGALES

36

Autorizacion para que las Empresas de Seguros y/o de Reaseguros emitan fianzas, realicen comisiones de confianza y encargos fiduciarios

Base Legal: Articulos 24º y 25º del Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios, aprobado por Resolucion SBS Nº 1010-99, publicada el 13/11/1999 y sus modificatorias. Articulo 41º y MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27444, publicada el 11/04/2001. Las empresas de seguros y/o reaseguros para emitir fianzas, realizar comisiones de confianza y actuar como fiduciarios requeriran ampliacion de su autorizacion de funcionamiento. Para ello, deberan presentar una solicitud adjuntando MORDAZA, expedida por el administrador o gerente, del acuerdo de Directorio donde conste la aprobacion de la ampliacion de operaciones. Inafecto X

Tramite Documentario

Superintendente de Banca y Seguros

Recursos de impugnacion conforme al procedimiento Nº 72

37

Autorizacion para la transferencia de cartera de Empresas de Operaciones Multiples, Empresas de Arrendamiento Financiero y Empresas de Seguros

Base Legal: Articulo 26º del Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios, aprobado por Resolucion SBS Nº 1010-99, publicada el 13/11/1999 y sus modificatorias. Articulo 318º de la Ley Nº 26702, publicada el 9/12/1996. Articulo 41º y MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27444, publicada el 11/04/2001. I. Empresas de Operaciones Multiples y Empresas de Arrendamiento Financiero: Las empresas de operaciones multiples y las empresas de arrendamiento financiero autorizadas para transferir o adquirir cartera crediticia, cuando la transferencia de cartera crediticia se realice a una persona del grupo economico al que pertenece la empresa transferente o cuando se trate de una transferencia financiada, solicitaran autorizacion previa presentando una solicitud con la siguiente informacion: 1. MORDAZA certificada, expedida por el administrador o gerente, del Acta de Directorio en que se aprueba la operacion de transferencia de cartera crediticia; 2. Contrato de transferencia, en el que se precisara la identificacion, responsabilidades y derechos de las partes intervinientes; 3. Clasificacion de riesgo crediticio segun la Resolucion SBS Nº 572-97 de la adquirente en los casos de transferencias financiadas; Inafecto

X

Tramite Documentario

Superintendente de Banca y Seguros

Recursos de impugnacion conforme al procedimiento Nº 72

MORDAZA, martes 19 de febrero de 2002

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