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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2002 (10/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

Pág. 226116 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de julio de 2002 ubicado con frente a la avenida Tumbes Norte Nº 1033, margen izquierda de la Carretera Panamericana Norte, entre el kilómetro 1269 + 70 y el kilómetro 1269 + 282.33, distrito, provincia y departamento de Tumbes, conforme al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Grau, sede Tumbes, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del te- rreno descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 12140 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 108-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 28 de junio del 2002 Visto el Expediente Nº 005-2002/SBN-JAR correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 535 390,49 m², ubicado al Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda del río Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera a Can- ta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Proce- dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superintendencia de Bienes Nacionales tie- ne como finalidad incentivar el aprovechamiento econó- mico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su regis- tro, inscripción y fiscalización; Que, mediante inspección técnica realizada con fe- cha 22 de marzo del 2002, se identificó un terreno eriazo de topografia accidentada de 535 390,49 m², ubicado al Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda del río Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera a Can- ta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribe- reños son bienes de propiedad estatal, por lo que corres- ponde tramitar la primera inscripción de dominio del te- rreno de 535 390,49 m², descrito en el considerando precedente, de conformidad con el Artículo 3º del Decre- to de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de do- minio de predios a favor del Estado, aprobada por Reso- lución Nº 011-2002/SBN; Que, según Certificado de Búsqueda Catastral de fe- cha 15 de abril del año en curso, el Registro Predial Ur- bano señala que de conformidad con el Informe Técnico Nº 2688-2002-GR-OC-LIMA, de fecha 10 de abril del 2002, el área de terreno de 535 390,49 m². antes descrita, no se encuentra dentro de su jurisdicción y tampoco se su- perpone con ningún perimétrico registrado en su base cartográfica digital; Que, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Ofici- na Registral de Lima y Callao, mediante Oficio Nº 1102- 2002-ORLC/GPI, de fecha 20 de mayo del año en curso, señala que de conformidad con el Informe Técnico Nº 2236-2002-ORLC-GPI-SCAT, de fecha 13 de mayo del 2002, el terreno submateria, se ubica en zona donde no se observa inscripción; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento deOrganización y Funciones de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como también, a emitir en primera instancia las resolu- ciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 170-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 24 de junio del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 535 390,49 m², ubi- cado al Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda del río Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera a Canta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sus- tentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 12141 Declaran la desafectación a favor del Estado de terreno ubicado en el distri- to de Chorrillos, provincia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 109-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 1 de julio de 2002 Visto el Expediente Nº 023-2002/SBN-JAR, correspon- diente al trámite de desafectación a favor del Estado, desafectación administrativa y posterior independización del terreno de 1 594,25 m², inscrito dentro del área de 9 010,30 m², ubicado entre los jirones San Rodolfo y San Felipe de la Zona A de la Urbanización Residencial Villa Marina, en el distrito de Chorrillos, provincia y departa- mento de Lima; CONSIDERANDO: De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrati- vos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superinten- dencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad in- centivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promo- viendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, mediante Resolución Municipal Nº 145 de fecha 31 de enero de 1968, expedida por el Concejo Provincial de Lima, se aprobó la recepción de obras de la Urbaniza- ción Villa Marina S.A., destinándose a favor del Estado, por concepto de aporte reglamentario para equipamiento comunal, el terreno ubicado entre los jirones San Rodol- fo y San Felipe de la zona A de la Urbanización Residen- cial Villa Marina, en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, inscrito con un área de 9 010,30 m² en la Ficha Nº 317429 que continúa en la Partida Elec- trónica Nº 42228702 del Registro de la Propiedad Inmue- ble de Lima y registrado en el Asiento Nº 2053 del Siste- ma de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima;