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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2002 (19/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G32/G36/G37/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de julio de 2002 Artículo 2º.- Aprobar los siguientes planos: - Aprobar el Polígono de Intangibilización de los sitios arqueológicos I y II, Lámina Nº 02 de fecha febrero del 2002, a escala 1/750, Polígono I con un área de 4383.210 m2 y un perímetro de 259.534 metros lineales; y el Polí- gono II con un área de 1841.873 metros cuadrados y un perímetro de 179.900 metros lineales, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Aprobar el Polígono de Intangibilización de los sitios arqueológicos III y IV, Lámina Nº 03 de fecha febrero del 2002, a escala 1/750, Polígono III con un área de 366.139 metros cuadrados y un perímetro de 78.372 metros li- neales; y el Polígono IV con un área de 3647.082 metros cuadrados y un perímetro de 295.591 metros lineales, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Aprobar el Polígono de Intangibilización del sitio ar- queológico V, Lámina Nº 04 de fecha febrero del 2002, a escala 1/750, con un área de 2497.258 metros cuadra- dos y un perímetro de 201.698 metros lineales; con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de los Sitios Arqueológicos mencio- nados en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agrope- cuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec- tar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos decla- rados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 12792 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 542/INC Lima, 18 de junio de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 216, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 10, de fecha 7 de mayo de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y ar- tístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 216, de fecha 7 de mayo de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a las siguientes Zonas Arqueológicas ubicadas en el departamento de Apurímac: Zona Arqueológica Pr ovincia Departamento Paccayranra Chincheros Apurímac Caballoyucc Chincheros Apurímac Tupacha 1 Chincheros Apurímac Tupacha 2 Chincheros Apurímac Lucmapampa Chincheros Apurímac Organuyoc Chincheros ApurímacRESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 541/INC Lima, 18 de junio de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 206, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 10, de fecha 7 de mayo de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Insti- tuto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar Pa- trimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 206, de fecha 7 de mayo de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos ubicados en el departamento de La Libertad; Sitio Arqueológico Distrito Pr ovincia Departamento Sitio 1: Buld.17i-01 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 2: Buld. 17i-02 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 3: Buld. 17i-03 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 4: Buld. 17i-04 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 5: Buld. 17i-05 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 6: Buld. 17i-06 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 7: Buld. 17i-07 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 8: Buld. 17i-08 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 9: Buld. 17i-09 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 10: Buld. 17i-10 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 11: Buld. 17i-11 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 12: Buld. 17i-12 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 13: Buld. 17i-13 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 14: Buld. 17i-14 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 15: Buld. 17i-15 Parcoy Pataz La Libertad Con las visaciones de la Dirección General de Patri- monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolución Suprema Nº 004- 2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los siguientes Sitios Arqueológicos, ubicados en el departamento de la Libertad: Sitio Arqueológico Distrito Pr ovincia Departamento Sitio 1: Buld.17i-01 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 2: Buld. 17i-02 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 3: Buld. 17i-03 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 4: Buld. 17i-04 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 5: Buld. 17i-05 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 6: Buld. 17i-06 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 7: Buld. 17i-07 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 8: Buld. 17i-08 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 9: Buld. 17i-09 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 10: Buld. 17i-10 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 11: Buld. 17i-11 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 12: Buld. 17i-12 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 13: Buld. 17i-13 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 14: Buld. 17i-14 Parcoy Pataz La Libertad Sitio 15: Buld. 17i-15 Parcoy Pataz La Libertad